El precio anual carga base de 2022 ha cerrado en 167,5 €/MWh, sin incluir el ajuste del gas, lo cual supone un nivel muy superior al máximo más reciente (2018: 57,3) y menos reciente (2008: 64,4). De hecho, las medidas paliativas establecidas desde 16 Sep 2021 (bajada de los Cargos del Sistema y del Impuesto Especial sobre la Electricidad) hasta 31Dic2021 y las nuevas medidas del 31Mar2022, extendidas hasta 31Dic2022, y la actualización a lo largo de 2023, más las recientes y menos ambiciosas aprobadas hasta 30Jun2024, y algunas extendidas hasta 31Dic2024, han sido y siguen siendo insuficientes y en la mayoría de casos no han favorecido a todas las industrias, discriminando aquellas que cumpliendo requisitos no pertenecen a sectores habilitados.
El Precio Spot, Carga Base (media aritmética de todas las horas del año) para 2023 ha cerrado a 87,1 €/MWh. El futuro 2023 ha cotizado en contango respecto a 2020 con valores mínimo 39,9, medio 79,1 y máximo 351,0.
Para 2024 la estimación (benchmark) revierte a 58,1 €/MWh, pero muy por encima de la media histórica del pool. El 2020 ha sido el mínimo del histórico (34,0 €/MWh) debido fundamentalmente al efecto de la pandemia Covid-19 (menor actividad económica/industrial, menor demanda, menor precio de los combustibles y CO2). Para 2024 vemos que la subida esperada respecto al 2020 es de 171%. Europa NO se puede permitir el lujo de arruinar la poca industria que aún sigue sobreviviendo y hundir en la miseria energética a consumidores domésticos, PYMES, industrias, comercios y autónomos. Los diversos sectores de la economía están enfrentando una crisis presupuestaria sin precedentes con estos precios tan desmesurados. Ya no hay colchón, no hay posibilidades de supervivencia empresarial si los precios no vuelven a niveles razonables en términos anuales o interanuales. Seguimos en un estado de emergencia energética. Pinta muy mal el medio plazo para los consumidores.
Las nuevas estrategias que han preparado en Bruselas recién aprobadas y pendientes de transposición en los países miembros NO parece que vayan a resolver los problemas estructurales de poder de mercado, especulación, organización y estructura de los sectores energéticos que impide mayor competencia, eficiencia económica y bienestar social.
La bajada del gas antes del verano pasado ha revertido la curva de precios forward, pasando el 2023 y 2024 a backwardation respecto a 2022, pero con niveles más altos en contango para los futuros a medio plazo (2025), cayendo suavemente a largo plazo (2026-2029) y un perfil prácticamente plano a muy largo plazo (2030-2034) con un nivel en backwardation respecto a 2025 mayor que la media histórica del pool. PPA’s (Carga Base) han tocado máximos a mediados de OCT 2023 con una fuerte caída desde NOV hasta ABR, presentando tendencia alcista desde MAY, especialmente en OCT por el repunte del gas debido al conflicto recrudecido en Oriente Medio. Pero el Carga Solar sigue cayendo por el propio canibalismo de la tecnología.
- Año 2020 ha cerrado a 34,0 €/MWh. Representa el valor anual mínimo del registro histórico desde cuando ha empezado el mercado de derechos de emisiones de CO2 (Año 2005), fecha que marca un antes y un después en los mercados europeos con un impacto actual del coste de oportunidad del CO2 que ya alcanza el precio medio histórico pool 2020 (factor de emisión del 37% para las plantas CCGT).
- Año 2021 ha cerrado a 111,9 €/MWh por los repuntes del gas y su repercusión en los precios del pool desde julio 2021 (subida límite superior). El problema Rusia-Ucrania ha venido después (FEB 2022).
- Año 2022 ha cerrado a 167,5 €/MWh, máximo histórico debido a elevados precios del gas (antes y después del citado conflicto), sin incluir ajuste del gas de 15 JUN a 31 DIC.
- Año 2023 ha cerrado a 87,1 €/MWh, debido a menores precios del gas, sin incluir el ajuste del gas de 1 ENE a 31 DIC.
- Los futuros para resto de 2024 (benchmark) suponen un cierre anual de 58,1 €/MWh, subiendo en 2025 a 70,2 €/MWh, revierte en 2026 a 63,2 con una caída semiplana en torno a 58-54 desde 2027 hasta 2034.

Las empresas pueden suscribir PPA’s para una parte de su consumo, y si aún no lo han hecho, los precios de los PPA’s Carga Base han tocado fondo y están volviendo a repuntar. Parece momento oportuno para asegurar presupuestos a largo plazo, gestionando el riesgo hacia adelante (especialmente NOV – DIC 2024). La coyuntura energética podría prolongarse en el tiempo si siguen empeorando los conflictos Rusia-Ucrania y el de Oriente Medio: Israel en Palestina y Líbano (Hezbolá). La mayor tensión geopolítica eleva los precios del gas en medio de las preocupaciones de que el suministro podría detenerse durante la guerra, lo que acabaría cerrando las importaciones clave de GNL de Europa desde Qatar. Menos mal las existencias de gas europeas alcanzan cerca de la marca del 95% de capacidad, lo que ha limitado el impacto y los riesgos significativos de escasez antes del invierno boreal (hemisferio norte).
PPA PERFIL CARGA BASE: Antes del ajuste por el supuesto tope de gas eliminado el 31Dic2023, los PPA’s con renovables cotizaban a niveles de aprox. 82 €/MWh. Desde 12 Julio 2022, en OMIP ya contamos con productos PPA a 5 años y 10 años, que están induciendo señales más competitivas, pero como ya hemos advertido volvemos a observar presiones alcistas.
El PPA Carga Base del lustro de Ene 2024 a Dic 2028 ha cotizado con valores máximo, medio y mínimo de 94,5-75,9-62,2, respectivamente, siendo 67,2 €/MWh su última cotización (28 Dic 2023).
PPA Base a 5 años empezando en 2025 ha caído significativamente de 63,5 a 55,6 €/MWh (-7,8 €/MWh, -12,4%) hace 9 meses, a 52,3 (-3,4 €/MWh, -6,1%) hace 8 meses, manteniendo ese nivel hace 7 meses, repuntando a 54,4 (+2,1 €/MWh, +4,1%) hace 6 meses, a 56,2 (+1,7 €/MWh, +3,2%) hace 5 meses, a 57,3 (+1,1 €/MWh, +2,0%) hace 4 meses, a 58,7 (+1,4 €/MWh, +2,5%) hace 3 meses, a 59,3 (+0,6 €/MWh, +1,1%) hace 1 mes y ahora ha vuelto a subir a 60,7 (+1,4, +2,4%).
PPA Base a 5 años empezando en 2026 ha empezado a cotizar el 2 Ene 2024 a 61,1 bajando hasta 55,4 €/MWh hace 9 meses, perdiendo 5,5 €/MWh, y en FEB ha caído a 52,1 (-3,3 €/MWh, -6,0%). En MAR ha corregido a 51,1, ya repuntando en ABR a 53,2 (+2,1 €/MWh, +3,9%), corrigiendo nivel en MAY a 52,9 (-0,2 €/MWh, -0,4%), subiendo a 54,4 (+1,5 €/MWh, +2,8%) en JUN, volviendo a subir a 55,6 (+1,2 €/MWh, +2,2%) en JUL, a 56,0 (+0,4 €/MWh, +0,7%) en SEP y a 57,7 (+1,7 €/MWh, +3,1%) en OCT.
PPA Base a 10 años empezando en Ene 2024 y hasta 31 Dic 2033 ha cotizado con valores máximo, medio y mínimo de 64,4-60,0-55,7, respectivamente, siendo 61,7 €/MWh su última cotización a finales de año pasado.
PPA Base a 10 años empezando en 2025 y hasta 2034 ha empezado a cotizar el 2 Ene 2024 a 58,0 bajando hasta 54,6 €/MWh a mediados de ENE, perdiendo 3,2 €/MWh, y en FEB ha caído a 52,3 (-2,3 €/MWh, -4,2%). En MAR ha corregido a 51,2, repuntando en ABR a 53,2 (+2 €/MWh, +4%) y vuelve a subir a 54,2 (+1 €/MWh, +1,8%) en MAY, subiendo a 55,5 (+1,2 €/MWh, +2,3%) en JUN, volviendo a subir a 56,4 (+0,9 €/MWh, +1,6%) en JUL, a 56,6 (+0,3 €/MWh, +0,5%) en SEP y a 57,5 (+0,9 €/MWh, +1,6%) en OCT.
PPA PERFIL CARGA SOLAR: experimenta una caída de los precios de tola curva forward, efectos de la “Curva del Pato” por el aumento progresivo de la expansión de la generación Solar Foto-Voltaica.

El perfil solar se sigue abaratando respecto al perfil Base.

Hace poco más de 10 meses, los precios Carga Solar eran unos -3,0 y -3,5 €/MWh inferiores a precios Carga Base. Pero desde JUN 2023, la diferencia ha cambiado espectacularmente (entre -18 y -21 €/MWh). En NOV 2023, el precio Solar ha pasado de estar entre un 3% y 7% a estar entre un 21% y 42% más barato respecto al precio Base. En DIC 2023 hemos tenido unas diferencias más centradas en torno al 30%-31% más barato y lo mismo en ENE-ABR. En MAY las diferencias han oscilado entre 30% y 36%, en JUN y JUL-SEP 2024 entre 30% y 38%, pero ya en OCT la diferencia aumenta entre 36% y 44%.
Precios PPA’s Solar a 5 años empezando en 2024 revirtieron bruscamente desde MAY-JUN-JUL 2023 a niveles de 70,9-49,3-49,2 €/MWh, respectivamente. Pero en SEP repuntaron a 54,6 tocando máximo en OCT a 62,4, ya cayendo a 57,9 en NOV y 47,5 en DIC.
Precios PPA’s Solar a 5 años empezando en 2025 han caído a 60,1-40,8-39,5 €/MWh en MAY-JUN-JUL 2023. Pero en SEP han repuntado a 42,6, OCT a 48,9 y NOV a 49,1. Antes de navidades advertimos nivel de saturación. Cayendo en DIC a 44,4, en ENE en torno a 38,7, tocando suelo en FEB a 36,4, y desde MAR ha empezado a subir a 36,8, en ABR a 40,4 (+3,7 €/MWh, +10%), han revertido a 37,9 (-2,6 €/MWh, -6,4%) en MAY y vuelto a caer a 37,2 (-0,7 €/MWh, -1,8%) en JUN. Pero en JUL sube a 38,1 (+0,9 €/MWh, +2,5%) con tendencia alcista. En SEP ha tocado techo 38,9 (+0,8 €/MWh, +2,1%) y OCT revierte a 36,5 (-2,5 €/MWh, -6,3%).
PPA’s Solar a 5 años desde 2026 han caído a niveles en torno a 38,5 €/MWh en ENE, a 36,2 en FEB, y 35,6 en MAR, pero han repuntado hasta 39,2 (+3,5 €/MWh, +10%) en ABR, y han revertido a 35,1 (-4,0 €/MWh, -10,3%) en MAY y vuelto a caer a 34,3 (-0,8 €/MWh, -2,4%) en JUN. Pero en JUL sube a 35,0 (+0,7 €/MWh, + 2,0%) con presión alcista. En SEP ha tocado techo 35,6 (+0,6 €/MWh, +1,6%) y OCT revierte a 33,7 (-1,8 €/Mh, -5,2%).
PPA’s Solar a 10 años desde 2024 hasta 2033 han caído a niveles de 56,3-37,6-37,4 €/MWh en MAY-JUN-JUL. Pero en SEP han repuntado a 40,3 y en OCT a 45,0, cayendo a 43,0 en NOV, y también en DIC a 41,8.
Los PPA’s Solar a 10 años desde 2025 han caído a niveles en torno a 37,7 €/MWh en ENE, a 36,4 en FEB, a 35,7 en MAR, repuntando a 39,3 €/MWh (+3,6 €/MWh, +10,1%) en ABR, y han revertido a 36,3 (-3,0 €/MWh, -7,7%) en MAY y a 35,4 (-0,9 €/MWh, -2,5%) en JUN. Pero en JUL experimenta leve subida a 35,7 (+0,4 €/MWh, + 1,1%) con cierta presión alcista. En SEP ha tocado techo 36,2 (+0,5 €/MWh, +1,3%) y OCT revierte a 33,6 (-2,6 €/MWh, -7,2%).
La decisión de un PPA carga Base o Solar, comenzando en 2026 ó 2025 en vez de hacerlo desde NOV 2024 depende del perfil de carga del consumo a cubrir, y del músculo financiero (tesorería y presupuesto) y binomio rentabilidad-riesgo frente a la expectativa de la evolución de los precios Base y Solar. El Autoconsumo con excedentes puede mejorar aún más los resultados frente a un PPA virtual o físico ubicado en otro punto frontera fuera del perímetro de 2 km (usando la red y pagando los demás costes del suministro). Pero se requiere apertura de expediente para exportar a la red con el riesgo de perder parte de la fianza (un 20%) a depositar en las arcas públicas si el distribuidor no dispone de capacidad de transferencia de energía a través de su red eléctrica. Cuestión que está frenando en seco a los inversores en autoconsumo, ya que no pueden obtener ingresos por la venta de excedentes los fines de semana (bajada de producción), alargando el pay-back esperado. Cuando resulta imposible vender los excedentes vertidos a la red, existen soluciones para sacar provecho económico a los excedentes: i) sistemas de almacenamiento “in situ” para cargarse con dichos excedentes y descargarlos para autoabastecerse en horas de precios pico; ii) arbitraje de precios de mercado y servicios de operación técnica con dichos sistemas de almacenamiento para mejorar el pay-back de la inversión en dichos equipos; iii) sistemas de almacenamiento portátiles para llevar esas baterías a otras industrias cercanas (plug&play) sin usar la red (>2 km); y iv) nuevo mercado de subastas de capacidad (potencia). Las comunidades energéticas sufren el problema de que requieren porcentajes prefijados para el reparto de los excedentes entre todos los puntos de suministro de cada comunidad energética dentro del perímetro comunal (2 km). Eso supone una restricción regulatoria que impide la cobertura óptima de la demanda de los suministros. Con los tiempos que corren y la tecnología existente, debería permitirse una actualización mensual o semanal o diaria de dicho coeficiente a nivel horario.
En ciertas regiones (comunidades autónomas), parece que existen menores restricciones (15 km) para autogeneración compartida, lo cual debería de extenderse a nivel nacional.
El nuevo cambio regulatorio del pool orquestado desde las autoridades europeas a cada Estado miembro para implantar precios cuarto-horarios va a aumentar aún más la volatilidad de los precios del mercado mayorista. Los nuevos precios del pool nos aproximarán al equilibrio de oferta y demanda de energía eléctrica en los mercados de regulación secundaria y terciaria, coincidiendo con la medida de los contadores de electricidad fiscales (potencia máxima cada 15 minutos), cuando debería medirse y facturarse el consumo real cuarto-horario (la tecnología lo permite). Pasaremos de 24 precios horarios a 96 precios cuarto-horarios en cada día (aunque inicialmente el precio sea el mismo a lo largo de una hora) en el primer trimestre 2025, ya que ha sido imposible su implantación en JUN 2024. Dicho retraso se debe a la complejidad del proyecto y elevado número de agentes de mercado y del sistema, sin recibir ningún incentivo o compensación económica por la adecuación de sus sistemas de información y gestión. Es muy fácil para el regulador establecer este tipo de cambios, sin tener en cuenta el gran esfuerzo económico que supone para los agentes y operadores, y sin medir el impacto económico que tendrá esta medida. Además, esto pondrá en cuestión el papel del Operador del Sistema y de los mercados de balances y regulación de frecuencia-potencia (banda secundaria y energía terciaria), cuyos precios hoy por hoy no tienen cobertura financiera (no existen swaps para gestión de riesgo de variación de precios de la operación técnica). Pinta un escenario ideal para impulsar las inversiones en sistemas de almacenamiento, siempre y cuando esté subvencionado (por lo menos la mitad de la inversión), pero ruinoso para los consumidores que no puedan aprovecharlo. Esto es como el coche eléctrico para quien se lo pueda permitir. Este cambio obliga a realizar sendas inversiones en las plataformas de gestión de mercados de todos los agentes: generadores, comercializadores, distribuidores, agentes vendedores, traders: importadores y exportadores, sin ningún tipo de ayuda por parte del gobierno. También afecta a los Consumidores Directos, y también a los consumidores indirectos (resto: suministrados por comercializador o generador o autoproductor).
Se están planteando proyectos de hibridación con solar fotovoltaica, minieólica de eje vertical y almacenamiento para aprovechar el arbitraje natural de los precios en los mercados de contado, frenados por las barreras regulatorias para facturar vertidos o excedentes a la red. Cabe mencionar que hay algunas empresas (fabricante española) que están ofreciendo por adelantado bonificaciones del 30% sobre el precio de venta (llave en mano) como incentivos a la fabricación de mini-eólica de eje vertical con una excelente visualización de compromiso de la actividad industrial con la protección del medioambiente. Ya está abierta la convocatoria para solicitar ayudas a la fabricación de renovables. En breve se plagará el mercado de tecnología 100% española como la mini-eólica de eje vertical, que ya está totalmente madura para su industrialización, con las ventajas de impacto ambiental nulo y su mimetización con el paisaje urbanístico o comercial o industrial.
Con el fin de impulsar el autoconsumo de proximidad, se ha aumentado (desde 1 km a 2 km) la distancia permitida entre el consumidor y las plantas de generación con tecnología fotovoltaica ubicadas en la cubierta de una o varias edificaciones. Los peajes contemplan una actualización para estos casos, y hay que tenerlos en cuenta.
El precio del Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) ha aumentado a 0,565452 €/MWh (antes 0,235) desde 31 Mar 2023, según Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al FNEE en el año 2023. Se supone que esa tremenda subida es para incentivar medidas de ahorro. El valor publicado finalmente el 23 MAR 2024 es aún mayor: 0,947453 €/MWh, según la Orden TED/268/2024, de 20 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de ahorro energético, el cumplimiento mediante Certificados de Ahorro Energético y la aportación mínima al FNEE para el año 2024. Esta nueva normativa trae nuevas oportunidades para las empresas que hayan realizado inversiones para mejorar la eficiencia energética desde FEB 2023. Los sujetos pasivos, que aparecen en dicha orden pueden certificar las inversiones incentivando “correctamente” a los consumidores sean o no las correspondientes comercializadoras del suministro de electricidad. El FNEE permite la puesta en marcha de mecanismos de apoyo económico y financiero, asistencia técnica, formación e información u otras medidas que permitan aumentar la eficiencia energética en los diferentes sectores y ayudar a conseguir el objetivo de ahorro establecido. Además del incentivo por canje de los certificados, las medidas podrán ser cofinanciadas con otras fuentes de financiación, incluidos los Fondos Europeos.
Respecto a los cargos del sistema, desde 15 FEB 2024 se han revalidado los mismos de 2023 según Orden TED/113/2024, de 9 de febrero, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y se establecen diversos costes regulados del sistema eléctrico para el ejercicio 2024.
Los peajes han sido actualizados, desde 1 ENE 2024 según Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2024. Subida moderada del Término de Energía (TE) a partir de 1 ENE 2024, y bajada del Término de Potencia (TP). Para alto factor de carga, tenemos subida de peaje medio neto del +1% para la mayor parte de los consumidores (6.1TD) y bajada neta para los demás.
Para ver en detalle los nuevos cargos y peajes, precios del exceso de potencia contratada y sus coeficientes de penalización, penalizaciones de reactiva según el factor de potencia (Coseno PHI), las tarifas de Garantía de Potencia (desde 15 FEB 2024 bajan un 13,3%), FEE del Operador del Mercado y del Operador del Sistema, se remite al lector a las ediciones anteriores. Al parecer como hay superávit del sistema de actividades reguladas, los Cargos del Sistema no han cambiado a mediados de febrero. Ya veremos. Dado que la demanda ha caído más de un 3% en 2023 y muy probablemente seguirá cayendo en 2024, igual se revisan los Cargos próximamente.
El 14 JUN 2023 se ha publicado el Real Decreto 444/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los Consumidores Electro-Intensivos (CEI). Se abre la puerta a más consumidores, reduciendo las exigencias financieras (ratio Consumo/Valor Añadido Bruto = 0,25 kWh/€) y consumo en periodo de horas valle (p6) a 46% (no exigible en 2022 y 2023). Se mantiene consumo anual mínimo de 1 millón de kilovatios hora (1 GWh = 1.000 MWh = 1.000.000 kWh). En cuanto a obligaciones, se mantiene el 10% de energía renovable a plazo (quinquenal), excepto PYMES, pero se aumentan exigencias (restricciones), es decir, riesgo potencial de devolver las eventuales ayudas caso de incumplimientos. Por un lado, exigen enviar previsiones de autoconsumo al Operador del Sistema (plazo 6 meses para disponer equipos de medida y de 3 meses para alta en Concentrador Principal del Sistema de Medidas Eléctricas -SIMEL- desde obtención de certificación). Al menos un 30% del suministro debe proceder de energías renovables mediante PPA’s, Certificados de Garantía de Origen (GdOs’) o autoproducción. Invertir al menos la mitad (50%) de las eventuales ayudas en proyectos para reducir Gases de Efecto Invernadero (GEI’s) de las instalaciones.
Lamentamos la tremenda subida (más del doble) del ratio energético-financiero publicada el 20 Enero 2024, en el B.O.E. mediante Resolución de 15 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se revisa el cociente entre consumo y valor añadido bruto para optar a la categoría de consumidor electrointensivo, al que se refiere el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos, pasando a ser 0,51 kWh/€. Esto supone una barrera de entrada para muchos consumidores (avalancha) que ya habían solicitado alegremente el alta de CEI a finales de 2023 y especialmente a inicios de 2024, por la flexibilidad temporal del cumplimiento del ratio del 46% del consumo en horas valle (periodo p6: primeras 8 h de todos los días e inclusive las 24 h de fines de semana y días festivos nacionales).
El nuevo Estatuto podría suponer devolución (y sanción) de ayudas percibidas, pues de momento cambia las obligaciones/exigencias sin el debido consenso con los consumidores industriales y PYMES. Se desconoce aún si habrá que aprovisionar la eventual devolución de las ayudas que se podrían estar percibiendo derivadas de las convocatorias de ayudas anteriores, caso de reclamación administrativa por ingresos indebidos por incumplimiento de alguna de las obligaciones contraídas. No se puede seguir consumiendo con este tipo de incertidumbres. Los plazos de cumplimiento de informe de eficiencia energética deberían ampliarse tanto para la convocatoria de ayudas en 2022 (vencieron 31.12.2023) como en 2023 (30.04.2024). No hay tiempo ni recursos suficientes para haber cumplido con esos plazos. La implantación del Sistema de Gestión de la Energía auditado y certificado según la norma UNE-EN ISO 50001, supone un largo proceso con tremendos sobrecostes y recursos imprevistos, que no están siendo debidamente compensados con las escasas ayudas de las convocatorias.
Respecto a la nueva convocatoria de ayudas referidas a los cargos del sistema del ejercicio 2023, ha empezado el 4 de junio de 2024 y ha terminado el día 1 de julio de 2024. La convocatoria de dichas ayudas se publicó el día 03/06/2024 (cuando debería haberse publicado en Abril), pudiendo solicitar las ayudas aquellos suministros que hubiesen metido previamente la solicitud de alta de CEI. Para la concesión de las ayudas sí que se necesita disponer de alta de CEI. Ya se conocen los resultados provisionales de la adjudicación, coincidiendo con las ayudas solicitas si han sido estimadas correctamente. Nuestra propuesta es ir evaluando qué suministros pueden cumplir los nuevos requisitos, empezando por el CNAE, si bien tenemos solicitudes de empresas que sin estar incluidos en el Grupo 1 o bien Grupo 2, pueden tener posibilidades de recurrir una eventual denegación en vista de una sentencia reciente aplicable a la exención del 85% del Impuesto Especial sobre la Electricidad. Así que NO os desaniméis. Debéis ir paso a paso. La clave es NO estar en los sectores inhabilitados (antiguos). Si no estáis en los del Grupo 1 ó 2, se podría intentar solicitar el alta sobre la base de la sentencia comentada, siempre y cuando no seáis un sector antiguo inhabilitado. Por pedirlo NO se pierde nada.
Se barajan nuevas barreras de entrada y endurecimiento de las exigencias regulatorias en una nueva revisión prematura del Estatuto de CEI’s, de momento en fase de elaboración y consulta pública cerrada el 14 JUN 2024 a efectos de contribuciones de las partes interesadas, pero sin exponer ningún borrador. Según el gobierno, el objetivo de los nuevos cambios “es mejorar la regulación y gestión del registro de CEI’s y el mecanismo de compensación de cargos a estos consumidores. En concreto, se trata de mejorar la coherencia y claridad de las definiciones de requisitos y obligaciones de los CEI’s, reducir cargas administrativas y aumentar la eficiencia de la acción administrativa de gestión, comprobación y control”. Dejando claro que quiere armonizar la definición de los requisitos y obligaciones de los CEI’s y racionalizar los procedimientos de certificación y comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos.
La Propuesta de Circular, por la que se modifica la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la CNMC, por la que se establece una nueva metodología (aplicable a partir 1 ENE 2025) para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad anticipa cambios en la facturación de la potencia y de la reactiva, supuestamente para mejorar el control de tensiones, especialmente en horas valle. En lo referente a instalaciones de consumidores industriales, con tipos de puntos de medida 1, 2 y 3, se modifica el artículo 9 de la circular 3/2020, que regula la facturación por excesos de potencia (que pasa a denominarse potencia demandada y por energía reactiva:
- Facturación de Potencia Demandada (desde 1 ENE 2025): El cambio fundamental es la integración del coeficiente Kp en el término de exceso de potencia TEPp, cuyos valores se publicarán para cada periodo (p) tarifario, en la Circular de Peajes.
- Facturación por excesos de reactiva se mantiene tal cual en la actualidad hasta 31 DIC 2025, sin penalizar el Factor de Potencia (Coseϕ) capacitivo por debajo de 0,98 en horas valle (p6), y penalizando el FP inductivo fuera de valle (p1-p5) por debajo de 0,8 a 62,332 €/MVArh y entre 0,8 y 0,95 a 41,554 €/MVrh.
- Facturación por excesos de reactiva desde 1 ENE 2026:

– El precio del término de energía reactiva (€/kVArh) para factores de potencia fuera de rango serán los siguientes:

– La CNMC podrá modificar la penalización mediante resolución.
– A partir de 2026 penalizará no cumplir con el rango de FP en valle (p6).
Para el segundo semestre de 2024: Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social:
- Para los consumidores industriales de sectores intensivos en consumo de gas natural que fueron beneficiarios de las ayudas para la compensación de los costes adicionales debidos al aumento excepcional de los precios del gas natural durante 2022 regulada en el artículo 59 del RDL 20/2022, se prorroga 6 meses el plazo para acreditar el requisito de cumplimiento de los plazos de pago establecidos en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003. Dichos requisitos serán exigibles a los doce meses desde el cobro efectivo de la subvención y su incumplimiento en dicho plazo constituirá causa de reintegro total de la subvención.
- Prórroga hasta 31/12/2024 la aplicación del esquema de flexibilización temporal de los contratos de suministro de energía eléctrica contenido en el artículo 7 del RDL 18/2022.
- Prórroga hasta 31/12/2024 la aplicación del mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva contenida en el artículo 1 del RDL 6/2022: reducción en la factura eléctrica del 80% del coste correspondiente a los peajes de acceso.
- Prórroga hasta 31/12/2024 que el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido en empresas que se beneficien de este tipo de programas de ayudas.
- Se mantiene la prohibición de interrumpir los suministros de agua, electricidad y gas a los consumidores vulnerables hasta 31/12/2024 y se prorroga el bono social eléctrico con una senda de normalización gradual hasta JUL 2025, con descuentos superiores a los existentes antes de la crisis energética. En la norma también se otorga carácter indefinido a la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas para las Comunidades de Propietarios.
Al vencimiento del primer semestre 2024, el Real Decreto-Ley 8/2023 por el que inicia la retirada gradual de las medidas en materia fiscal en el ámbito de la energía aprobadas durante el 2022, desaparecen varias de las medidas temporales establecidas para hacer frente a la crisis energética derivada de la guerra de Ucrania, cuya vigencia terminaba el 31 DIC 2023. Las tres medidas globales han sido:
- El IVA pasa a ser del 10% en vez del 5%. Desde 1 Ene y hasta 31 Dic 2024. Sólo para consumidores de menos de 10 kW. El IVA reducido se aplicará cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 euros/MWh. Caso de que haya sido menor, entonces se aplica el máximo (21%). Para la industria sigue el tipo máximo (21%) independientemente del precio del pool.
- La reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) pasa de 0,5% a 2,5% desde 1 Ene hasta 31 Mar 2024 y al 3,8% desde 1 Abr hasta 30 Jun 2024, y volverá a 5,1127% a partir 1 Jul 2024. Hay que tratar de cumplir o seguir cumpliendo los requisitos para aprovechar la exención fiscal del 85% sobre el IEE, sabiendo que hay una reciente sentencia judicial que amplía sectores industriales para acogerse a dicha bonificación.
- El Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE) será del 3,5% hasta marzo y pasará a un 5,25% hasta junio. Volviendo al valor del 7% desde 1 Jul. De forma excepcional y transitoria, el IVPEE se suspendió para el tercer y cuarto trimestre de 2021 y para los años 2022 y 2023. Aquella medida ha supuesto que las retribuciones correspondientes a la electricidad incorporada al sistema durante el referido periodo de suspensión quedan exoneradas de tal impuesto.
El consumidor ha sufrido el varapalo por la subida sucesiva del IVA y del IEE, lo cual se ha mitigado por la bajada de precios únicamente durante la primavera. Los precios energéticos habían bajado a niveles razonables para competir en un mercado globalizado, pero ha sido un espejismo primaveral. Después de las elecciones regionales y municipales, vascas y catalanas, y más recientemente las europeas, los precios han empezado a repuntar.
El MITERD ha abierto Audiencia e Información Pública del “Proyecto de RD por el que aprueba el Reglamento General de Suministro y Contratación y se establecen las condiciones para la comercialización, agregación y la protección del consumidor de energía eléctrica”, cuyo plazo de alegaciones ha finalizado 13 SEP 2024. Vamos a esperar las nuevas condiciones para la figura del agregador independiente, derechos y obligaciones del consumidor directo en mercado, códigos de red (RD 647/2020) y acceso y conexión a redes (RD 1183/2020), prestando especial atención a instalaciones de gestión de la demanda y almacenamiento.