Boletín Electrónico de la Asociación Española de Cogeneración
Enero 2026
nº 210


El objetivo pendiente de cientos de industrias en España en este año 2026 es que se celebren, por fin, las subastas de cogeneración que permitan iniciar un nuevo ciclo de inversión y de operación energética competitiva para los próximos 15 años, en un entorno cada vez más incierto, volátil y desequilibrado.
El contexto energético de 2026 en España no será fácil. Al ya complejo escenario global se suman circunstancias nacionales especialmente acuciantes. El Gobierno debería acertar en la toma de decisiones, pero su capacidad legislativa en el Congreso —imprescindible para cambios de calado— es mínima; el contexto electoral es incierto, el clima político e institucional es de confrontación permanente y los asuntos pendientes de enjundia se acumulan en las mesas del Ministerio.
Con este escenario, resulta recomendable la lectura y participación en la encuesta en curso impulsada por El Periódico de la Energía y PwC para la elaboración del “Informe Especial sobre los 10 temas más candentes del sector de la Energía en 2026”. No es solo una recopilación solvente de los principales asuntos de actualidad —a los veinte recogidos podrían añadirse muchos más—, sino un reflejo claro de los desequilibrios y de la degradación de nuestras estructuras energéticas, institucionales y del interés general, consecuencia directa de políticas energéticas inadecuadas.
Precio carga base del mercado mayorista spot o de contado (Commodity) revierte al alza en DIC a 77,9 €/MWh, incremento +19,3 €/MWh (+32,8%) respecto a NOV (58,6 €/MWh), debido principalmente a mayor demanda, menor producción renovable compensada con más térmica.
El precio del hub de gas España-Portugal (Mibgas) ha seguido cayendo a 27,8 €/MWh en DIC debido a la caída de los precios de gas y de la demanda industrial y de cogeneración. Esto supone una reducción de -2,6 €/MWh (-8,6%) respecto a NOV (30,4 €/MWh).
El precio spot del mercado de derechos de emisiones de CO2 en Europa vuelve a subir en DIC a 83,97 €/t, un incremento de +3,04 €/t (+3,8%) respecto a NOV (80,93 €/t). En lo que llevamos de ENE alcanzamos un nivel medio acumulado de 87,68 €/t, debido a un incremento de la…

El jueves 15 de enero, en la sede de la CEOE y en colaboración con Monitor Deloitte, se desarrolló la jornada “El papel de la energía nuclear en la competitividad industrial” a la que asistió el director general de ACOGEN, Javier Rodríguez. A la semana siguiente, el martes 20, se celebró la sesión 201 del Comité de Agentes de Mercado de OMIE…

La cogeneración pide a Transición Ecológica corregir los fallos detectados por la CNMC para su retribución, titula elEconomista, en referencia al informe publicado por el regulador sobre la propuesta de orden del MITERD para la revisión de los parámetros retributivos del periodo 2026-2031.

El Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, modificó la Ley 24/2013 del sector eléctrico para permitir que los titulares de los permisos de acceso de instalaciones de generación de energía eléctrica que hibridasen dichas instalaciones mediante la incorporación de módulos de generación con fuentes renovables o instalaciones de almacenamiento, pudiesen evacuar la energía eléctrica utilizando el mismo punto de conexión y la capacidad de acceso ya concedida, siempre que la nueva instalación cumpliera ciertos requisitos técnicos.
Más allá de requisitos técnicos, los dos condicionantes más importantes son los siguientes:
Por tanto, mediante un permiso de acceso y conexión ya concedido, se puede verter energía eléctrica de las nuevas instalaciones renovables mediante la actualización de dicho permiso.
Ya está disponible la revista anual de los cogeneradores, e+. El nuevo número da comienzo con la carta del presidente: Cogeneración, la inversión inteligente, preparada para el futuro. Además, hablamos de cogeneración en Cataluña, comunidad que se encuentra preparada para situarse a la vanguardia de la industria europea, y analizamos las próximas subastas de 1.200 MW de cogeneración y otras claves regulatorias para el futuro.
El reportaje Cogeneración: la inversión inteligente, nos explica cómo las subastas se convertirán en el punto de partida de un nuevo ciclo de inversión que transformará el parque actual de cogeneración y sus industrias asociadas, reforzará sus contribuciones al sistema eléctrico e impulsará una nueva gestión operativa de la energía en las industrias calorintensivas en España.
En el ámbito internacional, la cogeneración continúa siendo pieza clave en eficiencia, seguridad del suministro y desarrollo de los gases renovables.
Conocemos al Cogenerador de Honor 2025, galardón que este año ha recaído en José María Rego Álvarez de Mon en reconocimiento a su valiosa y generosa contribución a los valores, la defensa y la promoción de la cogeneración en España. Y por supuesto, las crónicas del equipo de ACOGEN. Cierra la revista el artículo de nuestro director general: “Un lustro de “cogenicidio” industrial”.
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El objetivo pendiente de cientos de industrias en España en este año 2026 es que se celebren, por fin, las subastas de cogeneración que permitan iniciar un nuevo ciclo de inversión y de operación energética competitiva para los próximos 15 años, en un entorno cada vez más incierto, volátil y desequilibrado.
El contexto energético de 2026 en España no será fácil. Al ya complejo escenario global se suman circunstancias nacionales especialmente acuciantes. El Gobierno debería acertar en la toma de decisiones, pero su capacidad legislativa en el Congreso —imprescindible para cambios de calado— es mínima; el contexto electoral es incierto, el clima político e institucional es de confrontación permanente y los asuntos pendientes de enjundia se acumulan en las mesas del Ministerio.
Con este escenario, resulta recomendable la lectura y participación en la encuesta en curso impulsada por El Periódico de la Energía y PwC para la elaboración del “Informe Especial sobre los 10 temas más candentes del sector de la Energía en 2026”. No es solo una recopilación solvente de los principales asuntos de actualidad —a los veinte recogidos podrían añadirse muchos más—, sino un reflejo claro de los desequilibrios y de la degradación de nuestras estructuras energéticas, institucionales y del interés general, consecuencia directa de políticas energéticas inadecuadas.
Ojalá al finalizar el año se hayan tomado decisiones acertadas y se hayan producido hechos relevantes. En muchos ámbitos, restañar la situación actual exigirá años de desarrollo y esfuerzo.
Dos pasos para la subasta de cogeneración: promulgación y contenido
Para que las subastas de cogeneración de 1.200 MW sean una realidad y un éxito, tras más de cuatro años de trabajos y esperas, solo son necesarios dos pasos: promulgar en el BOE el marco regulatorio y no envenenar su contenido.
Ha pasado ya un año desde el anuncio “El MITECO lanza las subastas para adjudicar 1.200 MW de cogeneración hasta el año 2027“, con el que se reinició la tramitación del marco regulatorio: un breve real decreto y una orden ministerial —cuya tramitación ya ha finalizado—, a los que se añadirá una resolución de convocatoria de la primera subasta.
Aunque el MITERD ha incumplido los plazos previstos para celebrar la primera subasta en 2025, los cogeneradores seguimos confiando en el compromiso manifestado públicamente en octubre por el director general de Política Energética y Minas para que las primeras subastas se celebren en el primer semestre de 2026:
“La voluntad y el compromiso que tenemos en el ministerio es poder celebrar las primeras subastas pronto, el año que viene, en todo caso siempre en el primer semestre”.
En cuanto al contenido, existen dos puntos de fricción relevantes y vitales. El primero, mantener la libertad de venta de la electricidad de las plantas —a mercado, a terceros o para autoconsumo—, evitando la imposición de un régimen obligatorio de autoconsumo con venta de excedentes. El segundo, preservar la metodología de medición de la eficiencia empleada en toda la Unión Europea, evitando la aparición de una metodología “nacional” que perjudicaría a las industrias en España frente a cualquier otro país europeo que emplee la cogeneración.
Así las cosas, las industrias seguimos esperando y confiamos en que el marco se publique en marzo, se cumplan los compromisos y se respeten los plazos, resolviendo un tema candente para cientos de industrias que lleva ya demasiado tiempo postergándose.
Un lustro de cogenicidio industrial
Vivimos cinco años de auténtico “cogenicidio industrial”, un término que resume la destrucción progresiva de una tecnología estratégica para la industria y para el sistema energético. En apenas un lustro, España ha pasado de generar del 12% de su electricidad con cogeneración a solo un 6%, reduciendo su producción de 29 TWh anuales a poco más de 15 TWh.
En 2025, la cogeneración ha caído un 6% adicional, siguiendo la senda de cierres de instalaciones que alcanzan el final de su vida útil regulada sin alternativa para seguir operando, debido al retraso en la promulgación del marco de renovación e inversión mediante las subastas de 1.200 MW.
La reducción de la cogeneración no es indiferente. Tiene efectos directos sobre la eficiencia del sistema energético, las emisiones, la competitividad industrial y la seguridad de suministro. Su retroceso implica la pérdida de unos 14 TWh anuales de ahorro de energía primaria (≈4% del consumo nacional de gas, unos 500 M€ anuales), sustituidos por ciclos combinados aproximadamente un 30% menos eficientes.
El impacto ambiental es igualmente significativo: más de 3 Mt de CO₂ adicionales cada año (250 M€), en plena escalada de los costes del carbono. En el plano económico, las industrias cogeneradoras han perdido alrededor de 1.500 M€ anuales en ingresos energéticos, afectando a sectores que representan el 20% del PIB industrial y más de 200.000 empleos.
Además, en cinco años se ha perdido producción firme, síncrona y distribuida en más de 150 plantas, con la parada de unos 1.500 MW, equivalentes al 30% de la producción nuclear nacional. Todo ello debilita la estabilidad del sistema, dispara los costes operativos —como evidencia el actual modo de operación reforzado— y eleva el riesgo de apagones y de quiebras industriales.
Si vis pacem, para bellum: El sector está que arde.
En menos de un mes, desde ACOGEN hemos expuesto públicamente, a través de dos notas de prensa, nuestra voluntad y determinación de defender por todos los medios a nuestro alcance la supervivencia de nuestras industrias en el difícil contexto actual: “Los cogeneradores recurren al Tribunal Supremo para que la prioridad de despacho se ajuste al marco europeo” y “La CNMC confirma errores y falta de justificación en el recorte del Ministerio a la cogeneración”
El sector no puede permitirse más demoras ni nuevos cambios de reglas de juego que erosionen aún más su producción y su confianza inversora. 2026 es el año decisivo para la cogeneración y para sus industrias. Que el MITERD cumpla sus compromisos de promulgación regulatoria y de contenido en febrero y marzo será determinante para el futuro del sector.
Más que un tema candente, la cogeneración está que arde.
Javier Rodríguez
Director general ACOGEN
Precio carga base del mercado mayorista spot o de contado (Commodity) revierte al alza en DIC a 77,9 €/MWh, incremento +19,3 €/MWh (+32,8%) respecto a NOV (58,6 €/MWh), debido principalmente a mayor demanda, menor producción renovable compensada con más térmica.
Riesgos de apagones generalizados (black-out) y mayores precios energéticos
La operación reforzada del Operador del Sistema requiere más reserva rodante para disponer de más energía terciaria y secundaria (síncrona regulable) en detrimento de la que puede fluctuar al alza o a la baja (renovables) para asegurar estabilidad y control de tensiones y frecuencia en tiempo real y minimizar el riesgo de apagones. De hecho, ya el OS está advirtiendo de la necesidad de inversiones en redes eléctricas y modificaciones en los Procedimientos de Operación para incentivar el control de tensiones tanto por el lado de la oferta como de la demanda, entre otras medidas.
Respecto al plan de desmantelamiento del parque nuclear en España, no se observa voluntad política para reducir la presión fiscal y una solución nacional (Pacto de Estado) para el tratamiento de los residuos nucleares, siendo una de las tecnologías más limpias según la Comisión Europea. Según las propietarias, las nucleares ya no pueden hacer frente a la excesiva e insoportable carga fiscal (igual o superior a todos los costes operativos) y al desproporcionado coste del tratamiento de residuos nucleares (responsabilidad para siglos posteriores: empezando por un almacén de residuos provisional in situ). Las fechas de cierre previstas del parque nuclear aún no se están reflejando en los precios de los mercados de futuros, con un perfil plano por falta de liquidez y excesiva desconfianza en el impacto en los precios si no se renuevan las autorizaciones administrativas de las nucleares.

La carga fiscal sobre las nucleares supone un lastre contra su competitividad, se ha incrementado aprox. un 75% pasando de 16 €/MWh a 28 €/MWh, superando la media europea. El Gobierno nacional, los gobiernos regionales, los reguladores y las empresas propietarias deberían encontrar una solución (reducciones o bonificaciones o exenciones fiscales) para garantizar una rentabilidad razonable mientras sigan operando, o bien podrían nacionalizarse o subastarse a la industria o nueva demanda (centros de datos o electro-movilidad) o al Operador del Sistema (ingresos regulados en BOE) para optimizar la repercusión de esos costes directamente a consumidores a nivel nacional o individual. El coste del tratamiento de residuos debería trasladarse nuevamente a todos los consumidores en los Cargos del Sistema, tal y como se hacía antes. La regulación debe replantearse si es necesario. No repitamos las consecuencias de Italia y Portugal, así como las de Holanda, por ejemplo, al renunciar a la nuclear por decisiones políticas (menor atractivo para industrias por mayores precios y excesiva volatilidad).
Tratamiento discriminatorio regional difundido por medios de prensa, anticipan preacuerdos políticos para prorrogar las nucleares de Cataluña sin replantearse la prórroga en otras regiones como Extremadura y Castilla-La Mancha. Con el tiempo se ha demostrado el error político-regulatorio por haber suspendido la puesta en marcha de los dos grupos nucleares construidos a finales de los 80’s, dando lugar a la moratoria nuclear que terminó de pagarse por los consumidores en la factura de la luz hasta 2018. No sólo se hizo un daño económico al país, sino que se ha perdido la oportunidad de reducir las emisiones de CO2, y ahora contaríamos con más generación síncrona.
La primera subasta del nuevo mercado de capacidad permitirá disponer de potencia firme que puedan aportar (desconectar) los vendedores/generadores (compradores/consumidores) en momentos críticos del sistema, una gran oportunidad para los cogeneradores que inviertan en Sistemas de Almacenamiento de Energía (BESS) para garantizar potencia firme cuando la requiera el OS, optimizando el uso de BESS el resto del tiempo para beneficiar a los mercados (del pool y operación técnica). Esto último puede ser clave inclusive para la supervivencia de aquellas plantas que ya no perciban retribución regulada. Desde luego, NO debe excluirse a ninguna cogeneración que pueda aportar potencia firme al sistema eléctrico y servicios complementarios. Pero la capacidad requerida debería diferenciarse por tecnología síncrona y asíncrona, ya que debería equilibrarse el binomio F-P (Frecuencia-Potencia) y Tensión-Reactiva (V-Q). Desde España hemos ayudado a implantar el primer mercado de capacidad (Colombia) hace 25 años, y aquí seguimos retrasando la primera subasta.
En todo caso, si no se amplía la autorización administrativa para alargar otros 10 años más las plantas nucleares después del vencimiento de las licencias actuales, la calidad de onda y la continuidad del suministro eléctrico va a ponerse en elevado riesgo especialmente en las regiones de Extremadura, Valencia, Castilla-La Mancha, y las CCAA vecinas, si bien podemos enfrentarnos a apagones generalizados en toda la península, e inclusive en las Islas Baleares (interconexión marítima). Las renovables aún no cuentan con almacenamiento para aportar predictibilidad y firmeza en su programación, gestión y funcionamiento, debido a que las baterías son tan caras, que requieren incentivos o primas a través de ayudas de Estado (aún inexistentes) o bien apalancamiento no reembolsable para una financiación bancable.
Debería garantizarse un mix equilibrado de generación síncrona y asíncrona tanto en pool como en operación técnica, así como realizar estudios electrotécnicos que estimen el límite nacional, regional y local de dichas tecnologías para evitar otro(s) apagón(apagones) por disparos de relés de protecciones ante variaciones de la tensión (+/-5%) y/o de la frecuencia (+/-1%).
Comportamiento de los precios de contado y futuros
A corto plazo (ENE’26) se prevé el mayor repunte (récord) del año en 96,2 €/MWh por mayor demanda, menores reservas almacenadas de gas y mayor riesgo del suministro de gas internacional (GNL y/o gasoductos) a Europa por tensiones geopolíticas (EEUU-Irán), pero en realidad es lo de todos los años. Respecto al año pasado (ENE ’25) la diferencia es de 0,5 €/MWh. Por tanto, debemos tener en cuenta la tendencia a un perfil estacional (efecto invierno).
Los precios nulos o negativos (primavera y verano) o reducidos (resto del año) durante el día están frenando el ritmo inversor en nuevos proyectos de Solar FV pero incentivan la diversificación en otras tecnologías limpias como la minieólica de eje vertical o microcogeneración inclusive sistemas de almacenamiento (siempre y cuando aumente el incentivo para cargar y descargar en ciclo diario). En España el Spread diario (diferencia entre precios mínimo y máximo) ha mejorado en torno a una media (horaria) de 80-90 €/MWh, mientras en otros países se duplica hacia arriba (Alemania) o abajo (Francia) por el mix de generación y peso de la industria en la demanda, si bien la entrada de precios cuarto-horarios en los mercados europeos está induciendo mayor volatilidad y aumento del nivel del spread (aprox. +10%)
El precio anual carga base de 2022 ha cerrado en 167,5 €/MWh, sin incluir el ajuste del gas, lo cual supone un nivel muy superior al máximo más reciente (2018: 57,3) y menos reciente (2008: 64,4). De hecho, las medidas paliativas establecidas desde 16 SEP 2021 (bajada de los Cargos del Sistema y del Impuesto Especial sobre la Electricidad) hasta 31 DIC 2021 y las nuevas medidas del 31 MAR 2022, extendidas hasta 31 DIC 2022, y la actualización a lo largo de 2023, más las recientes y menos ambiciosas aprobadas hasta 30 JUN 2024, y algunas extendidas hasta 31 DIC 2024, han sido y siguen siendo insuficientes y en la mayoría de casos no han favorecido a todas las industrias, discriminando aquellas que cumpliendo requisitos no pertenecen a sectores habilitados.
El Precio Spot, Carga Base (media aritmética de todas las horas del año) para 2023 ha cerrado a 87,1 €/MWh. El futuro 2023 ha cotizado en contango respecto a 2020 con valores mínimo 40, medio 79 y máximo 351.
El Precio Spot Carga Base 2024 ha cerrado a 63,04 €/MWh. El futuro 2024 ha cotizado en backwardation respecto a 2023 con valores mínimo 40, medio 72 y máximo 204.
El Precio Spot Carga Base 2025 ha cerrado a 65,28 €/MWh. El futuro 2025 ha fluctuado con una banda más estrecha que 2024. Estadísticos: mínimo 36, medio 59 y máximo 97.
Para 2026 la estimación (benchmark) baja pasando a 63,4 €/MWh debido a una mayor participación de renovables, pero sigue siendo una media demasiado elevada para la industria. Tenemos que esperar hasta 2027 para que caiga en torno a 55 €/MWh, y aún así será un nivel poco competitivo para retener y mantener la producción industrial en Europa.
El 2020 ha sido el mínimo del histórico (34,0 €/MWh) debido fundamentalmente al efecto de la pandemia Covid-19 (menor actividad económica/industrial, menor demanda, menor precio de los combustibles y CO2). Para 2026 vemos que la media esperada respecto al 2020 es de 187%. Europa NO se puede permitir el lujo de arruinar la poca industria que aún sigue sobreviviendo y hundir en la miseria energética a consumidores domésticos, PYMES, industrias, comercios y autónomos. Los diversos sectores de la economía están enfrentando una crisis presupuestaria sin precedentes con estos precios tan desmesurados. Ya no hay colchón, no hay posibilidades de supervivencia empresarial si los precios no vuelven a niveles razonables en términos anuales o interanuales. Seguimos en un estado de emergencia energética. Pinta muy mal el medio y largo plazo para los consumidores.
Las nuevas estrategias que han preparado en Bruselas recién aprobadas y pendientes de transposición en los países miembros NO parece que vayan a resolver los problemas estructurales de poder de mercado, especulación, organización y estructura de los sectores energéticos que impide mayor competencia, eficiencia económica y bienestar social.

Las empresas pueden suscribir o renegociar PPA’s para una parte de su consumo, y si aún no lo han hecho, advertimos que los precios de los PPA’s Carga Base han tocado fondo y rebotado hace unos meses. Parece momento oportuno para asegurar presupuestos a largo plazo, gestionando el riesgo hacia adelante (especialmente 2026 y 2027). Muchos clientes han renegociado ampliaciones de PPA’s que vencían en 2027, a cambio de extenderlo hasta 2030, por ejemplo, bajando PPA’s quinquenales que habían suscrito a unos 90-95 €/MWh, ajustando precio a unos 52-57 €/MWh desde ENE, pagando las correspondientes penalizaciones por rescisión anticipada de anteriores PPA’s. Que no tiemble el pulso para la toma de decisiones contundentes en ese sentido.
PPA PERFIL CARGA BASE: Antes del ajuste por el supuesto tope de gas eliminado el 31Dic2023, los PPA’s con renovables cotizaban a niveles de aprox. 82 €/MWh. Desde 12 Julio 2022, en OMIP ya contamos con productos PPA a 5 años y 10 años, que están induciendo señales más competitivas. La tabla siguiente detalla estadísticos de cotizaciones PPA’s Carga Base (€/MWh).

PPA Carga Base del lustro Ene’25–Dic’29 ha cotizado con valores máximo, medio y mínimo de 69,6-60,5-49,2, respectivamente, siendo 64,8 €/MWh su última cotización (27 Dic 2024).
PPA Carga Base 2026-2030 ha cotizado con valores máximo, medio y mínimo de 62,5-57,0-49,3, respectivamente, siendo 55,5 €/MWh su última cotización (29 Dic 2025).
PPA Base a 5 años 2027-2031 ha caído a 54,3 €/MWh (-1 €/MWh, -1,8%) respecto a valores de hace un mes (55,3 €/MWh).
PPA Base a 5 años 2028-2032 ha empezado a cotizar el 2 Ene 2026 a 54,0 €/MWh. También ha caído ligeramente a 53,9 €/MWh el 16-E.
PPA Base a 10 años empezando en Ene 2025 y hasta 31 Dic 2034 ha cotizado con valores máximo, medio y mínimo de 61,1-55,8-49,9, respectivamente, siendo 61,1 €/MWh su última cotización el 27 Dic 2024 (máximo).
PPA Base a 10 años 2026-2035 ha cotizado con valores máximo, medio y mínimo de 59,7-57,4-54,5, respectivamente, siendo 55,5 €/MWh su última cotización el 29 Dic 2025 (casi tocando suelo o valor mínimo).
PPA Base a 10 años 2027-2036 ha empezado a cotizar a 53,9 €/MWh el 2 Ene 2026. También ha bajado ligeramente a 53,9 €/MWh el 16-E. Repetimos y enfatizamos: La incertidumbre en el desmantelamiento nuclear está impactando negativamente en la liquidez de los contratos de compraventa de energía a muy largo plazo en España. Esto compromete la financiación de nuevos proyectos (expansión de la generación renovable y almacenamiento).
PPA PERFIL CARGA SOLAR:
La curva Forward de los precios futuros del Carga Solar ha caído respecto a valores de hace un mes. Otro correctivo como consecuencia de menores costes de inversión y al efecto denominado “canibalización” de la propia tecnología. Rentabilidad de la solar en caída libre.

El perfil solar sigue más barato respecto al perfil Base, aunque se han acentuado las diferencias que llegaban a 39% hace 7 meses, y ahora están en torno a 46% (2027-2036), siendo difícil creer que el retiro de nucleares reduzca esa tendencia en 2028 cuando se espera el efecto del vencimiento de autorización de la nuclear de Almaraz en Extremadura. Los futuros de carga base no cambian mucho, poniendo en cuestionamiento los de carga solar. Se observa una diferencia plana o constante de 25 €/MWh entre perfiles Base y Solar en todos los años y PPA’s.

Precios PPA’s Solar a 5 años empezando en 2024 revirtieron bruscamente desde MAY-JUN-JUL 2023 a niveles de 70,9-49,3-49,2 €/MWh, respectivamente. Pero en SEP repuntaron a 54,6 tocando máximo en OCT a 62,4, ya cayendo a 57,9 en NOV y 47,5 en DIC 2023.
PPA’s Solar a 5 años 2025-2029 ha dejado de cotizar a 44,5 €/MWh el 27 Dic 2024.
PPA’s Solar a 5 años 2026-20230 ha dejado de cotizar a 55,5 €/MWh el 29 Dic 2025.
PPA’s Solar a 5 años 2027-2031 ha subido a 29,3 €/MWh (+0,6 €/MWh, +2,1%) respecto a valores de hace un mes (28,7 €/MWh) con mucha presión alcista.
PPA’s Solar a 5 años 2028-2032 ha empezado a cotizar a 27,4 €/MWh el 2 Ene 2025. Subiendo a 28,9 €/MWh el 16-E con mucha presión alcista.
PPA’s Solar a 10 años desde 2024 hasta 2033 ha caído a niveles de 56,3-37,6-37,4 €/MWh en MAY-JUN-JUL. Pero en SEP han repuntado a 40,3 y en OCT a 45,0, cayendo a 43,0 en NOV y a 41,8 en DIC 2023.
Precios PPA’s Solar a 10 años 2025-2034 ha dejado de cotizar a 42,0 €/MWh el 27 Dic 2024.
Precios PPA’s Solar a 10 años 2026-2035 ha dejado de cotizar a 28,6 €/MWh el 29 Dic 2025.
PPA’s Solar a 10 años 2026-2035 ha empezado a cotizar a 27,3 €/MWh el 2 Ene 2026. Subiendo a 28,9 €/MWh el 16-E con mucha presión alcista.
La decisión de un PPA carga Base o Solar, comenzando en FEB 2026 depende del perfil de carga del consumo a cubrir, del músculo financiero (tesorería y presupuesto) y binomio rentabilidad-riesgo frente a la expectativa de la evolución de los precios Base y Solar. El Autoconsumo con excedentes puede mejorar aún más los resultados frente a un PPA virtual o físico ubicado en otro punto frontera fuera del perímetro de 2 km (usando la red y pagando los demás costes del suministro). Pero se requiere apertura de expediente para exportar a la red con el riesgo de perder parte de la fianza (un 20%) a depositar en las arcas públicas si el distribuidor no dispone de capacidad de transferencia de energía a través de su red eléctrica. Cuestión que está frenando en seco a los inversores en autoconsumo, ya que no pueden obtener ingresos por la venta de excedentes los fines de semana (bajada de producción), alargando el pay-back esperado. Cuando resulta imposible vender los excedentes vertidos a la red, existen soluciones para sacar provecho económico a los excedentes: i) sistemas de almacenamiento “in situ” para cargarse con dichos excedentes y descargarlos para autoabastecerse en horas de precios pico; ii) arbitraje de precios de mercado y servicios de operación técnica con dichos sistemas de almacenamiento para mejorar el pay-back de la inversión en dichos equipos; iii) sistemas de almacenamiento portátiles para llevar esas baterías a otras industrias cercanas (plug&play) sin usar la red (>2 km); y iv) nuevo mercado de subastas de capacidad (potencia). Las comunidades energéticas sufren el problema de que requieren porcentajes prefijados para el reparto de los excedentes entre todos los puntos de suministro de cada comunidad energética dentro del perímetro comunal (2 km). Eso supone una restricción regulatoria que impide la cobertura óptima de la demanda de los suministros. Con los tiempos que corren y la tecnología existente, debería permitirse una actualización mensual o semanal o diaria de dicho coeficiente a nivel horario. En ciertas regiones (comunidades autónomas), parece que existen menores restricciones (15 km) para autogeneración compartida, lo cual debería de extenderse a nivel nacional.
Precios cuarto-horarios
El nuevo cambio regulatorio paneuropeo de precios cuarto-horarios en el mercado intradiario continuo está aumentando aún más la volatilidad de los precios del mercado mayorista desde 18 MAR 2025. La casación cuarto-horaria que se ha implantado en mercado diario el 1 OCT 2025 (casación day-ahead 30 SEP 2025) nos aproximará al equilibrio de oferta y demanda de energía eléctrica en los mercados de regulación secundaria y terciaria, coincidiendo con la medida de los contadores de electricidad fiscales (potencia máxima cada 15 minutos). Entonces, ya debería medirse y facturarse el consumo real cuarto-horario (la tecnología lo permite) en vez de estimarlo mediante la potencia máxima cuarto-horaria. La Resolución de 28 de febrero de 2025, de la CNMC, por la que se publican las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de electricidad para su adaptación a la negociación cuarto-horaria y a la nueva tipología de ofertas del mercado diario y la Resolución de 6 de marzo de 2025, de la CNMC, por la que se modifican los procedimientos de operación eléctricos para su adaptación a la negociación cuarto-horaria en los mercados diario e intradiario. Es muy fácil para los reguladores establecer este tipo de cambios, sin tener en cuenta ni reconocer el gran esfuerzo económico que supone para los agentes del mercado, y sin medir el impacto económico que tendrá esta medida en los consumidores. Además, esto pondrá en cuestión el papel del OS y de los mercados de balances y regulación de frecuencia-potencia (banda secundaria y energía terciaria), cuyos precios hoy por hoy no tienen cobertura financiera (no existen swaps para gestión de riesgo de variación de precios de la operación técnica). Este cambio ha obligado a realizar sendas inversiones en las plataformas de gestión de mercados de todos los agentes: generadores, comercializadores, distribuidores, agentes vendedores, traders: importadores y exportadores, sin ningún tipo de ayuda por parte del gobierno. También afecta a los Consumidores Directos, y de cualquier manera a los consumidores indirectos (suministrados por comercializador o generador o autoproductor).
De momento poco podemos vislumbrar de las casaciones cuartohorarias en MD, pero obviamente abren las puertas a las mismas estrategias especulativas en los mercados intradiarios, y más aún en los mercados de operación técnica, para mejorar la rentabilidad de tecnologías con capacidad de almacenamiento (embalses, diques, bombeo y BESS).
Parece que es mayor el impacto en los precios a partir de los recientes cambios regulatorios (desde Nov’24), empeorando también la transparencia del mercado de regulación de secundaria en cuanto a reservas asignadas, energía activada, disponibilidad, precios marginales y liquidaciones, pues desde entonces se liquida a nivel de zona de regulación o proveedor del servicio (antes a nivel de unidades de programación de la generación). Asimismo, desde May’25 el mercado de resolución de restricciones técnicas está repercutiendo en unos sobrecostes desmesurados justificando una eventual remuneración regulada anual de la Operación Técnica del Sistema como se hace en otros países de la UE.
Hibridación y almacenamiento
Escenario ideal para impulsar las inversiones en sistemas de almacenamiento con baterías (litio), siempre y cuando esté subvencionado (por lo menos la mitad de la inversión), pero ruinoso para los consumidores que no puedan aprovecharlo. Esto es como el coche eléctrico para quien se lo pueda permitir. De hecho, el gobierno tiene previsto un nuevo plan de escasas ayudas a la inversión en sistemas de almacenamiento hasta un 10% (bombeo) ó 5% (demás tecnologías) pero exige hibridación con renovables y desvinculación de actividades relacionadas directa o indirectamente con combustibles fósiles, incluidos BESS que los respalden. La construcción de la primera fábrica china de baterías de sodio en Zaragoza supuestamente abaratará el coste de inversión, esperando un repunte de la capacidad instalada de almacenamiento con BESS en España en los próximos años.
Se están planteando proyectos de hibridación con solar fotovoltaica, minieólica de eje vertical y almacenamiento para aprovechar el arbitraje natural de los precios en los mercados de contado, frenados por las barreras regulatorias para facturar vertidos o excedentes a la red. Cabe mencionar que hay algunas empresas (fabricante española) que están ofreciendo por adelantado bonificaciones del 30% sobre el precio de venta (llave en mano) como incentivos a la fabricación de mini-eólica de eje vertical con una excelente visualización de compromiso de la actividad industrial con la protección del medioambiente.
Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE)
El precio del FNEE ha aumentado 60,5% pasando a 1,520535 €/MWh en 2025 para las comercializadoras de referencia (0,947453 €/MWh en 2024), según la Orden TED/197/2025, de 26 de febrero, por la que se establecen las obligaciones de ahorro energético, el cumplimiento mediante Certificados de Ahorro Energético (CAE’s) y la aportación mínima al FNEE para el año 2025. Esta normativa trae nuevas oportunidades para las empresas que hayan realizado inversiones para mejorar la eficiencia energética desde FEB 2023. Los sujetos pasivos, que aparecen en dicha orden pueden certificar las inversiones incentivando “correctamente” a los consumidores sean o no las correspondientes comercializadoras del suministro de electricidad. El FNEE permite la puesta en marcha de mecanismos de apoyo económico y financiero, asistencia técnica, formación e información u otras medidas que permitan aumentar la eficiencia energética en los diferentes sectores y ayudar a conseguir el objetivo de ahorro establecido. Además del incentivo por canje de los certificados, las medidas podrán ser cofinanciadas con otras fuentes de financiación, incluidos los Fondos Europeos. La equivalencia financiera del coste medio necesario para movilizar las inversiones requeridas en todos los sectores para alcanzar los objetivos de ahorro anual suben un +10%, es decir, 189.165,95 €/GWh ahorrado para un ahorro de energía final establecido en 5.815 GWh (5.200 en 2024), y los sujetos obligados deben satisfacer al menos un 15% de su cuota de obligación de ahorro de 2025 (20% en 2024) mediante aportaciones económicas al FNEE, permitiéndoles cubrir el restante 85% (80% en 2024) mediante la liquidación de CAE’s.
El MITERD ha publicado la propuesta de Orden por la que se establecen las obligaciones de ahorro energético, el cumplimiento mediante CAE’s y la aportación mínima al FNEE para 2026. El valor fijado del término de Retribución del coste de contribución al FNEE en 2026 es de 2,4524261 €/MWh. En 2026, los sujetos obligados pueden cubrir parte de su obligación de ahorro mediante la liquidación de CAE’s. Este mecanismo es voluntario, pero está sujeto a un límite: al menos el 8% de la obligación total de ahorro debe satisfacerse obligatoriamente mediante aportación económica al FNEE. Las empresas que opten por utilizar CAE’s pueden descontar su valor económico de los pagos trimestrales al FNEE 2026, siempre respetando el porcentaje mínimo obligatorio. Si al final del ejercicio no se dispone de CAE’s suficientes para cubrir la parte prevista, deberá ingresarse la diferencia pendiente no más tarde del 31 Dic 2026.
Certificados de Garantías de Origen y Metodología actualización R.O.
La Orden TED/1252/2025, de 27 de octubre, por la que se modifican determinados aspectos de la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, modifica a su vez dos órdenes:
Modificación Orden ITC/1522/2007, de 24 de mayo, por la que se establece la regulación de la garantía del origen de la electricidad procedente de fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia: (1) Suprime la obligatoriedad de destinar ingresos obtenidos por venta de Certificados de Garantías de Origen a determinadas actividades, otorgando mayor flexibilidad a titulares de instalaciones de producción; (2) Establece que la exportación de Certificados de Garantías de Origen sólo podrá ser realizada por titulares de instalaciones de generación de electricidad, eliminando la restricción a la exportación de garantías de origen correspondientes a las instalaciones con derecho a la percepción del régimen retributivo específico. Antes para poder exportarlas se debía renunciar al régimen retributivo. Ahora ya puede comercializarse en mercados internacionales.
Modificación Orden TED/526/2024, de 31 de mayo, por la que se establece la metodología de actualización de la retribución a la operación de las instalaciones tipo de generación de energía eléctrica cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible y se actualizan sus valores de retribución a la operación de aplicación a partir del 1 de enero de 2024: Establece que el valor mínimo de desviación entre flujos de caja trimestral, modificando el ajuste por afección a la retribución a la inversión, estableciéndose un valor mínimo trimestral basado en los valores teóricos de retribución de cada instalación tipo, muy importante para instalaciones tipo de biomasa.
Tarifas de Acceso de Terceros a la Red (ATR)
Respecto a las nuevas tarifas de Peajes y Cargos del Sistema eléctrico para 1/1/2026, tenemos una subida media de +0,11 €/MWh a todas las tarifas de ATR en alta tensión, excepto la 6.3TD que baja 0,2 €/MWh, a costa de los demás consumidores. Esto implica una señal de incentivo a la conexión de grandes proyectos en el tercer escalón de tensión (red de transporte).
Se detallan a continuación las tarifas viejas y nuevas.


En cuanto a energía, tenemos:


En cuanto a excesos, tenemos los nuevos valores prácticamente se mantienen los valores anteriores. Hay que ajustar potencia contratada para optimizar la facturación optimizando excesos. La Resolución de 6 de marzo de 2025, de la CNMC, por la que se modifica el anexo II de la Resolución de 4 de diciembre de 2024, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2025, que supone una redistribución de los precios de las penalizaciones por excesos potencia en las tarifas de peajes para todos los tipos de puntos de medida. En lugar de tener un único precio, se desdobla en todos los periodos tarifarios aplicando los coeficientes que ya conocemos.

En cuanto a reactiva, se mantienen los mismos valores de 2025 en 2026:

IVA y cambios de la facturación potencia y reactiva
Desde 1 ENE 2025 el consumidor ha sufrido el varapalo por el restablecimiento del IVA al 21% y del 100% del Impuesto Especial sobre la Electricidad.
La Resolución de 6 de marzo de 2025, de la CNMC, por la que se modifica el anexo II de la Resolución de 4 de diciembre de 2024, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2025, publica los valores de precios a aplicar en el término de potencia demandada (excesos de potencia) y que será de aplicación desde el 1 de abril de 2025, dejando sin efecto los publicados en la Resolución de 4 de diciembre de 2024, en su Anexo II. Realmente, las fórmulas nuevas equivalen a las mismas de antes, ya que los coeficientes por periodo se multiplican por el precio único global, dando lugar ahora a un precio directamente aplicable por periodo tarifario (p1-p6).
La Circular 1/2025, de 28 de enero, de la CNMC, por la que se modifica la Circular 3/2020, de 15 de enero, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, cambios en la facturación de la potencia y de la reactiva, supuestamente busca mejorar el control de tensiones, especialmente en horas valle. En lo referente a instalaciones de consumidores industriales, con tipos de puntos de medida 1, 2 y 3, se modifica el artículo 9 de la circular 3/2020, que regula la facturación por excesos de potencia (que pasa a denominarse potencia demandada y por energía reactiva:
Las fórmulas de facturación actual (anterior) y la de la Circular 1/2025 (en vigor desde 01/04/25):

Cabe recordar que venimos advirtiendo que la exención de los cargos al autoconsumo y del peaje de generación a la autoproducción, terminará más tarde o temprano porque la demanda residual no podrá soportar todas las subidas de los Cargos del Sistema, y habrá que repercutirlas también a los titulares de instalaciones de autoconsumo. De momento, hay superávit en el sistema de actividades reguladas por los recortes de actividades reguladas (RECORE y distribución y transporte), y por elevado precio del pool que pagan los consumidores regulados (PVPC), frenando tal escenario indeseable para los que se están aprovechando de los tremendos incentivos a la promoción de renovables para autoconsumo (especialmente la solar FV). Quizás eso ocurra después del 2030. Ya se empezará a notar un primer susto que supondrá “rascarse los bolsillos”: la implantación obligatoria de sistemas de monitorización y telecontrol de los paneles solares para facilitar la gestión (planificación) del equilibrio de la oferta y demanda por parte del OS, extensivo a demás tecnologías de autoconsumo/autoproducción.
Consumidor Electro-Intensivo
Recientemente, la Resolución de 27 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se revisa el cociente entre consumo y valor añadido bruto para optar a la categoría de consumidor electrointensivo, ha incrementado dicho ratio a 0,67 kWh/€. Ese cambio regulatorio ha introducido más inseguridad jurídica en España, prácticamente con el único objetivo de echar aprox. a uno de cada tres CEI’s. Los CEI’s afectados sostienen que empeora la insostenible situación financiera y acentúa los problemas de tesorería, después de haber realizado sendos esfuerzos para obtener la autorización administrativa de CEI.
Al parecer existe cierta motivación para corregir esta situación. A mediados de DIC 2025, se ha publicado para audiencia e información pública el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos. Reconoce que las instalaciones beneficiarias por el mecanismo compensatorio deben afrontar una serie de obligaciones en materia de eficiencia energética, descarbonización y consumo de energía renovable; y que el esfuerzo exigido puede resultar excesivo en comparación con la ayuda concedida. El nuevo Estatuto dotará de contenido las compensaciones otorgadas, manteniendo la obligación de transitar hacia una industria eficiente, descarbonizada y renovable, pero racionalizando el esfuerzo exigido respecto a la ayuda otorgada, eliminando obligaciones redundantes y simplificando trámites. Todo ello se enmarca en un contexto que exige medidas urgentes para reducir los precios eléctricos de la industria, en coherencia con el Pacto Verde Industrial europeo, con el fin de impulsar su competitividad, evitar su deslocalización y favorecer su descarbonización, eliminando los obstáculos a la electrificación. A continuación, se resumen los cambios más relevantes.
Nueva caracterización del consumidor electrointensivo:
Introducción de un nuevo coste subvencionable, la compensación por la contribución indirecta al Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE) repercutida en el precio de suministro de electricidad.
Racionalización de las obligaciones y del sistema de monitorización:
Reducción del plazo de tramitación del procedimiento de certificación como consumidor electrointensivo, a través de un sistema de intercambio con el Operador del Sistema más ágil y simplificado.
Mejora del sistema de monitorización de las obligaciones, a través de un sistema de reporte claro y proporcionado.
Modificación RD 309/2022: Costes indirectos CO2. Modifica el RD 309/2022 para equiparar las obligaciones y sistema de monitorización de las mismas en los mecanismos compensatorios del Estatuto y de costes indirectos de CO2 regulados en dicho RD.
Otros cambios regulatorios
El MITERD ha abierto Audiencia e Información Pública del “Proyecto de RD por el que aprueba el Reglamento General de Suministro y Contratación y se establecen las condiciones para la comercialización, agregación y la protección del consumidor de energía eléctrica”, cuyo plazo de alegaciones ha finalizado 13 SEP 2024. Vamos a esperar las nuevas condiciones para la figura del agregador independiente, derechos y obligaciones del consumidor directo en mercado, códigos de red (RD 647/2020) y acceso y conexión a redes (RD 1183/2020), prestando especial atención a instalaciones de gestión de la demanda y almacenamiento.
Nuevo RD aprobado: Aspectos regulatorios remuneración, control, despacho y liquidaciones
Finalmente, el Consejo de Ministros del 14 OCT 2025 ha aprobado el nuevo RD que introduce varias modificaciones importantes del RD413/2014, que rige la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, cogeneración y residuos (régimen RECORE), a propuesta del MITECO (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico).
Novedades Autoconsumo
El cambio normativo más reciente se encuentra en una propuesta de Real Decreto que modificaría la regulación del autoconsumo, principalmente enfocada en el autoconsumo colectivo.
Esta propuesta introduce mejoras como la ampliación de la distancia máxima entre la instalación de generación y consumo colectivo hasta 5 km para instalaciones fotovoltaicas de hasta 5 MW bajo ciertas condiciones: en cubiertas, suelo industrial o estructuras artificiales existentes o futuras; conectadas al consumidor principal a través de líneas de transporte o distribución.
Establece nuevas modalidades de autoconsumo: (i) Compatibilidad simultánea: un mismo consumidor podrá asociarse a dos modalidades —individual sin excedentes y colectivo mediante red—; (ii) Excedentes compartidos: el consumidor principal (titular de la instalación) comparte con otros consumidores solo los excedentes; los asociados pueden optar o no por la compensación de excedentes; no se exige contador adicional de generación neta.
Establece la figura del gestor del autoconsumo colectivo: (i) Nueva figura jurídica: persona física o jurídica que representa a los consumidores asociados y tramita en su nombre los acuerdos y modificaciones. Las distribuidoras y comercializadoras deberán aceptar la documentación enviada por el gestor como si proviniera de cada consumidor; (ii) Inclusión del almacenamiento distribuido.
Introduce una simplificación administrativa: Las modificaciones del acuerdo de reparto solo requerirán la firma de los consumidores afectados. El plazo mínimo de permanencia en modalidad de autoconsumo se reduce a 1 mes. Se agiliza la instalación de equipos de medida y la puesta en marcha de autoconsumos colectivos.
Nuevas obligaciones de Medida, datos y facturación: Las distribuidoras leerán todos los equipos de medida en modalidades sin excedentes, con compensación y con excedentes compartidos. Las facturas eléctricas incluirán información del autoconsumo colectivo: CUPS, CAU, generación neta y reparto horario por consumidor.
Fomenta el almacenamiento distribuido: Se crea formalmente la figura del autoconsumo con almacenamiento distribuido, equiparable a una instalación de generación renovable. Se prevé exención de peajes y cargos del sistema para energía consumida por almacenamiento y posteriormente inyectada a la red (behind the meter). El almacenamiento puede estar vinculado a consumidores industriales o domésticos, y también al vehículo eléctrico.
Panel de autoconsumos: El Operador del Sistema deberá crear un panel con datos en tiempo real de generación, consumo y almacenamiento distribuido para mejorar la gestión del sistema eléctrico.
Servicio de Respuesta Activa de la Demanda (SRAD) 2026
La prestación del servicio de la reducción de la potencia por el lado de la demanda cuando el sistema no cuenta con recursos suficientes para mantener el equilibrio entre generación y demanda, ofrece una contraprestación económica, y se puede realizar como agente de mercado (consumidores directo) o bien a través de comercializadora.
La Resolución de 6 de noviembre de 2025, de la CNMC, por la que se modifican los Procedimientos de Operación P.O.7.5 y P.O.14.4 para la modificación del servicio de respuesta activa de la demanda introduce las novedades siguientes en el SRAD:
El OS ha publicado el resultado de la subasta del Servicio de Respuesta Activa de la Demanda (SRAD) para el 1r semestre de 2026:
Servicio de control dinámico de la tensión (reactiva)
El OS ha realizado pruebas de habilitación de primeras renovables que prestarán un servicio de control dinámico de tensión en línea con el nuevo P.O. 7.4 solicitado por el OS en 2020 y aprobado por la CNMC y publicado en BOE el 12 JUN 2025. El OS está preparado para que estas instalaciones comiencen a prestar dicho servicio desde el momento en que lo notifiquen al OS, si bien se prevé que esto quizás ocurra a lo largo del primer trimestre 2026.
Según OS, a 29 OCT 2025, se han presentado 168 solicitudes, de las que 125 corresponden a instalaciones renovables no gestionables. De ellas 24 están ya en condiciones de comenzar las pruebas. El resto, o bien declaran no poder seguir consigna de tensión o bien están en fase de completar la documentación necesaria. El ritmo de solicitudes viables recibidas es aún bajísimo sabiendo que existen decenas de miles de renovables.
Además de las renovables no gestionables, también han presentado solicitudes centrales de generación convencional como ciclos o hidráulicas que ya tienen la obligación de prestar el servicio de control dinámico de tensión en su modalidad básica. Por ello, en el proceso se está dando prioridad a las renovables no gestionables, ya que son las únicas que pueden ofrecer nuevos recursos al sistema.
Entre los beneficios de la participación en este nuevo servicio, las renovables habilitadas obtendrán prioridad de despacho y la posibilidad de reducir las rampas máximas de cambio de su producción.
Para su habilitación la normativa del nuevo P.O. establece que las instalaciones tienen que acreditar su capacidad técnica para controlar la tensión en dos modos: a través de consignas de reactiva y de consignas de tensión. Esta última modalidad –seguimiento de consigna de tensión en tiempo real– es la que ofrece flexibilidad y permite que las instalaciones respondan a las variaciones rápidas de tensión que pueden producirse en un sistema eléctrico en plena transformación.
Muchas instalaciones renovables, que actualmente deben seguir una consigna de factor de potencia, tienen la obligación normativa de disponer de capacidad técnica para seguir consignas de tensión, con lo que se espera contar con recursos adicionales en el sistema en el corto plazo.
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Las reflexiones incluidas sobre la previsible evolución de los mercados energéticos, son elaboradas por un analista externo – Enérgitas -, y reflejan exclusivamente su opinión, sin suponer en modo alguno un intento de influencia por parte de esta Asociación en el libre comportamiento de cualquier operador en el mercado.
El precio del hub de gas España-Portugal (Mibgas) ha seguido cayendo a 27,8 €/MWh en DIC debido a la caída de los precios de gas y de la demanda industrial y de cogeneración. Esto supone una reducción de -2,6 €/MWh (-8,6%) respecto a NOV (30,4 €/MWh).
Precio interanual futuro Dated Brent revierte al alza +6% y Tipo de cambio US$/€ pierde -0,9%, induciendo una subida neta media de +1,6% en los precios variables del suministro de gas a cliente final en España respecto a valores de hace un mes (caso de indexación a Brent y TC), teniendo en cuenta los cambios del ATR a partir de 1 OCT 2025 (peajes y cargos del sistema gasista). Sin embargo, en valor acumulado, los precios de gas como materia prima son ahora aún más altos que en 2020, aproximadamente un 251% de incremento. Se acentúa el impacto de la renovación de nuevos contratos de suministro de gas para industrias, que ya venían arrastrando un incremento estructural de los contratos entre un +110% y +140% en los precios del gas. Si tenemos en cuenta nuevas fórmulas (actualizadas) bajo el nuevo estadio de precios, las subidas son de escándalo, superando en muchos casos la tarifa de gas regulada (de referencia o de último recurso o TUR) del sector gasista para clientes domésticos (baja presión de gas). Esto es un hecho que está provocando serios problemas de tesorería en las industrias gas-intensivas y/o calor-intensivas. Las ayudas iniciales del gas para las industrias han sido muy restringidas a unos pocos sectores, excluyendo a la inmensa mayoría de las industrias.
Asimismo, el precio interanual Ene 2026 – Dic 2026 del hub de gas España-Portugal (Mibgas) ha revertido al alza +20% respecto a valores de hace un mes. Los hubs de gas europeos, el TTF y NBP también han repuntado +19% y +18%, respectivamente. En sentido opuesto, el gas Henry Hub de EEUU, índice NYMEX, ha vuelto a caer -14,2% a pesar de la coyuntura del invierno (mayor demanda). Por su parte, los futuros del carbón (ARA) prácticamente mantienen mismo nivel respecto a valores de hace un mes, debido a la mayor oferta de carbón, y menor demanda en economías emergentes
Pero las subidas de los precios de gas europeos se han debido a presiones alcistas de conflictos geopolíticos que ponen en riesgo el aprovisionamiento de GNL por rutas marítimas de las importaciones así como elevadas temperaturas en el Norte de Europa. No obstante, los futuros TTF han caído más de un 7%, hasta situarse en torno a los 34 €/MWh, retrocediendo desde el máximo de siete meses alcanzado la semana pasada, cercano a los 37 €, tras un fuerte repunte de alrededor del 30%. Este retroceso se produce mientras los mercados reevalúan las perspectivas meteorológicas y su impacto en los niveles de almacenamiento de gas. Los pronósticos siguen apuntando a condiciones más frías hacia finales de ENE, lo que aumentaría la demanda de calefacción y aceleraría el vaciado de las reservas en depósitos de gas de la UE, que se encuentran actualmente al 50% de su capacidad, muy por debajo del 62% en misma época del año pasado. Esto deja a la UE más expuesta a las fluctuaciones del clima y la oferta. Las tensiones geopolíticas relacionadas con los disturbios en Irán también mantienen una prima de riesgo en los precios, dado el posible impacto en las rutas de transporte de GNL, a pesar de que los temores de una acción inmediata por parte de EE. UU. han disminuido. Para aumentar la presión alcista, partes de Asia se preparan para una ola de frío, lo que aumenta la competencia por los cargamentos de GNL y estrecha aún más el equilibrio mundial del gas. No obstante, consideramos que la bajada del NYMEX en EEUU anticipa un fuerte correctivo del gas en Europa, por la influencia del GNL exportado a UE. “Hay gas para todos”. “Sobra gas”.
Los precios del carbón se han elevado hasta los 110 US$/t, acercándose a su máximo en seis semanas después de que datos oficiales mostraran que la producción de carbón de China alcanzó un récord en 2025, mientras Pekín seguía priorizando la seguridad energética en medio de una transición gradual hacia las energías limpias. La producción aumentó un 1,2%, hasta los 4.830 millones de toneladas, y el carbón sigue cubriendo más del 50% de las necesidades energéticas de China. China también se prepara para poner en marcha este año más de 100 plantas térmicas de carbón, que se espera suministren electricidad tanto a nivel nacional como internacional. China, con diferencia es el mayor consumidor, productor e importador de carbón del mundo, sigue dependiendo de este combustible para impulsar su economía, junto con la continua expansión de las energías renovables. Sin embargo, se está comprometiendo a comenzar a reducir gradualmente el uso del carbón antes de 2030. “Del dicho al hecho, hay mucho trecho”. Queda un quinquenio para ver qué pasa con la industria y competitividad. Desde luego, China no renuncia a la nuclear, sino todo lo contrario. Los gobiernos y reguladores europeos deberían revisar sus estrategias energéticas para evitar la pérdida de competitividad de las industrias en la UE.
Así, los futuros interanuales del DATED Brent han pasado de 58,6 a 62,1 US$/bbl, y los futuros del Tipo de Cambio pasan de 1,1808 a 1,1701 US$/€.
La media interanual de los futuros del Mibgas pasan de 25,4 a 30,5 €/MWh.
La media interanual de los futuros del TTF pasan de 26,0 a 31,0 €/MWh.
La media interanual de los futuros del NBP (UK) pasan de 65,6 a 77,4 peniques/termia.
La media interanual de los futuros del NYMEX pasan de 3,735 a 3,205 US$/MMBtu.
La media interanual de los futuros del Carbón ARA pasan de 95,0 a 95,2 US$/t.

Los targets del Dated Brent pasan de 58,2-60,0-61,9 US$/barril a finales de 2026-2027-2028, a niveles de 61,1-61,8-63,2, respectivamente. Curva forward cambia perfil a contango semiplano por las incertidumbres geopolíticas a muy largo plazo, pero la influencia del gas americano puede revertir a backwardation.
Los targets del euro frente al dólar americano pasan de 1,1866-1,2061-1.2185 US$/€ a finales de 2026-2027-2028 a 1,1795-1,1909-1,2055, respectivamente. Perfil contango con niveles moderados, frenando eventuales subidas de futuros del Brent, si bien la economía europea muestra síntomas de cierta debilidad macroeconómica por el incremento de la deuda pública y subida del coste de la vida (IPC).
Los targets del TTF pasan de 26,6-25,2-23,7 €/MWh a finales 2026-2027-2028, a niveles de 29,6-25,5-23,7, respectivamente. Curva forward mantiene perfil backwardation. Pero debería bajar aún más (aprox. dos tercios) y de forma sostenida en el tiempo, para que la gran industria europea no huya a otros países, que se preocupan más por las industrias con precios energéticos competitivos y menores restricciones y costes ambientales. No hay presupuesto ni margen para repercutir los precios energéticos a los productos manufacturados en Europa (serían sustituidos aún más por productos asiáticos).
Los futuros MIBGAS anticipan medias anuales para 2026-2027 pasan de 25,3-23,9 a 30,5-25,2 €/MWh, respectivamente. El 2028 podría bajar a un suelo estimado de 22,6. El 2023 ha cerrado un precio de contado a 39,2 más de un 60% inferior al escandaloso precio de 2022 (100 €/MWh). El 2024 ha cerrado a 34,9 €/MWh caída adicional de -4,3 €/MWh (-11%) respecto a 2023. El 2025 ha cerrado a 35,9 €/MWh, lo cual supone una leve subida de +1 €/MWh (+3%) respecto 2024.
A corto plazo, el precio Spot (contado) del Mercado Ibérico de Gas MIBGAS (mercado secundario), producto day-ahead, anticipa un benchmark de 35,1 €/MWh en ENE, 36,0 FEB y 33,8 MAR. Los futuros trimestrales de 2026 repuntan Q2 a 29,7 (+20,1%), Q3 a 29,1 (+16,5%) y Q4 a 28,6 (+13,0%) respecto a valores de hace un mes.
El nuevo gobierno de EEUU había planteado el reto de bajar el petróleo (fuera de EEUU) progresivamente a niveles entre 40 y 30 US$/bbl, lo cual ha ido bajando los precios del gas internacionales de forma progresiva. En Europa se ha alcanzado dicho objetivo convergiendo por debajo del valor mínimo de dicha horquilla, pero no es un nivel competitivo para las industrias, en particular, y consumidores en general.
Podemos ver cierre de empresas/industrias en Europa si no se establecen ayudas o compensaciones contundentes, pues tenemos un precio anual en 2025 (35,9 €/MWh) que triplica la media de hace cuatro años (2020: a 10,2 €/MWh). La industria NO puede resistir un coste de materia prima tan elevado durante tanto tiempo. Lo venimos advirtiendo. Ya hay industrias que se están yendo gradualmente a países como por ejemplo Eslovaquia y Polonia, y explorando Marruecos, Croacia, Serbia y Montenegro, entre otros.
Cabe intuir que las multinacionales gasistas van a seguir intentando compensar futura caída de ingresos por la ola ambientalista que se ha comprometido en centrar la expansión de las renovables sin consulta popular al ciudadano, que es quien finalmente terminará pagando la politización de la energía y el medioambiente, por un futuro limpio pero que puede condicionar el consumo y desarrollo/bienestar de España y demás países europeos, mientras algunos países siguen apostando por el carbón y la nuclear. Los norteamericanos por el gas de fractura hidráulica, teniendo las reservas de Alaska y el corredor mesoamericano aún sin explotar, y ahora los acuerdos para invertir en la reactivación de la industria petrolera y gasista en Venezuela y muy probablemente Irán.
Como venimos insistiendo, los países asiáticos siguen sustituyendo a Europa como destino del gas ruso y de Oriente Medio, cerrando aprovisionamientos a largo plazo con más de dos terceras partes del gas mundial, dejando menos de una tercera parte a los países europeos. Sin duda el control de los precios de los mercados gasistas internacionales por estrategias de geopolítica energética viene y seguirá condicionando la competitividad de las industrias europeas. Mientras, Europa sigue sin decidir la extracción del gas autóctono. Excesivo optimismo respecto a disponibilidad del gas almacenado (importado) en Europa.
La falta de importación de más volumen de gas “barato” de Argelia a España también está repercutiendo en la especulación del precio del gas desde otros países. Casi todo el gas que venía por el Magreb se dedicaba a suministros acogidos a la TUR de gas. El aumento de las importaciones de gas de EEUU puede compensar las reducciones del gas de Rusia y Argelia, pero no por mucho tiempo. Quizás el proyecto de extracción de gas de Marruecos en las costas cercanas a Canarias, permita disponer de un gas más barato que el de Argelia. Eso tenemos que verlo (contratarlo) para creerlo.
Si tenemos en cuenta los futuros a lo largo de 2022 del Mercado Secundario de Gas y vemos el cierre anual finalmente a 100,0 €/MWh, resulta cuanto menos curioso y se puede entender como un precio objetivo (target) alcanzado (cifra redonda), que ha permitido hacer caja y mejorar la cuenta de resultados de las empresas gasistas.
En 2020 el MIBGAS ha cerrado a 10,2 €/MWh, el menor precio anual desde que arrancó a mediados de Dic 2015, debido a la menor actividad económica y menor demanda de gas. Pero para la industria es terrible que un commodity se multiplique casi 9 veces (878%) en dos años (2022) y aunque se diga que está cayendo, ha cerrado a 4 veces superior en 2023 (39,2 €/MWh) y algo parecido en 2025 que ha cerrado a 35,9 €/MWh. La cogeneración y la industria en general difícilmente van a poder sufragar el encarecimiento de los costes de la materia prima con los nuevos contratos de aprovisionamiento de gas previstos (un precio variable sobre el consumo en torno a 47,6-53,0 €/MWh, incluyendo las variaciones de los cargos y peajes a partir de 1 OCT 2025, sin incluir los costes fijos ni las tasas (CNMC, GTS, FNEE, IEH). Se están viendo obligados a subir los precios de los productos manufacturados para evitar cierres o paradas hasta que pase esta coyuntura que se está alargando demasiado en el tiempo (por lo menos hasta 2026). La nueva revisión de los precios regulados de la cogeneración con régimen retributivo parece que va a ayudar a compensar las pérdidas que se vienen arrastrando desde 2021. Ello redundará en beneficios para los consumidores (precios más competitivos) y al medio ambiente (menos emisiones de CO2) y a trabajadores (menos parados), entre otros, ayudando a cumplir objetivos del plan de ahorro y eficiencia energética, ya que las fábricas asociadas NO tendrían que sustituir la energía térmica de la cogeneración por tradicionales calderas de vapor quemando combustibles fósiles con muy bajo rendimiento energético y el consiguiente aumento de las emisiones de CO2. Esperemos que no lleguemos a sufrir ese estadio de funcionamiento ruinoso y contaminante para todos y especialmente para el medioambiente. Supondría un auténtico fracaso ambiental y comprometería los objetivos asumidos por España dentro del marco energético de la Agenda 2030. A la cogeneración hay que apoyarla Si o Sí, mas aún siendo consciente el gobierno de que la cogeneración es la energía SÍNCRONA más eficiente y está donde más se la necesita, al lado de la demanda industrial, ayudando al OS en la gestión de redes, aportando estatismo (inercia) para el mantenimiento de la frecuencia y controlando las tensiones.
En cuanto a los contratos de gas del month-ahead (precio mercado secundario de gas para el mes siguiente) en MIBGAS, tenemos la siguiente evolución registrada recientemente:
Respecto a los futuros o derivados de gas a medio y largo plazo en el OMIP, cabe destacar los estadísticos de los futuros siguientes:
Tarifa de último recurso (TUR)
La TUR para Q1 2026 ha bajado a 42,59578 €/MWh €/MWh, lo cual supone una reducción de -2,4 €/MWh (-5,4%) respecto a Q4 2025 (45,03815 €/MWh), favoreciendo principalmente al sector doméstico y pequeños suministros de gas (oficinas), si bien agravado por la subida del IVA que ha pasado del 5% al 10% desde 1 ENE 2024 y al 21% desde 1 ABR 2024. Realmente, no se esperaba esta bajada de la TUR, pero alivia la cuesta de enero para clientes a mercado regulado. En ese sentido, es una buena tarifa de refugio.
El Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, en su artículo 25 modificó el artículo 93 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, añadiendo las letras b) y c), ampliando el ámbito de aplicación de la tarifa de último recurso a las comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial y agrupaciones de ellas, a los edificios de titularidad pública destinados a viviendas de uso residencial, a los edificios de patronatos o de organizaciones sin ánimo de lucro destinados al mismo uso y a las empresas de servicios energéticos que presten servicio a todas las categorías anteriores. Por tanto, se pueden acoger a la TUR supuestamente de forma exclusiva los siguientes consumidores:
Debería existir una TUR de refugio a precio fijo para consumidores industriales o gran comercio en dificultades (en vez de MIBGAS + recargo del 20%, aparte del recargo sobre costes regulados) o bien una Tarifa de Referencia temporal basada en subastas de gas a mercado libre para asegurar la supervivencia de la industria. Las compras de gas a nivel europeo no están redundando en mejoras relevantes respecto a lo que se está comprando localmente en España, si bien supone una fuente de mejora del margen bruto de las comercializadoras de gas. Con las nuevas TUR’s, es probable que la Comercializadora de Referencia de la zona franquiciada pueda socorrer a una industria que no tenga contrato a mercado libre. Sin animar a ello, a modo de referencia se detallan las nuevas TUR’s en vigor desde 1 ABR 2025 y la reducción del Término Variable respecto a la tarifa del primer trimestre 2025. Cualquier industria en situación vulnerable podría desear la TUR que le pudiese corresponder (TUR8, TUR9, TUR10 equivalentes a RL8, RL9 y RL10) según Consumo Anual Contratado (CAC).

La medida de indexación del precio del MIBGAS sobre el precio del MIBEL desde 15 JUN 2022 hasta 31 MAY 2023, extendida por RDL3/2023 hasta 31 DIC 2023, ha dejado de aplicarse en 2024.
Como siempre insistimos en recomendar la optimización de la denominada Qd asociada al caudal diario máximo contratado, porque el término de capacidad ha dejado de facturarse con el modo de facturación tipo 2 (banda del 85%-105%) y se paga la Qd tal cual se tenga contratada, penalizando (tres veces: factor de penalización de 3) diariamente los excesos. Toca analizar con lupa los costes repercutidos al Término de Capacidad.
Las coberturas de gas están a precios que parecen ser competitivos, pero no lo suficiente como para volver a presupuestos de hace dos años. Asegurar precios en coyunturas como la actual puede evitar nuevos incrementos, pero perder la oportunidad de recoger caídas más adelante. Los precios de los hubs internacionales han bajado por el efecto de treguas en las guerras en Oriente Medio, y entre Rusia y Ucrania, pero podrían reactivarse nuevamente. Las fórmulas de indexación sobre Brent tienen los días contados, especialmente por la incertidumbre en el Tipo de Cambio US$/€. Las indexaciones al TTF y MIBGAS están arrojando mejores resultados que el NBP. Para renovaciones, las fórmulas cost-plus están repercutiendo subidas aún mayores que con el TTF. Los industriales están optando a indexaciones sobre hubs de gas europeos, especialmente TTF. En ese caso, hay que prestar especial atención a las valoraciones de productos TTF Day Ahead versus TTF Month Ahead.
Una solución salomónica podría ser indexación mixta: una parte (X%) sobre Brent y TC, otra parte (Y%) a precio de un hub de gas como el TTF o MIBGAS, y resto (Z = 1 – X – Y), a precio fijo. Tal como estamos viendo ahora mismo, los contratos indexados a gas están aprovechando menores precios que los indexados a Brent. Cuando las bajadas son fuertes, se saca mucha más ventaja en el contado. No se puede desaprovechar cualquier oportunidad de este tipo. (Frente a precios fijos exante).
Desde 12 SEP 2023, el MIBGAS ofrece nuevos productos MIBGAS indexados al TTF. Se puede contratar gas con entrega física en el punto virtual español MIBGAS PVB, cuyo precio es el del punto virtual holandés TTF para cada día en el que se produce la entrega del gas más un diferencial (spread). Este spread es el que se contrata.
Desde 20 FEB 2024, los nuevos productos denominados futuros de gas natural indexados al precio diario de MIBGAS (LPI o Last Price Index day ahead) ya están disponibles en la plataforma de MIBGAS. De hecho, se han registrado las primeras transacciones de este nuevo producto: la de un contrato de gas con entrega el mes siguiente, es decir, para el mes de marzo con este nuevo producto de MIBGAS Derivatives. Son contratos con entrega física en el PVB (punto virtual de balance español) y no financieros, y cotizarán con un diferencial respecto al índice LPI. Se pueden negociar en la plataforma de MIBGAS o ser registrados como bilaterales OTC y son compensados y liquidados por la cámara de compensación OMIClear.
MIBGAS ha anunciado la intención de crear un mercado organizado para la negociación de CAE’s (Certificados de Ahorro Energético) para contribuir así al desarrollo y fomento de la eficiencia energética. Este mercado se desarrollará en la plataforma electrónica de negociación de MIBGAS y contribuirá a potenciar la negociación de CAE’s entre los actores de este mercado, facilitando el intercambio de los CAE’s y creando señales de precio públicas. El desarrollo de un mercado secundario de CAE’s es clave para incentivar las actuaciones de ahorro energético y la generación de estos certificados, que al tener un precio de cotización transparente aumentarán su atractivo y posibilidad de rentabilizar las inversiones realizadas.
Precio del hidrógeno en España
MIBGAS ha lanzado el primer índice ibérico del precio del hidrógeno renovable el 16 DIC 2024, con un precio de 5,85 €/kg (148,36 €/MWh). La publicación de esta nueva señal de precios se actualiza semanalmente. El MIBGAS IBHYX refleja el coste de producción del hidrógeno renovable, es decir, el precio mínimo al que está dispuesto a vender un productor para obtener la rentabilidad esperada o, dicho de otro modo, la señal de precio de la oferta (Ask) de hidrógeno renovable producido en la península ibérica en una planta de electrólisis tipo. Esta señal representa el coste nivelado de producción del hidrógeno renovable de acuerdo con los criterios establecidos en los actos delegados de la UE para la obtención de hidrógeno RFNBO (Renewable Fuel of Non Biological Origin). La metodología empleada se ha basado en los costes de producción para, en un primer paso, llegar a definir y a aunar criterios para la obtención del precio de producción en Iberia de este vector energético, que es lo que representa el índice MIBGAS IBHYX. El siguiente paso será conocer el precio de la demanda (Bid), el que está dispuesto a pagar un demandante (off-taker) de hidrógeno renovable. El gap o diferencial entre estos dos precios determinará el grado de liquidez del mercado.



Tarifas de Acceso de Terceros a la Red (ATR) gasista Oct 2025 – Sep 2026
Respecto a la regulación de las ATR para la nueva temporada de Gas (desde 1 OCT 2025):
Los nuevos peajes suben brutalmente los términos fijos y bajan en menores ratios los términos variables, lo cual implicará un aumento generalizado de los peajes actuales de aprox. +6% (RL11) hasta +57% (RL7), en posición PVB, a partir de 1 Oct 2025.
Este aumento se debe principalmente a la menor demanda de gas para la generación de electricidad y a la reducción de ingresos en las plantas de Gas Natural Licuado (GNL).
Los nuevos cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos, bajan -6,2% a partir del 1 Oct 2025.
El impacto global supone una subida media entre 8,1%-9,4% (RL8), 13,3%-14,7% (RL9) y 8,1%-9,4% (RL10) en posición PVB.
El impacto del nuevo ATR a cliente final depende de los contratos suscritos con la comercializadora y la metodología aplicable, a veces desconocida por el cliente. El impacto es tan relevante que conviene revisar las nuevas facturas de consumo a emitir el próximo mes.
Por cierto, la cuota del GTS ha sido reducida del 1,526% (hasta 30 Sep 2025) al 1,354% (desde 1 Oct 2025) y la tasa de la CNMC se mantiene en 0,14%.
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Las reflexiones incluidas sobre la previsible evolución de los mercados energéticos, son elaboradas por un analista externo – Enérgitas -, y reflejan exclusivamente su opinión, sin suponer en modo alguno un intento de influencia por parte de esta Asociación en el libre comportamiento de cualquier operador en el mercado.
El precio spot del mercado de derechos de emisiones de CO2 en Europa vuelve a subir en DIC a 83,97 €/t, un incremento de +3,04 €/t (+3,8%) respecto a NOV (80,93 €/t). En lo que llevamos de ENE alcanzamos un nivel medio acumulado de 87,68 €/t, debido a un incremento de la demanda de obligaciones de derechos de emisiones de CO2.
El precio de contado del CO2 del año 2020 cerró a 24,7 €/t, muy similar al récord histórico de 2019 (24,8 €/t). El año más crítico anteriormente fue el 2008 (22,0 €/t). Pero en aquél entonces sufrimos una crisis mayor del petróleo, y también se iniciaba la segunda etapa del mercado europeo de CO2. El valor mínimo anual se alcanzó en 2013 (4,45 €/t), y del 2012 al 2017 se mantuvo en una horquilla media en torno a 6 €/t, y ya nos parecían abusivos aquellos precios.
En 2021, la media ANUAL del CO2 repuntó abusivamente a 53,6 €/t, después de la pandemia Covid-19, aprovechando bajadas históricas de las temperaturas (Filomena), lo cual ha supuesto una subida más del doble que los máximos históricos previos. La media ANUAL en 2022 subió a 80,9 €/t. Dicho nivel ha sido más de 4 veces (400%) superior a los valores medios del registro histórico reciente (2018-2020: 21,8 €/t). Hablar de 2023 es peor, porque ha cerrado a 83,5 €/t.
En 2024, el spot ha sufrido un fuerte correctivo a 65,3 €/t, una caída de -18,2 €/t (-21,8%) respecto a 2023.
En 2025, el spot ha vuelto a repuntar a 73,9 €/t, una variación de +8,7 €/t (+13,3%) respecto a 2024.
En lo que llevamos de 2026, tenemos una media spot acumulada que sube a 87,7 €/t, una variación de +13,7 €/t (+18,6%) respecto a todo el año 2025, quedando resto de año para seguir especulando (subiendo) y mermando la competitividad energética en la UE.
Los futuros tienen libertad de repuntar porque permite posiciones especulativas para arbitrar entre el medio y largo plazo. Una degeneración del valor económico inducido del derecho a emitir CO2. Tendría que caer por debajo del nivel de 5 €/t para que estemos hablando de un commodity sensato y no un precio exorbitante y descontrolado, que está haciendo menos competitivo el coste final de la energía a nivel pan-europeo. Se ha vuelto un commodity de lujo en muy poco tiempo, afectando a todos (los consumidores) independientemente del país europeo donde se encuentre el sujeto pasivo, pero unos con menor capacidad económica que otros.
Los futuros con entrega a final de año han variado de la siguiente manera.
La curva de precios forward del CO2 a medio y largo plazo (2025-2033) mantiene un perfil de contango a partir de la última cotización de DIC 2024, con unos niveles entre 92 y 97 €/t a largo plazo (2026-2028) y entre 101 y 117 €/t a muy largo plazo (2029-2034). Los niveles de los futuros han subido, repuntando el perfil de precios a LP y MLP respecto a valores de hace un mes, debido supuestamente a tensiones alcistas en mayor demanda de derechos de CO2 para quemar gas y carbón, y los nuevos sectores que empiezan a preocupar aún más la competitividad de empresas que operan en el espacio europeo.

El precio del CO2 repunta un 34,2% en 2025 y +8,3% en 2026, y después crece a un ratio medio anual de 3,1% entre 2027 y 2034.

Los especuladores se siguen “frotando las manos”, ya que persisten las reglas del juego y la demanda de derechos va en aumento. El precio del CO2 está en niveles perniciosos que pueden llegar a convertirse o declararse en estafa energética por alguna fiscalía de algún Estado Miembro de la Unión Europea o algún juzgado que reciba una demanda judicial de cualquier empresa afectada. Aunque nos están dando una tregua, ya han rebasado los límites de racionalidad y proporcionalidad del impacto ambiental para castigar a la energía térmica y frenar su producción favoreciendo a las renovables. Quizás sería oportuno que la CNMC plantee hacer un seguimiento y control del mercado europeo de CO2 de forma coordinada con las demás comisiones reguladoras europeas, pues el precio del CO2 se nos puede ir de las manos, más bien caer en las manos de agentes especuladores (sin posiciones propias por cubrir), que no tienen industrias por cerrar, lo único que cierran son posiciones puramente financieras para monetizar y rentabilizar sus capitales.
Si no se suspende o elimina el mercado de CO2, entonces que se eliminen los subsidios a las renovables y la excepcionalidad de no pagar costes de red a autoconsumos, a menos que la autoproducción opere en modo aislado y desconectado de las redes. Los consumidores están pagando en duplicado o triplicado las diferentes políticas ambientales de los Estados Miembros de la UE. No hay tanta riqueza como parece. Todo lo contrario: Nos están llevando a una miseria energética. “La vaca se va a quedar sin leche”. Si la red sirve de respaldo, que se paguen dichos servicios, pues los costes fijos van a ir en aumento en cuanto se consolide una eventual bajada de la recaudación, y toca repartirlos entre una demanda residual cada vez menor. Unos consumidores (sin autoconsumo, típicamente los más pobres o con menos recursos económicos) NO deben subsidiar a los demás (con autoconsumo, típicamente los más ricos o con mayores recursos económicos). Esto está abriendo más la brecha entre consumidores, pero es contradictorio que ocurra en la Europa contemporánea. El precio del CO2 lo termina pagando hasta la más humilde persona (cliente final). Es como un coste variable o coste marginal adicional al de la materia prima.
Nada se permite que suba tanto. Esto exige que se establezcan precios máximos al CO2, así como al precio de los hubs de gas más realistas para evitar más usura a los consumidores, y restablecer los precios máximos de mercados de electricidad y de gas a niveles asumibles por los consumidores. Todos los gobiernos europeos deben reflexionar a dónde nos llevan y si deben luchar contra la especulación. Se supone que los reguladores deben velar por la defensa de las prácticas competitivas y evitar la especulación, en beneficio tanto de vendedores como compradores, y especialmente de los consumidores.
Se supone que las variaciones de los precios del gas internacional (TTF, NBP y Henry Hub) siempre se propagan del MIBGAS al MIBEL, aunque el mercado eléctrico tenga vida propia: afectado por otros drivers como el escandaloso coste (precio) especulativo del mercado europeo de derechos de emisiones de CO2, que sigue cotizando a niveles muy elevados (un valor que ha superado más de tres veces el de inicios del 2020, estadio pre-Covid). Desde luego a la cogeneración industrial debe reconocerse explícitamente el sobrecoste de los precios del gas y el sobrecoste del CO2 para poder seguir sobreviviendo y suministrando energía térmica a sus fábricas asociadas, en plazo y forma. Hay riesgo de seguir produciendo a un coste mayor que el ingreso por la regulación actual (régimen retributivo). La tesorería de la cogeneración no puede soportar un precio del CO2 superior a 30 €/t. Saltan las alertas porque ese nivel máximo se ha llegado a triplicar y en algunos momentos cuadruplicar/quintuplicar. La nueva metodología reconoce de forma explícita el CO2, lo cual esperemos que se note y actualice en plazo y forma para evitar el empeoramiento de la situación crítica que sufre la cogeneración.

Parece que después de cada Cumbre del Clima (típicamente entre NOV y DIC), tenemos una tregua con el precio del CO2, inclusive con un perfil correctivo de precios en todos los plazos (corto, medio y largo) hasta MAR/ABR del año siguiente. Sin embargo, ya hemos observado periodos temporales en los que el CO2 baja para volver a repuntar. Al ritmo actual se espera que alcance 150 €/t antes de 2030, caso de que las autoridades pan-europeas y/o nacionales no hagan nada para evitarlo. La entrada de agentes especuladores, con mucho músculo financiero, está arruinando a las industrias europeas. Han encontrado en la energía y especialmente en el CO2 un valor de refugio con elevada rentabilidad y mínimo riesgo. Compran muy barato, y revenden carísimo. Y “se van de rositas”. Después de las monedas virtuales, el CO2 es lo que más está llamando la atención a especuladores. De hecho, cabe advertir que el futuro de CO2 para Dic 2030 ha llegado a cotizar un valor máximo de 144,1 €/t el 17 AGO 2022.
El cambio de política de los EEUU puede que altere o retrase los objetivos de la Agenda 2030.
En todo caso, el precio del CO2 sigue distorsionando los mercados energéticos (energía eléctrica y de gas natural), con el riesgo de magnificarse su impacto en los precios ofertados (coste de oportunidad) por los generadores, redundando en mayores precios en los mercados minoristas de suministro de electricidad y gas a cliente final.
No existen límites en los precios ni en las cuotas de mercado a nivel europeo ni nacional. Es un mercado con incentivos perversos, sin control, sin supervisión, sin transparencia, sin igualdad de condiciones, sin equidad, sin racionalidad económica, redundando en señales económicas especulativas, que merman la competitividad y eficiencia económica de las instalaciones obligadas a cubrir sus emisiones de CO2 con derechos de CO2. La politización de la energía y el medioambiente puede paralizar a las industrias en Europa o inducir su migración (deslocalización) a países donde no exista coste del CO2. Por ejemplo, la industria del sector del automóvil está llevándose a Marruecos (ya produce más de 1 millón de coches/año), obviamente sin pagar el coste de CO2, aparte de mano de obra más barata por condiciones laborales precarias, entre otros motivos.
Si las autoridades competentes no van a supervisar ni a controlar el mercado de CO2, entonces deberían plantearse la posibilidad de suspender dicho mercado y las obligaciones requeridas a las instalaciones afectadas hasta que se relajen los precios de los mercados energéticos (electricidad, gas, productos derivados del petróleo y carbón). Existen otros mecanismos de control e incentivos que pueden fomentar la descarbonización evitando la especulación del precio del CO2 como un commodity, que cada vez puede ir encareciéndose más y más.
China ha anunciado sus planes (conservadores) para mejorar la medición del contenido de CO2 en sus productos, un paso crucial (guiño a Europa) para lograr sus objetivos climáticos y adherirse a estándares internacionales más estrictos. Vamos a ver si eso se hace notar (aunque sea marginalmente) en la economía y competitividad mundial y otros países como India, Pakistán, Brasil, y más cerca países africanos como Marruecos,…, etc, empiecen a penalizar las emisiones de CO2 como se ha hecho en Europa. Igual ocurre cuando se haya desindustrializado Europa. Fuera de Europa nos ven muy comprometidos con la protección del medioambiente, cuando en realidad se están descuidando los mares, océanos, lagos, ríos y bosques, que son las principales fuentes de depuración del CO2, y una buena parte (sino todo) de lo recaudado de los mercados de CO2 debería reinvertirse en reforestación, protección y mantenimiento de los recursos del planeta. La penalización del CO2 en “cualquier país sensato” debería estar condicionada a una práctica mundial para evitar precisamente la pérdida de competitividad de las industrias y comercios y demás actividades económicas en Europa.
Estos comentarios están disponibles en acogen.es para su descarga.
Las reflexiones incluidas sobre la previsible evolución de los mercados energéticos, son elaboradas por un analista externo – Enérgitas -, y reflejan exclusivamente su opinión, sin suponer en modo alguno un intento de influencia por parte de esta Asociación en el libre comportamiento de cualquier operador en el mercado.

El jueves 15 de enero, en la sede de la CEOE y en colaboración con Monitor Deloitte, se desarrolló la jornada “El papel de la energía nuclear en la competitividad industrial” a la que asistió el director general de ACOGEN, Javier Rodríguez.
A la semana siguiente, el martes 20, se celebró la sesión 201 del Comité de Agentes de Mercado de OMIE, al que la Asociación asistió como miembro. Ese mismo día, el martes 20 de enero, el director general de ACOGEN tenía previsto participar con una ponencia conjunta con Cogen España en el “2nd annual Seville Forum on Machinery for Decarbonization (Sevilla January 20-21, 2026)”, al cual no pudo asistir por el accidente ferroviario de Adamuz, realizando la ponencia íntegramente el presidente de Cogen España.
El miércoles 21 tuvo lugar la primera junta directiva mensual de ACOGEN del año 2026. Un día después, el jueves 22, el IDAE organizó un webinar informativo sobre el programa RENOCOEN 2, informado a los asociados y al cual se conectó ACOGEN.
Esta semana, el 29 de enero tendrá lugar la reunión del grupo de biometano de la CNMC, a la que asiste ACOGEN.
De cara a próximas citas, el lunes 2 de febrero, se celebrará en el auditorio de Foment del Treball en Barcelona el XIV Simposio Empresarial Internacional Funseam, con la asistencia de ACOGEN.
El 12 de febrero, el director general de ACOGEN participará en el webinar anual sobre el mercado de CO2, organizado por VERTIS (STX Group), donde se analizará en profundidad el panorama cambiante del EU ETS con el lema “Navegando la transición: claves de 2025 y perspectivas futuras”.
El miércoles 18 de febrero se celebrará el Comité de Regulación de ACOGEN, así como la junta directiva mensual habitual.
Y concluimos este repaso a la actividad de la Asociación con la reunión de la Comisión de Industria y Transición Ecológica de la CEOE que tendrá lugar el 18 de febrero en su sede y a la que ACOGEN acudirá.

La cogeneración pide a Transición Ecológica corregir los fallos detectados por la CNMC para su retribución, titula elEconomista, en referencia al informe publicado por el regulador sobre la propuesta de orden del MITERD para la revisión de los parámetros retributivos del periodo 2026-2031. Tal como señala el diario económico, la CNMC señala que la propuesta reduce de forma significativa el parámetro VCO2, con una disminución media del 25% en sectores con riesgo de fuga de carbono y del 38% en sectores sin riesgo de fuga, y subraya que la memoria de impacto de la norma «no hace referencia alguna a este hecho». Además, advierte que la propuesta iguala el valor final de VCO2 para todas las instalaciones tipo, eliminando la diferenciación entre sectores «fuga» y «no fuga» introducida en el año 2020 y mantenida desde entonces. Por ello, la CNMC aconseja al Ministerio «explicar justificadamente las hipótesis» que subyacen tanto en la reducción de emisiones como en la asimilación entre sectores.
Así, como señala Europapress, el regulador cuestiona el recorte de CO2 y pide «explicar justificadamente» sus hipótesis, ante un impacto que ACOGEN estima en más de 250 millones de euros anuales, y recomienda recalcular el valor de ajuste 2023-2025 para todas las tecnologías por incoherencias detectadas, un error que ACOGEN cifra en 75 millones de euros de impacto para el sector. Los cogeneradores señalan que, si el Ministerio mantiene el recorte, acudirán al Tribunal Supremo.
La agencia EFE destaca la petición de ACOGEN al ministerio para corregir los «errores» señalados por la CNMC en su orden retributiva, y recuerda que esta debe publicarse antes del 28 de febrero.
Tanto El Español como El Periódico de la Energía, recogen el parecer de ACOGEN, para quien el informe de la CNMC «da la razón a los cogeneradores», ya que «identifica errores con impacto económico y cuestiona los recortes de CO2 con efectos muy graves para la cogeneración industrial». Ahora, los cogeneradores esperan que en las próximas semanas el Ministerio corrija los errores detectados por la CNMC y «evite un nuevo deterioro del tejido industrial cogenerador, precisamente en el año en el que las industrias preparan el nuevo ciclo de inversión con las subastas de cogeneración por más de 1.300 millones de euros».
Estrategias de Inversión, Forbes, Bolsamanía, Crónica de Cantabria, Diario Siglo XXI, Crónica Económica, entre otros, también destacan la petición de ACOGEN al Gobierno para «generar confianza industrial e inversora en España» y cumplir el compromiso de celebrar las subastas de 1.200 MW de cogeneración en el primer semestre de este año. Y es que, a este respecto, la patronal alerta del «grave deterioro» de la cogeneración industrial en España, «provocado por la inseguridad regulatoria y los retrasos acumulados», que ha reducido su generación a la mitad en cinco años.
A nivel autonómico, el informe de la CNMC también ha tenido repercusión. Así, La Nueva España y El Comercio alertan de la falta de justificación en el recorte del ministerio a la cogeneración, según Competencia. Además, El Comercio recuerda que, en Asturias, el desplome de la cogeneración es apabullante: “en seis años, se ha perdido el 82% de la energía generada mediante este sistema que permite obtener electricidad y calor útil al mismo tiempo”.
Por su parte, Castellón Plaza titula “Competencia cuestiona el recorte en la cogeneración: impacto de 30 millones en el azulejo”, que confirma falta de justificación en cambios relevantes y detecta errores de cálculo, en línea con las alegaciones presentadas por ACOGEN. El diario online informa que la orden de revisión retributiva 2026-2031 debe publicarse en el BOE antes del 28 de febrero y que ACOGEN espera que en las próximas semanas el MITERD corrija los errores detectados por la CNMC y evite un nuevo deterioro del tejido industrial cogenerador. También recuerda que el ministerio se comprometió “a poder celebrar las primeras subastas pronto, el año que viene. En todo caso siempre en el primer semestre”.
El Mundo Castellón avanzaba la noticia en su reportaje “Competencia da alas a la cogeneración: el ‘recorte’ del Gobierno tiene errores”, donde recuerda que el nuevo criterio del Ministerio en su propuesta reduce los costes de emisiones reconocidos e implica que todas las industrias deberán abonar ahora a las plantas de cogeneración costes de CO₂ del calor suministrado, una hipótesis que ACOGEN consideró «injusta» e «inviable» con un impacto directo superior a 250 millones de euros anuales a nivel nacional (cerca de 18 millones en la cerámica), un punto clave para la cogeneración al ser el «más lesivo y de mayor conflicto», de ahí que la consideración de la CNMC de “explicar justificadamente las hipótesis que subyacen en la reducción de los valores de emisiones de CO2, así como la asimilación de los citados valores entre instalaciones de sectores con y sin riesgo de fuga de carbono” es clave.
Días antes de la publicación del informe por parte de la CNMC, El Confidencial publicaba el reportaje La industria denuncia un error de 942 M del Gobierno en favor de las renovables, donde ya informaba del “error” en la propuesta del Ministerio, un fallo de cálculo que inflaría la retribución de las renovables en cerca de 1.000 millones de euros y castigaría las industrias cogeneradoras y de residuos. Y es que, tal como informa el digital, en la Memoria del Análisis de Impacto Normativo (MAIN) de la propuesta, el Ministerio eleva la retribución anual conjunta de renovables, cogeneración y residuos hasta los 5.908 millones de euros, frente a los 4.309 millones registrados en 2024, con una previsión similar para 2025. El salto, de alrededor de 1.600 millones de euros anuales, se apoya en buena medida en el denominado valor de ajuste por desviaciones del precio del mercado. El Ministerio debe incorporar límites superiores e inferiores del precio medio anual del mercado, ajustados al perfil horario real de cada tecnología, es decir, tanto el precio medio como los límites superiores e inferiores del mismo deben ajustarse. Sin embargo, la propuesta del Ministerio para los años 2023, 2024 y 2025 no apunta correctamente estos límites superiores e inferiores. “Un error clave en un gran reparto de fondos públicos”, destaca El Confidencial.
Además, la cogeneración ha sido noticia también en diciembre, cuando las asociaciones ACOGEN, COGEN España y ADAP interpusieron un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto 917/2025 (que modifica el Real Decreto 413/2014), al considerar que mantiene una regulación de la prioridad de despacho de la electricidad que no se adecúa al marco reglamentario europeo. Así, lo leemos en elEconomista, El Mundo Castellón, Libertad Digital, La Nueva España, El Periódico Mediterráneo, El Periódico de la Energía, Europapress, Servimedia, Industry Talks, La Vanguardia, entre otros.
Según las patronales, la prioridad de despacho de las renovables está provocando paradas cada vez más frecuentes de las plantas de cogeneración en episodios de elevada producción renovable, una situación que afecta directamente a industrias intensivas en energía —como las químicas, refinerías, papeleras, alimentarias, cerámicas, agrícolas o de tratamiento de residuos— ligadas a estas instalaciones. Los medios destacan la posición de los cogeneradores, que consideran que el decreto no se ajusta al reglamento europeo, que limita la prioridad de despacho y no establece prioridad alguna, con carácter general, para instalaciones posteriores al 4 de julio de 2019. La normativa española, sin embargo, sitúa en primer lugar a las tecnologías renovables (solar, eólica, hidráulica), luego a la cogeneración y después, el resto.
Continuamos este repaso a la actividad mediática de ACOGEN con la tribuna del director general en la revista Energética: Cogeneración industrial en tiempo de descuento. El directivo alerta de que, en apenas cinco años, la cogeneración ha perdido el 50% de su producción, pasando de aportar el 12% de la electricidad de España a tan solo el 6% actual. Más de 200 plantas, distribuidas por toda la geografía española, han cesado su actividad durante este periodo sin que llegara el prometido marco de renovación previsto por Ley. Destaca las peticiones al Gobierno para avanzar y dejar atrás esta degradación que vive la cogeneración: promulgación urgente del marco de inversión mediante subastas para 1.200 MW sin mayores exigencias al marco actual; ampliación de la operación hasta 2029 de las cogeneraciones que finalizan su vida útil regulada y modificación de la propuesta de orden retributiva para 2026–2031.
También el director general participaba en el programa de Radio Libertad, Are Business, para analizar la situación de la industria cogeneradora en nuestro país, junto con Joaquín López, director de ANEO, Óscar Sacristán, Chief Executive Officer en Grupo Zero Waste Energy, Pablo García Arruga, jefe Dpto. Cogeneración Naturgy, Josep Capdevila Boix, director general ADAP, y Marta Sofía Díez, Country Manager CFP Energy.
A finales de año, La Razón publicaba un estupendo reportaje: “El freno del Gobierno a la cogeneración pone en riesgo la carrera por los centros de datos”, en base al informe elaborado por la Cogen World Coalition (CWC), de la que ACOGEN forma parte, que alerta de que el despliegue acelerado de centros de datos está llevando a las redes eléctricas a un «punto crítico» en numerosos países avanzados, una demanda energética de la IA que crece muy por encima al de las infraestructuras de red. El estudio señala que la cogeneración se presenta como la solución a este problema, una tecnología madura capaz de aportar estabilidad, flexibilidad y seguridad de suministro. En España, sin embargo, íncide el diario, el Ejecutivo sigue retrasando las decisiones necesarias para que ese potencial se materialice, al mantener paralizado el marco regulatorio del sector y frenando, así, un impulso clave para atraer inversiones ligadas a la inteligencia artificial.

El Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, modificó la Ley 24/2013 del sector eléctrico para permitir que los titulares de los permisos de acceso de instalaciones de generación de energía eléctrica que hibridasen dichas instalaciones mediante la incorporación de módulos de generación con fuentes renovables o instalaciones de almacenamiento, pudiesen evacuar la energía eléctrica utilizando el mismo punto de conexión y la capacidad de acceso ya concedida, siempre que la nueva instalación cumpliera ciertos requisitos técnicos.
Más allá de requisitos técnicos, los dos condicionantes más importantes son los siguientes:
Por tanto, mediante un permiso de acceso y conexión ya concedido, se puede verter energía eléctrica de las nuevas instalaciones renovables mediante la actualización de dicho permiso.
De esta manera, se pretende dar una solución a la falta de capacidad de acceso en la red y se da un impulso al desarrollo renovable.
Tras la publicación, numerosas industrias con plantas de cogeneración, dentro de sus planes de descarbonización, se lanzaron a hibridar sus instalaciones con plantas fotovoltaicas.
Tramitaciones en la hibridación
La tramitación de una hibridación se compone de diversas actuaciones que, debido a las elevadas cargas administrativas de las distribuidoras y/o comunidades autónomas, así como a las particularidades propias de la cogeneración, dilatan en el tiempo la puesta en funcionamiento de dichos proyectos.
Los trámites administrativos principales por realizar son los siguientes:
Como se pude comprobar en la Fig 1. los trámites se pueden dilatar más de dos años.

Fig. 1 Esquema tramitación puesta en marcha de instalación renovable en hibridación
El sector demanda cambios para el desarrollo de la hibridación
La experiencia adquirida por ENERGIA LOCAL durante estos casi cinco años nos ha llevado a entender las demandas del sector. Más allá de la problemática de los trámites burocráticos, que se alargan de manera desesperante, ciertas modificaciones ayudarían en el desarrollo de la hibridación con renovables y, por tanto, en la senda de descarbonización de las industrias.
Modificación de las configuraciones singulares
Actualmente las instalaciones que disponen de una configuración singular de medida, derivadas de la aplicación del punto 6 de la disposición adicional primera del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo, no pueden hibridar manteniendo la configuración de medida actual si la inclusión de nueva generación lleva consigo la necesidad de revisar dicha configuración, puesto que la fecha límite para dichas solicitudes finalizó a finales de 2022. En todo caso, será necesario adaptarse a la medida, lo que conllevará costes asociados que podrían inviabilizar la inversión de la instalación renovable.
Efectivamente, el Real Decreto 1183, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica limitó, en su disposición adicional tercera, la posibilidad de solicitar la actualización de la configuración más allá de dos años tras su entrada en vigor, fecha que sucedió en diciembre de 2022.
Por tanto, el sector está solicitando que se abra la posibilidad de actualizar las configuraciones singulares de medida, lo que favorecerá el desarrollo y reducirá costes.
Operativa de las instalaciones
Actualmente, la regulación aplicable a la hibridación permite el funcionamiento de la cogeneración en régimen de venta de toda la energía (todo-todo), siempre que estuviera en dicho régimen antes de la entrada en vigor del RD1183, o en autoconsumo y la instalación hibridada en autoconsumo con excedentes.

Fig. 1 Esquema operación
De esta manera se está limitando que una instalación de cogeneración pueda escoger entre funcionar en todo- todo o en autoconsumo estando hibridada, si antes de diciembre de 2020 estaba en autoconsumo.
Por otro lado, el último borrador que existe de subastas de cogeneración obliga a funcionar en autoconsumo, cumpliendo con unos niveles mínimos de consumo del 30% de la generación de la cogeneración.
Aquellas empresas que ya han hibridado o están en proceso de hacerlo, pueden tener problemas para el cumplimiento de ese 30% debido al propio autoconsumo de la instalación renovable, por lo que si, finalmente se mantiene esa obligación, se debería posibilitar que la instalación fotovoltaica funcione vertiendo toda la producción a la red.
Por último, la posibilidad de funcionar con la instalación fotovoltaica en autoconsumo sin excedentes facilitaría la tramitación, reduciendo plazos en más de un año, al no ser obligatorios los trámites de acceso y conexión ni los trámites de puesta en servicio indicados anteriormente. Esto no se considera estrictamente hibridación puesto que la instalación renovable no necesita el permiso de acceso, pero actualmente no está permitido por la interpretación que desde el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Democrático se hace del punto de instalación del sistema antivertido en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
Así, el sector demanda la libertad de poder escoger cualquier régimen de funcionamiento de ambas instalaciones, lo que permitiría impulsar el desarrollo fotovoltaico en las industrias con cogeneración.
Mantenimiento de los permisos de acceso
Por último, uno de los condicionantes para la posibilidad de hibridar es que se mantenga la condición de ser la misma instalación que obtuvo los permisos de acceso y conexión (misma tecnología) y que la potencia de dicha instalación no sea menor que el 40% de la capacidad de acceso y conexión.
De esta manera, si en el futuro una cogeneración que ha hibridado, al finalizar su vida quiere darse de baja del registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica y desmantelarla, perdería los permisos de acceso y, por tanto, la instalación fotovoltaica con la que está hibridada no puede verter los excedentes a la red y debería solicitar permisos nuevos.
Por tanto, se está solicitando que los permisos de acceso y conexión de una planta de cogeneración hibridada que ha perdido el régimen retributivo puedan ser traspasados a la instalación renovable.
Estos tres puntos se consideran estratégicos para el desarrollo definitivo de la hibridación en industrias con cogeneración.
En Energía Local acompañamos desde hace años a empresas industriales en su transición hacia modelos energéticos más sostenibles, ayudándolas a reducir emisiones, mejorar la eficiencia y avanzar en sus objetivos de descarbonización.
Nuestra experiencia en proyectos de cogeneración, renovables e hibridación nos ha permitido conocer de primera mano tanto las oportunidades que ofrece el marco regulatorio actual como las dificultades técnicas y administrativas que todavía frenan el despliegue de estas soluciones.
Carmen Soldado
Directora de Energía de Energia Local
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