Boletín Electrónico de la Asociación Española de Cogeneración
Julio 2026
nº 216
El marco regulatorio para invertir en 1.200 MW de cogeneración industrial ya está publicado en el BOE —Real Decreto 530/2026 y Orden TED/672/2026— desde el pasado 4 de julio, a falta únicamente de la resolución que distribuirá entre las diferentes tipologías los 600 MW de la primera subasta y fijará su fecha de convocatoria en 2026.
Finalizan así cinco años de espera desde su anuncio y se abre una oportunidad de gran alcance para afrontar el futuro de industrias alimentarias, químicas, papeleras, cerámicas, de refino y de otros muchos sectores productivos en España.
Precio carga base del mercado mayorista spot o de contado (Commodity) repunta en JUN a 69,6 €/MWh, incremento +15,4 €/MWh (+28,3%) respecto a MAY (54,2 €/MWh), debido principalmente a precios altos del gas. La supuesta y aparente tregua y reactivación normal del…
El precio del hub de gas España-Portugal (Mibgas) ha revertido ligeramente en JUN a 44,9 €/MWh debido a cierta relajación de los precios del gas, como efecto directo de posibles acuerdos para final de guerra en Irán, lo cual ha supuesto un decremento de -2,8% (-1,3 €/MWh)…
El precio spot del mercado de derechos de emisiones de CO2 en Europa sigue repuntando en JUN a 77,93 €/t, un incremento de +2,98 €/t (+4,0%) respecto a MAY (74,95 €/t). En lo que llevamos de JUL alcanzamos un nivel acumulado que sube a 78,87 €/t, debido a mayores precios…
El martes 23 de junio, AEGE celebró el Foro Energía, con la presencia de ACOGEN, y MIBGAS celebró la 62.ª sesión de su Comité de Agentes del Mercado. Esta misma semana, el jueves 25, AFRY organizó el encuentro Breakfast on Architecting the Future Energy System.
Comenzamos el repaso a la actualidad mediática de ACOGEN con la entrevista que concedía el director general de ACOGEN a Castellón Plaza. «Unas 25 plantas cerámicas con 100 MW podrían concurrir a las subastas de cogeneración«, destaca en titular el diario…
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El 8 de julio, la patronal europea COGEN Europe organizó el webinar “Spain’s Cogeneration & Energy Hybrids: Powering Industrial Competitiveness, Resilience and Decarbonisation”, dedicado a analizar el papel de la cogeneración en el contexto energético español y su contribución a los objetivos de descarbonización, seguridad de suministro y competitividad industrial.
Durante la sesión se abordó cómo la cogeneración puede complementar el avance de las energías renovables y la electrificación, aportando flexibilidad, eficiencia y resiliencia al sistema energético, así como su integración con soluciones de almacenamiento y tecnologías power-to-heat.
Todo ello en base a las conclusiones del reciente estudio de Compass Lexecon encargado por COGEN Europe, “Highly Efficient Energy Hybrids – How Cogeneration Drives Flexibility, Resilience and Decarbonisation”, que destaca el papel de la cogeneración para acelerar la transición hacia un sistema energético europeo más limpio, resiliente y competitivo. ACOGEN ha participado activamente en este trabajo, contribuyendo al análisis del caso español.
El webinar contó con la participación como ponentes de Valentín González, director de Soluciones Energéticas de IGNIS y presidente del Comité de Eficiencia y Promoción de ACOGEN, y Javier Rodríguez, director general de ACOGEN.
Ya está disponible la retransmisión del webinar del pasado 8 de julio en el siguiente link.
ACOGEN – Asociación Española de Cogeneración
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e-mail: acogen@acogen.es | www.acogen.es
El marco regulatorio para invertir en 1.200 MW de cogeneración industrial ya está publicado en el BOE —Real Decreto 530/2026 y Orden TED/672/2026— desde el pasado 4 de julio, a falta únicamente de la resolución que distribuirá entre las diferentes tipologías los 600 MW de la primera subasta y fijará su fecha de convocatoria en 2026.
Finalizan así cinco años de espera desde su anuncio y se abre una oportunidad de gran alcance para afrontar el futuro de industrias alimentarias, químicas, papeleras, cerámicas, de refino y de otros muchos sectores productivos en España.
El nuevo ciclo movilizará una inversión estimada de unos 2.000 millones de euros, destinada mayoritariamente a renovar instalaciones existentes, aunque también permitirá desarrollar nuevas plantas. Los proyectos podrán incorporar cogeneración con gas natural —preparada para utilizar hidrógeno— o biomasa, junto con numerosas tecnologías adicionales.
Es una oportunidad a gran escala para industrias que generan el 20% del PIB industrial del país y mantienen más de 200.000 empleos directos; industrias que consumen y generan energía y realizan aportaciones beneficiosas a los sistemas energéticos y al bienestar del país. Se estima que entre 100 y 200 industrias podrían concurrir y competir por resultar adjudicatarias en las subastas previstas en 2026 y 2027.
Un “traje a medida” para cada industria
El marco tecnológico publicado es un gran acierto: ofrece neutralidad tecnológica, flexibilidad y capacidad de elección a cada empresa.
Cada industria podrá diseñar un verdadero “traje a medida”, combinando la cogeneración con otras tecnologías que respondan mejor a sus necesidades: almacenamiento eléctrico y térmico, electrificación del calor, captura de CO₂, adecuación al hidrógeno, digitalización y un amplio catálogo de inversiones elegibles (ver enlace).
El objetivo de cada empresa será construir un modelo propio de generación y gestión energética que logre los mejores resultados ante los cambiantes escenarios energéticos actuales y futuros.
No se trata de elegir entre cogeneración, electrificación, almacenamiento o combustibles renovables, sino de encontrar la combinación más competitiva y adecuada para cada proceso industrial y para cada empresa. Una cogeneración flexible e hibridada, con una operación digitalizada e integrada en los mercados energéticos, será una de las fórmulas más sólidas para afrontar una transición energética industrial competitiva.
Cogeneración+
Estamos ante un cambio profundo del modelo energético industrial que exigirá a cada empresa capacidad de análisis, diseño, decisión, inversión, transformación y gestión.
El nuevo ecosistema con cogeneración es incluyente y multiplicador. Permite generar sinergias mediante la hibridación con otras tecnologías energéticas, flexibilizar, integrar y alternar las operaciones, y requiere una gestión avanzada, digital e inteligente en los mercados para adaptar las producciones y demandas energéticas a las necesidades de las industrias y de los sistemas energéticos.
No es únicamente un cambio tecnológico. Las nuevas condiciones económicas también transforman el modelo con el que ha venido funcionando la cogeneración.
Cada proyecto será prácticamente único: una receta propia que deberá competir en las subastas para acceder a un marco retributivo regulado, con seguridad jurídica y vinculado a la evolución de los mercados energéticos, durante 12 años para las instalaciones de gas natural y durante 20 años para las de biomasa.
Las nuevas instalaciones con cogeneración generarán valor para las industrias tanto cuando estén funcionando como cuando no lo estén. Podrán hacerlo utilizando energía previamente almacenada, produciendo calor con electricidad, capturando CO₂, autoconsumiendo o vendiendo la electricidad generada en los distintos mercados, o consumiendo electricidad de la red cuando resulte más competitiva, también para almacenar energía o electrificar procesos.
La clave estará en combinar activos, mercados, servicios y decisiones operativas para maximizar, en cada momento, el valor generado para la industria y para los sistemas energéticos.
El futuro se dirime ahora
Es el momento de que cada industria analice y decida cómo aprovechar este nuevo ciclo inversor para reforzar su competitividad, flexibilidad y descarbonización.
Los plazos para concurrir serán exigentes y el trabajo necesario, considerable: analizar las condiciones de la convocatoria, definir el proyecto, evaluar tecnologías, estructurar inversiones, preparar las ofertas y adoptar decisiones que condicionarán la estrategia, las capacidades y los resultados energéticos clave para la competitividad de las empresas durante muchos años.
Los tiempos para los cogeneradores ya han cambiado. El futuro dependerá de la capacidad de cada empresa para diseñar su propio modelo, gestionar la energía con inteligencia y generar valor en escenarios energéticos cada vez más variables.
Y dependerá también de los valores que resulten de las subastas, que deben permitir convertir esta oportunidad regulatoria en proyectos industriales viables y competitivos.
Es un reto para todos. Vamos a por ello.
Javier Rodríguez
Director general ACOGEN
Precio carga base del mercado mayorista spot o de contado (Commodity) repunta en JUN a 69,6 €/MWh, incremento +15,4 €/MWh (+28,3%) respecto a MAY (54,2 €/MWh), debido principalmente a precios altos del gas. La supuesta y aparente tregua y reactivación normal del tránsito marítimo de barcos metaneros y petroleros por Estrecho de Ormuz, anticipaba JUN a 72,7 hace un mes y al final el cierre ha sido inferior. Pero como se ha roto el acuerdo ahora el benchmark para JUL sube de a 104,4 por mayor demanda y menor eólica, y resaca de precios de gas de media quincena de mes. De momento, la curva forward desde AGO 96,3 con una escalada alcista SEP 99,8 / OCT 98,0 / NOV 98,5 y DIC 100,8. Cabe advertir que el pool español tiene vida propia y responde más al producible renovable y coste del CO2, mientras la operación técnica del sistema está más afectada por los precios del gas y el poder de mercado zonal para la descongestión de redes troncales (mercado de restricciones técnicas) y el control de frecuencia (secundaria) y de tensiones (terciaria) en tiempo real.
Potencial retraso de calendario del desmantelamiento nuclear en España
Rectificar es de sabios: La Vicepresidenta Primera (para asuntos ecológicos, energéticos y de competitividad) y Comisaria de Competencia en la Comisión Europea, que ostenta el cargo desde el 1 DIC 2024, ha demostrado un cambio de postura respecto a la tecnología nuclear, ya que ha sido reconocida (internacionalmente) como una de las tecnologías más limpias y eficaces para la protección y cuidado del medioambiente. Lo cual contrasta con el plan de desmantelamiento nuclear promovido durante su cargo de Ministra de Transición Ecológica (JUN 2018), Vicepresidenta Cuarta (2020) y Vicepresidenta Tercera (2021) en gobierno español presidido por Excmo Sr. D. Pedro Sánchez Pérez-Castejón. Todo ello podría inducir un cambio de voluntad política para autorizar resoluciones para alargar la vida útil de las plantas nucleares en España por: i) ser una de las tecnologías más limpias y seguras según la Comisión Europea; ii) ser una de las alternativas existentes para garantizar los objetivos de reducción de las emisiones y eficiencia energética, y como consecuencia protección del medioambiente; iii) frenar los precios internacionales del gas debido a guerras en Irán y al riesgo de tránsito marítimo y/o destrucción de barcos metaneros y petroleros en el Golfo Pérsico; iv) necesidad de aportación de energía síncrona y regulable para la estabilidad de frecuencia y control de las tensiones; v) facilitar la integración de más energía renovable; vi) minimizar riesgos de apagones locales, regionales y nacionales; y vii) mantener la calidad y continuidad del suministro eléctrico, en beneficio de todos los consumidores.

Concretamente, en el caso de Almaraz (Cáceres), se ha completado el plan de mantenimiento para demostrar que puede seguir operando con normalidad por lo menos hasta el 2030, y obtener visto bueno del Consejo de Seguridad Nuclear, cuyo informe sobre la solicitud de ampliación de autorización no es preceptivo, excepto si fuese negativo. En estos momentos de guerra en Irán y de frenazo al desarrollo de renovables por problemas de acceso a la red, y de órdenes de desconexión por restricciones técnicas, España no puede darse el lujo de retirar plantas esenciales para el sistema eléctrico generando además mayor dependencia energética exterior (GNL y GLP). Es totalmente coherente que el gobierno declare su postura contra la guerra en Irán y alargar la vida útil de las nucleares. Es un buen momento para una tregua de la guerra contra las nucleares en España. Claro que existe la posibilidad de autorizar la solicitud de renovación de nucleares si técnicamente es viable.
Las nucleares sufren excesiva e insoportable carga fiscal (igual o superior a todos los costes operativos) y desproporcionado coste del tratamiento de residuos nucleares (responsabilidad para siglos posteriores: empezando por un almacén de residuos provisional in situ). Las fechas de cierre previstas del parque nuclear aún no se están reflejando en los precios de los mercados de futuros, con un perfil plano por falta de liquidez y excesiva desconfianza en el impacto en los precios si no se renuevan las autorizaciones administrativas de las nucleares.
La carga fiscal sobre las nucleares supone un lastre contra su competitividad, se ha incrementado aprox. un 75% pasando de 16 €/MWh a 28 €/MWh, superando la media europea. El Gobierno nacional, los gobiernos regionales, los reguladores y las empresas propietarias deberían encontrar una solución (reducciones o bonificaciones o exenciones fiscales) para garantizar una remuneración razonable mientras sigan operando, o bien podrían nacionalizarse o subastarse a la industria o nueva demanda (centros de datos o electro-movilidad) o al Operador del Sistema (ingresos regulados en BOE) para optimizar la repercusión de esos costes directamente a consumidores a nivel nacional o individual. El coste del tratamiento de residuos debería trasladarse (diluirse) nuevamente a todos los consumidores en los Cargos del Sistema, tal y como se hacía antes. La regulación puede replantearse si es necesario. No repitamos las consecuencias de Italia, Portugal, y Países Bajos, por ejemplo, al renunciar a la nuclear por decisiones políticas (menor atractivo para industrias por precios elevados y excesiva volatilidad).
Ya ha llegado la hora de plantearse seriamente la prórroga de nucleares tanto en Cataluña como en Extremadura, Castilla-La Mancha y Valencia. Con el tiempo se ha demostrado el error político-regulatorio por haber suspendido la puesta en marcha de los dos grupos nucleares construidos a finales de los 80’s, dando lugar a la moratoria nuclear que terminó de pagarse por los consumidores en factura de luz hasta 2018. Se hizo un daño económico al país, y se ha perdido la oportunidad de reducir las emisiones de CO2. Ahora contaríamos con más generación síncrona y menor dependencia energética, y mayor integración de renovables a la red.
Soluciones complementarias (no sustitutorias) para la operación del sistema
A raíz del black-out de hace más de un año (28-Abril’25), el Operador del Sistema (OS) con el apoyo del regulador y del gobierno se vienen implantando nuevas medidas y protocolos para evitar más apagones. Se han ido modificando los Procedimientos de Operación (PO’s) para incentivar el control de Tensiones-Reactiva (V-Q) tanto por el lado de la oferta como de la demanda, entre otras medidas, así como flexibilizar la regulación de Frecuencia-Potencia (secundaria y terciaria). La regulación primaria (F-P) en España es obligatoria pero no remunerada, y debería verificarse su estricto cumplimiento.
El nuevo mercado de capacidad permitirá disponer de potencia firme que puedan aportar (desconectar) los vendedores/generadores (compradores/consumidores) en momentos críticos del sistema, una gran oportunidad para los cogeneradores que inviertan en Sistemas de Almacenamiento de Energía (BESS) para garantizar potencia firme cuando la requiera el OS, optimizando el uso de BESS el resto del tiempo para beneficiar a los mercados (del pool y operación técnica). Esto último puede ser clave inclusive para la supervivencia de aquellas plantas que ya no perciban retribución regulada. Desde luego, NO debe excluirse a ninguna cogeneración que pueda aportar potencia firme al sistema eléctrico y servicios complementarios. Pero la capacidad requerida debería diferenciarse por tecnología síncrona y asíncrona, ya que debería equilibrarse el binomio F-P (Frecuencia-Potencia) y Tensión-Reactiva (V-Q) a nivel nodal, zonal, municipal, regional y nacional. Desde España hemos asesorado, diseñado e impulsado la implantación del primer mercado de capacidad hace 26 años (Colombia), y aquí seguimos esperando la primera subasta.
Menos mal ya contamos con Visto Bueno de la Comisión Europea (CE), incluyendo ciertas observaciones para tener en cuenta:
Falta completar el desarrollo reglamentario nacional para poder convocar la primera subasta. La CE señala que las condiciones de cada proceso competitivo deberán publicarse con al menos 2 meses de antelación al inicio de la subasta, y que los participantes dispondrán de al menos 1 mes para presentar sus solicitudes de precalificación.
Por tanto, queda pendiente la publicación de la Orden Ministerial definitiva, aprobación de Procedimientos Operativos y reglas técnicas de detalle (productos, periodos de entrega, coeficientes, garantías y penalizaciones), y posterior resolución de convocatoria de la subasta.
El Servicio de Respuesta Activa de la Demanda (SRAD) es el mecanismo de interrumpibilidad a mercado que el OS ha rediseñado para hacer el sistema eléctrico más estable y eficiente. A pesar de su enorme potencial, la falta de experiencia en reducir demanda (>1 MW individual o agregada) durante períodos cortos supone un desinterés para los potenciales beneficiarios de este servicio tengan o no que deslastrar cargas. Los elementos claves para participar en la subasta del SRAD son: una oferta de precio competitiva y la flexibilidad operativa, así como cumplir ciertos requisitos técnicos y habilitación del OS. Ahora hay dos subastas semestrales naturales. El 28/Ene/2026 se han activado dos periodos cuartohorarios consecutivos desde las 8 am por una reducción total de 865 y 860 MW (en 12,5 min de los 1.725 MW adjudicados en subasta primer semestre 2026), a un precio medio ponderado de 116,5 y 120,9 €/MWh, respectivamente, aparte de la prima general de 65 €/MW de la subasta (para todos). Resolución de 11 de mayo de 2026, de la CNMC, por la que se modifica el P.O.7.5 para mejorar la eficiencia en la asignación del servicio de respuesta activa de la demanda: modificación para mejorar eficiencia en la asignación del SRAD y reforzar competencia en futuras subastas. En la reciente subasta (28-May’26) para segundo semestre de 2026, se han adjudicado 1.775 MW de potencia gestionable. El precio marginal se situó en 42,62 euros/MW disponible, lo que representa una caída del 34,4% respecto al primer semestre del año.
El SRAD ha tenido que activarse para deslastrar cargas de las industrias que brindan el servicio tanto en enero y en julio. Al cierre de esta edición, se ha ordenado la desconexión el 15 Jul 2026 por una reducción imprevista de renovable (eólica) y una nuclear en mantenimiento. En enero 2026 se recurrió al SRAD para mitigar el impacto sobre el sistema eléctrico peninsular de la situación adversa registrada en Portugal a raíz de un temporal.
OS bajo autorización de CNMC ha instaurado una Operación Reforzada para reprogramaciones de generación (casada en pool) por restricciones técnicas (congestiones de red y control de tensiones), y la necesidad de aprovisionar más reserva rodante para disponer de más banda de potencia a subir/bajar secundaria y entrega de energía (síncrona regulable) secundaria y terciaria, en detrimento de la que puede fluctuar al alza o a la baja (renovables) para asegurar estabilidad y control de tensiones y frecuencia en tiempo real y minimizar el riesgo de apagones.
Dentro del Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026, el OS está realizando nuevas inversiones en redes eléctricas para tratar de disponer de nuevas alternativas (soluciones mayor inercia / estatismo) para evitar apagones y facilitar gestión de renovables: Compensadores Síncronos (CS): 8 Península, 1 Gran Canaria, 1 Tenerife y 1 Mallorca. No obstante, estas nuevas instalaciones (CS) pueden generar conflicto de interés al ser autorizados y operados por el propio OS y transportista. Asimismo, la CNMC ha otorgado al OS la facultad de denegar Acceso de Terceros a la Red (ATR) a solicitudes de acceso con CS por riesgos de posibles apariciones de problemas críticos (resonancias/interacciones) entre CS’s y el sistema interconectado y con los generadores existentes, pudiendo producirse oscilaciones mecánicas y de potencia activa a frecuencias subsíncronas (< 50 Hz) que podrían dañar los propios CS’s u otros dispositivos del sistema eléctrico u otras máquinas eléctricas rotativas en la zona. Dicho Plan incluye un Sistema de Transmisión de Corriente Alterna Flexible (FACTS, por sus siglas en inglés), ubicado en Cataluña, cerca de las interconexiones con Francia, para tratar de amortiguar las oscilaciones en el sistema peninsular (evitar que Francia nos desconecte), así como la renovación e instalación de nuevas reactancias que permiten mejorar el control de tensión de forma distribuida. También se amplían algunas subestaciones y se incrementa la dotación de relés de maniobra.
Debería garantizarse un mix equilibrado de generación síncrona y asíncrona tanto en pool como en operación técnica, así como realizar estudios electrotécnicos que estimen el límite nacional, regional y local de dichas tecnologías para evitar otro(s) apagón(apagones) por disparos de relés de protecciones ante variaciones de la tensión (+/-5%) y/o de la frecuencia (+/-1%).
Nuevamente, este verano 2026 pondrá a prueba la actual política de transición energética inclusive la Operación Reforzada del Sistema Eléctrico. La cogeneración es una alternativa contundente para apoyar y facilitar las obligaciones del OS especialmente la de garantizar la estabilidad del Sistema, precisamente por estar al lado de la demanda y debería respetarse su prioridad en el despacho, adecuándose al marco reglamentario europeo. España no puede sufrir un nuevo apagón generalizado. No hay capacidad de acceso suficiente y en momentos críticos (mínima demanda y máximo producible renovable) debe prevenirse el impacto de cualquier contingencia (Generación y/o Red) poniendo a disposición del OS todos los recursos de generación síncrona que sean posibles. La política energética debe evitar dejar solas a las renovables en momentos críticos del sistema. La cogeneración es una herramienta clave que permite asegurar una mayor integración de renovables al sistema interconectado.
En todo caso, si no se amplía la autorización administrativa para alargar funcionamiento de nucleares y si no se evita el cierre de plantas de cogeneración, después del vencimiento de las licencias actuales, la calidad de onda y la continuidad del suministro eléctrico va a ponerse en elevado riesgo especialmente en Cataluña, Extremadura, Valencia, Castilla-La Mancha, y las regiones vecinas, si bien podemos enfrentarnos a apagones generalizados en toda la península, e inclusive en las Islas Baleares (interconexión marítima). Las renovables aún no cuentan con almacenamiento para aportar predictibilidad y firmeza en su programación, gestión y funcionamiento, debido a que las baterías son tan caras, que requieren incentivos o primas a través de ayudas de Estado (aún inexistentes) o bien apalancamiento no reembolsable para una financiación bancable. Respecto a la opcionalidad de gestionar y despachar Compensadores Síncronos, ya comprobaremos si “el remedio es mejor que la enfermedad”. Esperemos que estas instalaciones puedan ser una solución complementaria de alto valor añadido para el sistema eléctrico interconectado, pero nunca podrán sustituir a las plantas de generación convencionales. Cabe decir que todos los consumidores pagarán las nuevas inversiones para garantizar mayor integración de renovables a través de las tarifas reguladas por el gobierno (cargos y/o peajes), y realmente han subido demasiado.
Comportamiento de los precios de contado y futuros
Los precios nulos o negativos que hemos visto sólo en primavera y verano o reducidos (resto del año) durante el día también se han producido en momentos de baja demanda y mucha renovable en invierno de este año. Todo ello está frenando el ritmo inversor en nuevos proyectos de Solar FV pero incentivan la diversificación en otras tecnologías limpias como la minieólica de eje vertical o microcogeneración inclusive sistemas de almacenamiento (existe un mayor incentivo para cargar y descargar en ciclo diario). En España el Spread diario (diferencia entre precios mínimo y máximo) ha mejorado en torno a una media (horaria) que supera 100 €/MWh, mientras en otros países se duplica hacia arriba (Alemania) o abajo (Francia) por el mix de generación y peso de la industria en la demanda, si bien la entrada de precios cuarto-horarios en los mercados europeos está induciendo mayor volatilidad y aumento del nivel del spread (aprox. +20%)
El Precio Spot Carga Base 2025 ha cerrado a 65,28 €/MWh. El futuro 2025 ha fluctuado con una banda más estrecha que 2024. Estadísticos: mínimo 36, medio 59 y máximo 97.
Para 2026 la estimación (benchmark) repunta pasando a 74,9 €/MWh debido a mayores precios del gas y mayor demanda, una media demasiado elevada para la industria. Tenemos que esperar hasta 2036 para que caiga en torno a 50 €/MWh, y aún así será un nivel poco competitivo para retener y mantener la producción industrial en Europa anticipando próximos años críticos en ese sentido. Se necesitan ayudas para la industria.
Obviamente, el nivel de precios de los futuros demuestra que las renovables no han servido para abaratar el suministro de electricidad en España. Pero ya no sólo se ha reventado el precio del pool, sino también los sobrecostes de la operación técnica se han disparado aun sacando del despacho generación FV que perjudica la estabilidad del sistema. Es un auténtico fracaso de la política de transición energética a renovables. Por otro lado, la canibalización de la solar FV demuestra que ya hay sobrecapacidad instalada. La banca va a entrar nuevamente en default por el incumplimiento de pago de la solar FV. Los expertos del mercado avisan de una moratoria de renovables.
El 2020 ha sido el mínimo del histórico (34,0 €/MWh) debido fundamentalmente al efecto de la pandemia Covid-19 (menor actividad económica/industrial, menor demanda, menor precio de los combustibles y CO2). Para 2026 vemos que la media esperada respecto al 2020 es de 221%. Europa NO se puede permitir el lujo de arruinar la poca industria que aún sigue sobreviviendo y hundir en la miseria energética a consumidores domésticos, PYMES, y autónomos. Los diversos sectores de la economía siguen enfrentando una crisis presupuestaria sin precedentes (inflacionista). Ya no hay colchón, no hay posibilidades de supervivencia empresarial si los precios no vuelven a niveles razonables en términos anuales o interanuales. Seguimos en un estado de emergencia energética. Pinta muy mal el medio y largo plazo para los consumidores.
Las nuevas estrategias que han preparado en Bruselas recién aprobadas y pendientes de transposición en los países miembros NO parece que vayan a resolver los problemas estructurales de poder de mercado, especulación, organización y estructura de los sectores energéticos que impide mayor competencia, eficiencia económica y bienestar social.

Las empresas pueden suscribir o renegociar PPA’s para cubrir una parte de su consumo en Carga Base durante todo el día y franjas (branches) en Carga Solar, dejando a riesgo de mercado el resto de la demanda durante noches y madrugadas. Muchos clientes han renegociado ampliaciones de PPA’s, a cambio de extender fecha de vencimiento, por ejemplo.
PPA PERFIL CARGA BASE: Antes del ajuste por el supuesto tope de gas eliminado el 31Dic2023, los PPA’s con renovables cotizaban a niveles de aprox. 82 €/MWh. Desde 12 Julio 2022, en OMIP ya contamos con productos PPA a 5 años y 10 años, que están induciendo señales más competitivas. La tabla siguiente detalla estadísticos de cotizaciones PPA’s Carga Base (€/MWh).

PPA Carga Base del lustro Ene’25–Dic’29 ha cotizado con valores máximo, medio y mínimo de 69,6-60,5-49,2, respectivamente, siendo 64,8 €/MWh su última cotización (27 Dic 2024).
PPA Carga Base 2026-2030 ha cotizado con valores máximo, medio y mínimo de 62,5-57,0-49,3, respectivamente, siendo 55,5 €/MWh su última cotización (29 Dic 2025).
PPA Base a 5 años 2027-2031 ha subido a 55,7 €/MWh (+0,4 €/MWh, +0,7%) respecto a valores de hace un mes (55,3 €/MWh).
PPA Base a 5 años 2028-2032 ha empezado a cotizar el 2 Ene 2026 a 54,0 €/MWh. Ha caído a 52,5 €/MWh (-1,0 €/MWh, -1,9%) respecto a valores de hace un mes (53,5 €/MWh)
PPA Base a 10 años empezando en Ene 2025 y hasta 31 Dic 2034 ha cotizado con valores máximo, medio y mínimo de 61,1-55,8-49,9, respectivamente, siendo 61,1 €/MWh su última cotización el 27 Dic 2024 (máximo).
PPA Base a 10 años 2026-2035 ha cotizado con valores máximo, medio y mínimo de 59,7-57,4-54,5, respectivamente, siendo 55,5 €/MWh su última cotización el 29 Dic 2025 (casi tocando suelo o valor mínimo).
PPA Base a 10 años 2027-2036 ha empezado a cotizar a 53,9 €/MWh el 2 Ene 2026. Ha caído ligeramente pasando de 53,1 a 52,3 €/MWh al cierre de esta edición. Repetimos y enfatizamos: La incertidumbre en el desmantelamiento nuclear está impactando negativamente en la liquidez de los contratos de compraventa de energía a muy largo plazo en España. Esto compromete la financiación de nuevos proyectos (expansión de la generación renovable y almacenamiento), así como otros proyectos ya en fase de ejecución.
PPA PERFIL CARGA SOLAR:
La curva Forward de los precios futuros del Carga Solar vuelve a caer a partir de 2034 respecto a valores de hace un mes, excepto en 2027. Dicho correctivo es consecuencia de menores costes de inversión y al efecto denominado “canibalización” de la propia tecnología. Rentabilidad de la solar en caída libre, pero parece que los mercados van a corregir precios a uno o dos años vista (Año clave: 2028).

El perfil solar sigue más barato respecto al perfil Base, aunque se han acentuado las diferencias que llegaban a 39% hace 9 meses, y ahora están en torno a 52% (2027-2036), siendo difícil creer que el retiro de nucleares y de cogeneradores vaya a reducir esa tendencia en 2028 cuando se espera el efecto del vencimiento de autorización nuclear Almaraz. Los futuros de carga base ponen en cuestionamiento los de carga solar. Se observa una diferencia de aprox. 29 €/MWh entre perfiles Base y Solar en todos los años y PPA’s, excepto 2026 debido a un invierno muy húmedo, más soleado y con muchos cambios del tiempo atmosférico (viento) en comparación a otros años, así como el efecto de la reactivación de la guerra en Irán.

Precios PPA’s Solar a 5 años empezando en 2024 revirtieron bruscamente desde MAY-JUN-JUL 2023 a niveles de 70,9-49,3-49,2 €/MWh, respectivamente. Pero en SEP’23 repuntaron a 54,6 tocando máximo en OCT’23 a 62,4, ya cayendo a 57,9 en NOV’23 y 47,5 en DIC’23.
PPA’s Solar a 5 años 2025-2029 ha dejado de cotizar a 44,5 €/MWh el 27 Dic 2024.
PPA’s Solar a 5 años 2026-2030 ha dejado de cotizar a 55,5 €/MWh el 29 Dic 2025.
PPA’s Solar a 5 años 2027-2031 se negocia en torno a 25,77 €/MWh, una caída de -1,7 €/MWh (-6,2%) respecto a valores de hace un mes, demostrando que la parte compradora presiona precios a la baja.
PPA’s Solar a 5 años 2028-2032 ha empezado a cotizar a 27,4 €/MWh el 2 Ene 2026. Ha caído a 23,11 €/MWh sufriendo pérdida de -2,6 €/MWh (-10,1%) respecto a valores de hace un mes.
PPA’s Solar a 10 años desde 2024 hasta 2033 ha caído a niveles de 56,3-37,6-37,4 €/MWh en MAY-JUN-JUL. Pero en SEP han repuntado a 40,3 y en OCT a 45,0, cayendo a 43,0 en NOV y a 41,8 en DIC 2023.
Precios PPA’s Solar a 10 años 2025-2034 ha dejado de cotizar a 42,0 €/MWh el 27 Dic 2024.
Precios PPA’s Solar a 10 años 2026-2035 ha dejado de cotizar a 28,6 €/MWh el 29 Dic 2025.
PPA’s Solar a 10 años 2027-2036 ha empezado a cotizar a 27,3 €/MWh el 2 Ene 2026. Cayendo -2,1 €/MWh (-8,4%) hasta 23,14 €/MWh el 14 JUL además con muy poca liquidez.
La decisión de un PPA carga Base o Solar, comenzando en AGO 2026 depende del perfil de carga del consumo a cubrir, del músculo financiero (tesorería y presupuesto) y binomio rentabilidad-riesgo frente a la expectativa de la evolución de los precios Base y Solar. El Autoconsumo con excedentes puede mejorar aún más los resultados frente a un PPA virtual o físico ubicado en otro punto frontera fuera del perímetro de 2 km (usando la red y pagando los demás costes del suministro). Pero se requiere apertura de expediente para exportar a la red con el riesgo de perder parte de la fianza (un 20%) a depositar en las arcas públicas si el distribuidor no dispone de capacidad de transferencia de energía a través de su red eléctrica. Cuestión que está frenando en seco a los inversores en autoconsumo, ya que no pueden obtener ingresos por la venta de excedentes los fines de semana (bajada de producción), alargando el pay-back esperado. Cuando resulta imposible vender los excedentes vertidos a la red, existen soluciones para sacar provecho económico a los excedentes: i) sistemas de almacenamiento “in situ” para cargarse con dichos excedentes y descargarlos para autoabastecerse en horas de precios pico; ii) arbitraje de precios de mercado y servicios de operación técnica con dichos sistemas de almacenamiento para mejorar el pay-back de la inversión en dichos equipos; iii) sistemas de almacenamiento portátiles para llevar esas baterías a otras industrias cercanas (plug&play) sin usar la red (>2 km); y iv) nuevo mercado de subastas de capacidad (potencia). Las comunidades energéticas sufren el problema de que requieren porcentajes prefijados para el reparto de los excedentes entre todos los puntos de suministro de cada comunidad energética dentro del perímetro comunal (2 km). Eso supone una restricción regulatoria que impide la cobertura óptima de la demanda de los suministros. Con los tiempos que corren y la tecnología existente, debería permitirse una actualización mensual o semanal o diaria de dicho coeficiente a nivel horario. Las nuevas intenciones del gobierno incluyen extender el perímetro a 5 km. En ciertas regiones (comunidades autónomas), parece que existen menores restricciones (15 km) para autogeneración compartida, lo cual debería de extenderse a nivel nacional.
Precios cuarto-horarios
El nuevo cambio regulatorio paneuropeo de precios cuarto-horarios en el mercado intradiario continuo está aumentando aún más la volatilidad de los precios del mercado mayorista desde 18 MAR 2025. La casación cuarto-horaria que se ha implantado en mercado diario el 1 OCT 2025 (casación day-ahead 30 SEP 2025) nos aproxima al equilibrio de oferta y demanda de energía eléctrica en los mercados de regulación secundaria y terciaria, coincidiendo con la medida de los contadores de electricidad fiscales (potencia máxima cada 15 minutos). Entonces, ya debería medirse y facturarse el consumo real cuarto-horario (la tecnología lo permite) en vez de estimarlo mediante la potencia máxima cuarto-horaria. La Resolución de 28 de febrero de 2025, de la CNMC, por la que se publican las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de electricidad para su adaptación a la negociación cuarto-horaria y a la nueva tipología de ofertas del mercado diario y la Resolución de 6 de marzo de 2025, de la CNMC, por la que se modifican los procedimientos de operación eléctricos para su adaptación a la negociación cuarto-horaria en los mercados diario e intradiario. Es muy fácil para los reguladores establecer este tipo de cambios, sin tener en cuenta ni reconocer el gran esfuerzo económico que supone para los agentes del mercado, y sin medir el impacto económico que tendrá esta medida en los consumidores. Además, esto pondrá en cuestión el papel del OS y de los mercados de balances y regulación de frecuencia-potencia (banda secundaria y energía terciaria), cuyos precios hoy por hoy no tienen cobertura financiera (no existen swaps para gestión de riesgo de variación de precios de la operación técnica). Este cambio ha obligado a realizar sendas inversiones en las plataformas de gestión de mercados de todos los agentes: generadores, comercializadores, distribuidores, agentes vendedores, traders: importadores y exportadores, sin ningún tipo de ayuda por parte del gobierno. También afecta a los Consumidores Directos, y de cualquier manera a los consumidores indirectos (suministrados por comercializador o generador o autoproductor).
De momento, las casaciones cuartohorarias en MD están empezando a despertar interés en estrategias especulativas típicas como cualquier mercado de oportunidad, y más aún en los mercados de operación técnica, para mejorar la rentabilidad de tecnologías con capacidad de almacenamiento (embalses, diques, bombeo y BESS).
Parece que es mayor el impacto en los precios a partir de los recientes cambios regulatorios (desde Nov’24), empeorando también la transparencia del mercado de regulación de secundaria en cuanto a reservas asignadas, energía activada, disponibilidad, precios marginales y liquidaciones, pues desde entonces se liquida a nivel de zona de regulación o proveedor del servicio (antes a nivel de unidades de programación de la generación). Asimismo, desde May’25 el mercado de resolución de restricciones técnicas está repercutiendo en unos sobrecostes desmesurados justificando una eventual remuneración regulada anual de la Operación Técnica del Sistema como se hace en otros países de la UE.
El encarecimiento de los sobrecostes de la Operación Técnica está alcanzando niveles de riesgo en aquellas comercializadoras con precios fijos a cliente final y, obviamente, están en su derecho de repercutir las variaciones respecto a valores medios interanuales. Esto está generando problemas de tesorería en las comercializadoras. En caso de ofertas indexadas a precios del mercado y OT también lo están sufriendo los clientes de forma más directa, como si fuesen agentes de mercado.
El OMIE establecerá próximamente la “Adaptación de las Reglas de Funcionamiento de los Mercados a la negociación continua en 96 rondas intradiarias”, que incorpora las adaptaciones de las Reglas de Funcionamiento de los Mercados Diario e Intradiario de Electricidad necesarias para la implementación de un modelo del mercado intradiario continúo basado en 96 rondas cuarto-horarias, para dar cumplimiento al requerimiento recogido en el Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al mercado interior de la electricidad. El Art. 8 del Reglamento (UE) 2024/1747 establece que: “Los Operadores de Mercado autorizarán a los participantes en el mercado a negociar con energía tan cerca del tiempo real como sea posible, y al menos hasta la hora de cierre del mercado interzonal intradiario.” El objetivo es eliminar la asimetría en cuanto al tiempo de cierre de la negociación de cada uno de los contratos cuarto-horarios del día en el mercado intradiario continuo, de modo que todo se pueda cerrar negociación de forma armonizada a 60 minutos de la entrega de la energía.
Hibridación y almacenamiento
Escenario ideal para impulsar las inversiones en sistemas de almacenamiento con baterías (litio), siempre y cuando esté subvencionado (por lo menos la mitad de la inversión), pero ruinoso para los consumidores que no puedan aprovecharlo. Esto es como el coche eléctrico para quien se lo pueda permitir. De hecho, el gobierno tiene previsto un nuevo plan de escasas ayudas a la inversión en sistemas de almacenamiento hasta un 10% (bombeo) ó 5% (demás tecnologías) pero exige hibridación con renovables y desvinculación de actividades relacionadas directa o indirectamente con combustibles fósiles, incluidos BESS que los respalden. Se espera que la construcción de la primera fábrica china de baterías de sodio en Zaragoza supuestamente abaratará el coste de inversión aproximadamente un 30%, esperando un repunte de la capacidad instalada de almacenamiento con BESS en España en los próximos años, lo cual inducirá una mayor reducción.
Proyectos de hibridación con solar fotovoltaica, minieólica y almacenamiento para aprovechar el arbitraje natural de los precios en los mercados de contado, frenados por las barreras regulatorias para facturar vertidos o excedentes a la red. Cabe mencionar que hay algunas empresas (fabricante española) que están ofreciendo por adelantado bonificaciones del 30% sobre el precio de venta (llave en mano) como incentivos a la fabricación de mini-eólica de eje vertical con una excelente visualización de compromiso de la actividad industrial con la protección del medioambiente.
Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE)
Según la Orden TED/133/2026, de 25 de febrero, por la que se establecen las obligaciones de ahorro energético, el cumplimiento mediante certificados de ahorro energético y la aportación mínima al FNEE para el año 2026, el valor de la retribución del coste de contribución al FNEE, incluida en el término variable horario de los costes de comercialización de referencia (CCVh) para el cálculo del PVPC, será de 2,4374639 €/MWh (en 2025 ha sido 1,520535 €/MWh), habiendo triplicado su impacto en los últimos 3 años.
Los suministros a cogeneración están exentos de aportaciones al FNEE ya que es una medida de eficiencia energética que ahorra unos 27 TWh/año de energía (frente a los 9 TWh/año en CAEs) y la cogeneración está expresamente excluida de generar CAEs por la UE, ya que si no los precios de referencia serían entre 4-7 veces inferiores. El sistema CAE tiene como objetivos los ahorros de energía y generación de actividad económica y empleo en otras actividades donde es más complicado movilizar inversiones y agentes con menor factor de escala.
El FNEE arrancó inicialmente con 207 M€ en 2015, alcanzará los 1.852 M€ en 2026 y se prevé unos 2.430 M€ para 2027. El mercado potencial de entrega de obligaciones con CAE´s pasará de 517 M€ en 2024, a 1.704 M€ en 2026 y 2.256 M€ en 2028.
El objetivo de ahorro de energía final para 2026 del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE) es de 802 ktep (9.325 GWh), en línea con lo planificado. Para 2027 y 2028 se prevén de 900 ktep (+12%- 10,4 TWh) y 950 ktep (11 TWh) respectivamente,
La equivalencia financiera de 2026 (es decir, la aportación que deben realizar los sujetos obligados al FNEE por unidad de ahorro) se establece en 2,31 Millones€/ktep ahorrado (199 €/MWh) como coste medio estimado para movilizar las inversiones necesarias y alcanzar el objetivo anual de ahorro. Este valor ofrece una referencia del precio del CAE repercutido a los consumidores de 200 €/MWh, con precios de originación entre 115-140 €/MWh.
Los sujetos obligados en 2026 deberán satisfacer obligatoriamente al menos un 8% de su cuota de obligación de ahorro mediante aportaciones económicas al FNEE, y podrán cumplir el 92% restante mediante la liquidación de CAE’s. Con ello, la obligación de aportación económica disminuye respecto a lo previsto en la orden del pasado año que establecía un 10%, ampliándose así el margen de cumplimiento mediante CAE´s.
Para 2027 y 2028, el porcentaje mínimo obligatorio de aportación económica será del 8% y el 5%, respectivamente, pudiendo cubrirse hasta el 92% y el 95% restante con CAEs.
Los sujetos obligados son las comercializadoras de gas y electricidad, los operadores de productos petrolíferos al por mayor, y los operadores de GLP al por mayor, en función de los productos energéticos que pongan en el mercado (cuyas obligaciones al FNEE lógicamente repercutirán en el cliente final).
Certificados de Garantías de Origen y Metodología actualización R.O.
La Orden TED/1252/2025, de 27 de octubre, por la que se modifican determinados aspectos de la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, modifica a su vez dos órdenes:
Modificación Orden ITC/1522/2007, de 24 de mayo, por la que se establece la regulación de la garantía del origen de la electricidad procedente de fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia: (1) Suprime la obligatoriedad de destinar ingresos obtenidos por venta de Certificados de Garantías de Origen a determinadas actividades, otorgando mayor flexibilidad a titulares de instalaciones de producción; (2) Establece que la exportación de Certificados de Garantías de Origen sólo podrá ser realizada por titulares de instalaciones de generación de electricidad, eliminando la restricción a la exportación de garantías de origen correspondientes a las instalaciones con derecho a la percepción del régimen retributivo específico. Antes para poder exportarlas se debía renunciar al régimen retributivo. Ahora ya puede comercializarse en mercados internacionales.
Modificación Orden TED/526/2024, de 31 de mayo, por la que se establece la metodología de actualización de la retribución a la operación de las instalaciones tipo de generación de energía eléctrica cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible y se actualizan sus valores de retribución a la operación de aplicación a partir del 1 de enero de 2024: Establece que el valor mínimo de desviación entre flujos de caja trimestral, modificando el ajuste por afección a la retribución a la inversión, estableciéndose un valor mínimo trimestral basado en los valores teóricos de retribución de cada instalación tipo, muy importante para instalaciones tipo de biomasa.
Tarifas de Acceso de Terceros a la Red (ATR)
Respecto a las nuevas tarifas de Peajes y Cargos del Sistema eléctrico para 1/1/2026, tenemos una subida media de +0,11 €/MWh a todas las tarifas de ATR en alta tensión, excepto la 6.3TD que baja 0,2 €/MWh, a costa de los demás consumidores. Esto implica una señal de incentivo a la conexión de grandes proyectos en el tercer escalón de tensión (red de transporte).
En ediciones anteriores se detallan las tarifas viejas y nuevas.
En cuanto a excesos, los nuevos valores prácticamente mantienen los anteriores. Hay que ajustar potencia contratada para optimizar la facturación optimizando excesos. La Resolución de 6 de marzo de 2025, de la CNMC, por la que se modifica el anexo II de la Resolución de 4 de diciembre de 2024, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2025, que supone una redistribución de los precios de las penalizaciones por excesos potencia en las tarifas de peajes para todos los tipos de puntos de medida. En lugar de tener un único precio, se desdobla en todos los periodos tarifarios aplicando los coeficientes que ya conocemos.
Cambios de la facturación potencia y reactiva
La Circular 1/2025, de 28 de enero, de la CNMC, por la que se modifica la Circular 3/2020, de 15 de enero, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, cambios en la facturación de la potencia y de la reactiva, supuestamente busca mejorar el control de tensiones, especialmente en horas valle. En lo referente a instalaciones de consumidores industriales, con tipos de puntos de medida 1, 2 y 3, se modifica el artículo 9 de la circular 3/2020, que regula la facturación por excesos de potencia (que pasa a denominarse potencia demandada y por energía reactiva:
Consumidor Electro-Intensivo (CEI)
Recientemente, la Resolución de 16 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se revisa el cociente entre consumo y valor añadido bruto para optar a la categoría de CEI al que se refiere el artículo 3 del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos, baja ligeramente el ratio energético-financiero a 0,61 kWh/€ (antes 0,67 kWh/€), cociente entre consumo anual y valor añadido bruto de la instalación al que se refiere el artículo 3.2.d) del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de CEI’s.
Resolución de 16 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se revisa el requisito de consumo en periodo tarifario valle para optar a la categoría de CEI al que se refiere el artículo 3 del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de CEI’s: Establece que para la convocatoria de 2026 no será necesario cumplir con el porcentaje de consumo mínimo del 46% horas valle (periodo P6) para solicitar o renovar autorización de CEI. A efectos de la campaña de certificación correspondiente al año 2026, para la que se tienen en cuenta los consumos de los años 2023, 2024 y 2025. Se puede realizar la solicitud de certificación o renovación CEI hasta 30 Abril 2026. El 19 JUN 2026 ha vencido la presentación de solicitud de ayudas para CEI’s sobre los cargos del sistema facturados en 2025.
Reglamento General de Suministro de Electricidad
El MITERD ha publicado finalmente en BOE de 12 FEB 2026 el RD 88/2026, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, para modernizar, unificar y actualizar el marco normativo que regula la comercialización y el suministro de electricidad en España, adaptándolo a los retos de la transición ecológica, la descarbonización y las reformas europeas del mercado eléctrico. Sustituye y consolida diversas normas dispersas provenientes del Reglamento original (año 2000), integrando nuevas figuras como la de los agregadores independientes y estableciendo principios más claros para la protección de los consumidores, la contratación, el cambio de comercializador y la gestión de reclamaciones, alineándose con la normativa de la UE y los objetivos del PNIEC.
Desde una perspectiva técnica y del sector energético, la norma regula aspectos clave relacionados con la interoperabilidad de sistemas, la gestión de datos de consumo mediante contadores inteligentes y la relación entre distribuidores, comercializadores y agregadores. Asimismo, aborda la adaptación técnica de las instalaciones a los nuevos requisitos de eficiencia, sostenibilidad y digitalización, introduciendo cambios en los procedimientos administrativos y en las obligaciones de los agentes del sistema para garantizar un suministro eléctrico más transparente, seguro y alineado con el nuevo modelo energético.
El Art. 6 desarrolla de forma extensa los derechos del consumidor de energía eléctrica, que se añaden a los ya previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Entre otros, destacan nuevas posibilidades para optimizar los costes del suministro y evitar engaños:
Se regula el Sistema de Información de Puntos de Suministro (SIPS), que los distribuidores deben mantener completo y actualizado:
Regulación de la agregación y del agregador independiente. Una de las principales novedades es la regulación específica de la agregación de demanda y de la figura del agregador independiente:
El agregador independiente tiene derecho a:
En cuanto al ATR, se introduce una modificación temporal de potencia contratada —trimestral, mensual, diaria u horaria—, siempre dentro del límite de los derechos de extensión y sin superar los derechos de acceso. La CNMC fijará los precios y condiciones de facturación, sin incrementos porcentuales en los términos de potencia de cargos para estas modificaciones. Se crea un mecanismo centralizado de garantías ante el OS para cubrir impagos de peajes y cargos por parte de comercializadores (cuando actúan en nombre de sus clientes) y consumidores directos en mercado. Una orden ministerial fijará derechos y obligaciones de los sujetos, tipos de garantías, fórmula de cálculo e importes y criterios de ejecución. Se establecen procedimientos de refacturación por anomalías de medida, errores administrativos o retrasos de facturación, con límites temporales, prorrateos y abono de intereses al tipo legal del dinero más 150 puntos básicos en caso de cobros indebidos. Devolución íntegra de las garantías depositadas por los consumidores, a cargo de los distribuidores, en un plazo máximo de 4 meses, permitiendo su prorrateo en varios ciclos de facturación y obligando a identificar expresamente en factura el concepto de devolución.
Para la cogeneración, la Disposición transitoria 6ª establece un periodo de 2 años para revisar o actualizar la configuración singular de medida en aquellas instalaciones que dispongan de una y hayan o tengan previsto introducir una hibridación, así como solicitar una autorización de configuración singular de medida si estiman que es necesaria en su instalación:
La DGPEM autorizará la utilización de una configuración de medida cuando se acredite la imposibilidad técnica o física para adaptar la configuración de medida a las condiciones generales y los certificados de los encargados de la lectura de los puntos frontera de consumidores y de producción declaren que la propuesta de configuración de medida es apta para la obtención de las medidas necesarias. La resolución de la DGPEM que, en su caso, autorice la utilización de una configuración de medida determinará el plazo máximo para la adecuación de la instalación a la misma. El plazo para resolver y notificar la autorización para utilizar una configuración singular de medida será de seis meses. La DGPEM tramitará las solicitudes de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y dictará resolución. Transcurrido el plazo de 6 meses desde que la solicitud haya tenido entrada en Registro de la Administración competente para su tramitación sin que se hubiera dictado y notificado resolución expresa, podrá entenderse desestimada la solicitud. Contra la resolución de la DGPEM, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de 1 mes, contado a partir del día siguiente a su notificación.
Vamos a esperar cómo se desarrollan las nuevas condiciones para la figura del agregador independiente, derechos y obligaciones del consumidor directo en mercado, así como los códigos de red (RD 647/2020) y acceso y conexión a redes (RD 1183/2020), prestando especial atención a instalaciones de gestión de la demanda y almacenamiento, así como la posibilidad de optimizar el ATR con la potencia contratada, y devolución de garantías. En todo caso, las comercializadoras disponen de 4 meses para adaptarse a los nuevos cambios.
Aspectos regulatorios remuneración, control, despacho y liquidaciones
El 16 de octubre de 2025 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 917/2025, de 15 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos (régimen RECORE), a propuesta del MITECO (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico).
Novedades Autoconsumo
El cambio normativo más reciente se encuentra en una propuesta de RD que modificaría la regulación del autoconsumo, principalmente enfocada en el autoconsumo colectivo.
Esta propuesta introduce mejoras como la ampliación de la distancia máxima entre la instalación de generación y consumo colectivo hasta 5 km para instalaciones fotovoltaicas de hasta 5 MW bajo ciertas condiciones: en cubiertas, suelo industrial o estructuras artificiales existentes o futuras; conectadas al consumidor principal a través de líneas de transporte o distribución.
Establece nuevas modalidades de autoconsumo: (i) Compatibilidad simultánea: un mismo consumidor podrá asociarse a dos modalidades —individual sin excedentes y colectivo mediante red—; (ii) Excedentes compartidos: el consumidor principal (titular de la instalación) comparte con otros consumidores solo los excedentes; los asociados pueden optar o no por la compensación de excedentes; no se exige contador adicional de generación neta.
Establece la figura del gestor del autoconsumo colectivo: (i) Nueva figura jurídica: persona física o jurídica que representa a los consumidores asociados y tramita en su nombre los acuerdos y modificaciones. Las distribuidoras y comercializadoras deberán aceptar la documentación enviada por el gestor como si proviniera de cada consumidor; (ii) Inclusión del almacenamiento distribuido.
Introduce una simplificación administrativa: Las modificaciones del acuerdo de reparto solo requerirán la firma de los consumidores afectados. El plazo mínimo de permanencia en modalidad de autoconsumo se reduce a 1 mes. Se agiliza la instalación de equipos de medida y la puesta en marcha de autoconsumos colectivos.
Nuevas obligaciones de Medida, datos y facturación: Las distribuidoras leerán todos los equipos de medida en modalidades sin excedentes, con compensación y con excedentes compartidos. Las facturas eléctricas incluirán información del autoconsumo colectivo: CUPS, CAU, generación neta y reparto horario por consumidor.
Fomenta el almacenamiento distribuido: Se crea formalmente la figura del autoconsumo con almacenamiento distribuido, equiparable a una instalación de generación renovable. Se prevé exención de peajes y cargos del sistema para energía consumida por almacenamiento y posteriormente inyectada a la red (behind the meter). El almacenamiento puede estar vinculado a consumidores industriales o domésticos, y también al vehículo eléctrico.
Panel de autoconsumos: El OS deberá crear un panel con datos en tiempo real de generación, consumo y almacenamiento distribuido para mejorar la gestión del sistema eléctrico.
Servicio de control dinámico de la tensión (reactiva)
El OS ha realizado pruebas de habilitación de primeras instalaciones dispuestas a prestar un servicio de control dinámico de tensión en línea con el nuevo PO 7.4 aprobado por la CNMC y publicado en BOE el 12 JUN 2025. Esto se encuentra todavía en fase de implantación y adaptación progresiva en el sistema, supuestamente desde 17 MAR 2026.
Desde ENE 2026 se deberían haber comenzado a aplicar las penalizaciones por incumplimiento de la prestación básica de control de tensión. Aún desconocemos efectos sancionadores, quizás debido a que CNMC y OS están realizando reuniones y ajustes regulatorios para adaptar el servicio frente a variaciones bruscas de tensión. Se han introducido modificaciones en los rangos de tensión admisibles y continúa el análisis del diseño del PO para mejorar funcionamiento del servicio. De hecho, los mercados zonales de capacidad de reactiva adicional deberán ponerse en marcha antes del 26 DIC 2026.
La modalidad avanzada del servicio basada en seguimiento de consignas en tiempo real todavía no está plenamente implantada, mientras ciertas instalaciones están en proceso de habilitación.
Además de las renovables no gestionables, también han presentado solicitudes centrales de generación convencional como ciclos o hidráulicas que ya tienen la obligación de prestar el servicio de control dinámico de tensión en su modalidad básica. Hay cogeneradores que están obligados tanto en transporte como en distribución.
En el proceso se está dando prioridad a las renovables no gestionables, ya que suponen nuevos recursos para el sistema. Entre los beneficios de la participación en este nuevo servicio, las instalaciones habilitadas obtendrán prioridad de despacho y la posibilidad de reducir las rampas máximas de cambio de su producción.
Para su habilitación la normativa del nuevo P.O. establece que las instalaciones tienen que acreditar su capacidad técnica para controlar la tensión en dos modos: a través de consignas de reactiva y de consignas de tensión. Esta última modalidad –seguimiento de consigna de tensión en tiempo real– es la que ofrece flexibilidad y permite que las instalaciones respondan a las variaciones rápidas de tensión que pueden producirse en un sistema eléctrico en plena transformación.
Muchas instalaciones renovables y cogeneradores, que actualmente deben seguir una consigna de factor de potencia, tienen la obligación normativa de disponer de capacidad técnica para seguir consignas de tensión, con lo que se espera contar con recursos adicionales en el sistema en el corto plazo.
Hay 614 (341) instalaciones bajo el ámbito del Real Decreto 413/2014, conectadas a la red de transporte (distribución) peninsular de más de 5 MW, sumando una potencia instalada de unos 27,8 (7,3) GW, que estarían capacitadas para poder dar la modalidad de consignas, además de los ciclos combinados y parte de las hidráulicas. De unas 365 instalaciones que han solicitado su habilitación para prestar el servicio, se han realizado pruebas a menos de la mitad (155), habiendo sido superadas por 74 con una potencia de 6,7 GW.
Resolución de 19 de enero de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de operación (PO’s) 3.1, 3.2 y 7.2 para facilitar la estabilización de la tensión en el sistema eléctrico peninsular español.
Novedades de carácter fiscal y social
Se ha publicado en BOE con validez provisional sujeto a convalidación en Congreso de los Diputados, el Real Decreto-Ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial. Se reactivan medidas previamente contempladas en el RDL 16/2025, cabe destacar:
Nuevas medidas regulatorias temporales por guerra en Irán
El pasado 21 de marzo, se publicó en el B.O.E. el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, ya convalidado por Congreso de los Diputados (26 MAR 2026). Las principales medidas con impacto directo en el sector de la cogeneración:
Para el ejercicio 2026 la base imponible del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica será minorada en un 10% de las retribuciones correspondientes a la electricidad incorporada al sistema durante el primer trimestre natural, y minorada 100% de las retribuciones correspondientes a la electricidad incorporada al sistema durante el segundo trimestre natural. (Art.41).
Revisión de los parámetros retributivos aplicables a las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. (D.A. XIII).
Disposiciones relevantes para la industria:
Novedades UE
La Comisión Europea prevé acometer una reforma en ámbito fiscal y fomentar la elasticidad de la demanda. Está elaborando una propuesta legislativa para modificar los impuestos sobre la energía y los peajes, para reducir el coste de la factura eléctrica para los hogares y las empresas:
Los países de UE deben diseñar incentivos para que los usuarios desplacen su consumo eléctrico hacia las franjas horarias en las que la generación es más barata y abundante, habitualmente asociadas a picos de producción de energías renovables como solar o eólica. Debe incentivarse a comportarse de una manera favorable para el sistema, ajustando su uso de energía o desplazándolo hacia momentos y lugares donde estén disponibles las fuentes de energía más baratas.
Estos comentarios están disponibles en acogen.es para su descarga.
Las reflexiones incluidas sobre la previsible evolución de los mercados energéticos, son elaboradas por un analista externo – Enérgitas -, y reflejan exclusivamente su opinión, sin suponer en modo alguno un intento de influencia por parte de esta Asociación en el libre comportamiento de cualquier operador en el mercado.
El precio del hub de gas España-Portugal (Mibgas) ha revertido ligeramente en JUN a 44,9 €/MWh debido a cierta relajación de los precios del gas, como efecto directo de posibles acuerdos para final de guerra en Irán, lo cual ha supuesto un decremento de -2,8% (-1,3 €/MWh) respecto a MAY (46,2 €/MWh). Las fracasadas negociaciones para la habilitación de libre circulación de barcos metaneros y petroleros en el Estrecho de Ormuz ha provocado un aumento súbito de los futuros de gas en JUL que se espera un benchmark de 52,3, y tocando máximo en AGO a 53,4 cayendo progresivamente hasta DIC en torno a 51,6 €/MWh.
La media de los precios futuros interanuales del gas JUL 2026-JUN 2027 ha repuntado en todos los mercados energéticos internacionales, excepto EEUU mientras el petróleo ha caído. Precio interanual futuro Dated Brent -2,4% aunque Tipo de cambio US$/€ pierde -1,5%, manteniendo prácticamente el mismo Término de Energía gas en mercado minorista España respecto a valores interanuales de hace un mes (caso indexación Brent y TC), teniendo en cuenta las tarifas de ATR de 1 OCT 2025 (peajes y cargos del sistema gasista). Sin embargo, en valor acumulado, los precios de gas como materia prima son ahora aún más altos que en 2020, aproximadamente un 365% de incremento. Se acentúa el impacto de la renovación de nuevos contratos de suministro de gas para industrias, que ya venían arrastrando un incremento estructural de los contratos entre un +110% y +140% en los precios del gas. Si tenemos en cuenta nuevas fórmulas (actualizadas) bajo el nuevo estadio de precios, las subidas son de escándalo, superando en muchos casos la tarifa de gas regulada (de referencia o de último recurso o TUR) del sector gasista para clientes domésticos (baja presión de gas). Esto es un hecho que sigue provocando serios problemas de tesorería en las industrias gas-intensivas y/o calor-intensivas. Las ayudas iniciales del gas para las industrias han sido muy restringidas a unos pocos sectores, excluyendo a la inmensa mayoría de las industrias.
En sentido contrario, el precio interanual del hub de gas España-Portugal (Mibgas) ha repuntado +19,5% respecto a valores de hace un mes. Los hubs de gas europeos, el TTF y NBP también han subido +18,3% y +17,3%, respectivamente. El gas Henry Hub de EEUU, índice NYMEX, ha caído –4,5% debido a que ya estaba exportando a altos precios. Por su parte, los futuros del carbón repuntan +2,9% respecto a valores de hace un mes, una menor subida que los derivados del gas. En España, ahora se echa en falta las plantas de carbón, que ya se han desmantelado en su totalidad, con lo cual los consumidores tienen que enfrentar el riesgo de subidas del gas y de una mayor presión inflacionista en los precios de todos los productos.
El gas natural en Reino Unido (NBP) ha superado 130 peniques/termia y el gas natural europeo (TTF) ha subido a 54,1 €/MWh al cierre de esta edición, los niveles más altos en los últimos tres meses, por las crecientes tensiones en Oriente Medio aumentando las preocupaciones sobre el suministro de GNL a Europa. EEUU ha advertido que atacaría puentes e infraestructura energética iraníes, a menos que Teherán regrese a negociaciones en el plazo de una semana. Tal advertencia se ha producido mientras EEUU lanzaba ataques contra Irán por cuarto día consecutivo y reanudaba un bloqueo de los puertos iraníes. Cabe destacar que EEUU ha sustituido la amenaza de imponer una tarifa de «seguridad» del 20% a los barcos que transitan por el estrecho de Ormuz, por inversiones de los estados del Golfo en EEUU. Catar, principal exportador de GNL a Europa, sufre nuevas interrupciones en exportaciones del complejo de Ras Laffan que podrían restringir aún más el suministro global de GNL y complicar los esfuerzos de Europa por restablecer los inventarios de gas antes del invierno.
Los futuros del carbón térmico han caído por debajo de 120 $/tonelada en JUL, no muy lejos de su nivel más bajo desde principios de marzo, ya que las compras moderadas de India han compensado un repunte más amplio de las materias primas energéticas. Una rupia débil y una mejora en la cantidad de producción nacional han llevado a las empresas de servicios públicos indias a intensificar su esfuerzo por reducir la dependencia de importaciones. Esto se ha combinado con niveles elevados de inventarios nacionales para que el segundo mayor consumidor mundial haya reducido importaciones y suavizar así la competencia de ofertas para otros consumidores. Aun así, las materias primas energéticas se han mantenido más altas desde marzo, por la nueva escalada de la guerra entre EEUU e Irán. Los buques metaneros se han abstenido de cruzar el estrecho de Ormuz después de que un barco fuera atacado por Irán. Esto ha respaldado la perspectiva de que Japón y Corea, los principales consumidores de carbón, probablemente mantendrán las importaciones de carbón en medio de precios más altos de GNL.
Así, los futuros interanuales del Dated Brent han pasado de 80,3 a 78,4 US$/bbl, y los futuros del Tipo de Cambio pasan de 1,1673 a 1,1501 US$/€.
La media interanual de los futuros del Mibgas pasan de 40,3 a 48,1 €/MWh.
La media interanual de los futuros del TTF pasan de 40,9 a 48,4 €/MWh.
La media interanual de los futuros del NBP (UK) pasan de 102,1 a 119,8 GBp/therm.
La media interanual de los futuros del NYMEX pasan de 3,36 a 3,21 US$/MMBtu.
La media interanual de los futuros del Carbón pasan de 115,2 a 118,6 US$/t.

Los targets del Dated Brent pasan de 78,6-73,7 y 71,8 US$/barril a finales de 2026-2027-2028, a niveles de 79,9-73,4 y 71,1, respectivamente. Curva forward a muy largo plazo mantiene perfil backwardation por las incertidumbres geopolíticas derivadas de la guerra de Irán.
Los targets del euro frente al dólar americano pasan de 1,1680-1,1845-1,2014 US$/€ a finales de 2026-2027-2028 a 1,1495-1,1660-1,1821, respectivamente. Perfil contango con niveles moderados, frenando eventuales subidas de futuros del Brent, si bien la economía europea muestra síntomas de cierta debilidad macroeconómica por el incremento de gasto público, la deuda pública y del coste de la vida (IPC).
Los targets del TTF pasan de 42,2-32,6-26,4 €/MWh a finales 2026-2027-2028, a niveles de 52,4-36,4-27,4, respectivamente. Curva forward mantiene perfil backwardation. Pero debería bajar aún más (aprox. dos tercios) y de forma sostenida en el tiempo, para que la gran industria europea no huya a otros países, que se preocupan más por las industrias con precios energéticos competitivos y menores restricciones y costes ambientales. No hay presupuesto ni margen para repercutir los precios energéticos a los productos manufacturados en Europa (serían sustituidos aún más por productos asiáticos). No se puede esperar dos años más con precios del gas por las nubes. A ver quién sobrevive a los precios de la guerra de Irán.
Los futuros MIBGAS anticipan medias anuales para 2026-2027-2028 pasan de 42,4-34,0-26,6 a 47,6-39,9-27,9 €/MWh, respectivamente. El 2023 ha cerrado un precio de contado a 39,2 más de un 60% inferior al escandaloso precio de 2022 (100 €/MWh). El 2024 ha cerrado a 34,9 €/MWh caída de -4,3 €/MWh (-11%) respecto a 2023. El 2025 ha cerrado a 35,9 €/MWh, lo cual supone una leve subida de +1 €/MWh (+3%) respecto 2024.
A corto plazo, el precio Spot (contado) del Mercado Ibérico de Gas MIBGAS (mercado secundario), producto day-ahead, anticipa un benchmark de 52,3 para JUL, una subida de +23,8% (+10,1 €/MWh) respecto a valores de hace un mes. Los futuros trimestrales de 2026 repuntan Q3 a 52,9 (+24,5%) y Q4 a 51,8 (+25,2%) respecto a valores de hace un mes.
El gobierno de EEUU había planteado el reto de inducir el petróleo (fuera de EEUU) progresivamente a niveles entre 40 y 30 US$/bbl, y lo había conseguido pero ahora se le achaca la escalada alcista de los precios del gas de forma repentina. En todo caso, para Europa no teníamos un nivel competitivo para las industrias antes de esta nueva guerra de Irán. Urgen medidas paliativas desde los gobiernos europeos para los consumidores de gas y electricidad.
Podemos ver cierre de empresas/industrias en Europa si no se establecen ayudas o compensaciones contundentes, pues en 2025 cerramos a 35,9 €/MWh, lo cual triplica la media más competitiva (2020: 10,2 €/MWh). La industria NO podrá resistir un coste de materia prima tan elevado durante tanto tiempo. Lo venimos advirtiendo. Ya hay industrias que se están yendo gradualmente a países como por ejemplo Eslovaquia, Eslovenia y Polonia, y explorando Marruecos, Croacia, Serbia y Montenegro, entre otros.
Cabe intuir que las multinacionales gasistas van a seguir intentando compensar futura caída de ingresos por la ola ambientalista que se ha comprometido en centrar la expansión de las renovables sin consulta popular al ciudadano, que es quien finalmente terminará pagando la politización de la energía y el medioambiente, por un futuro limpio pero que puede condicionar el consumo y desarrollo/bienestar de España y demás países europeos, mientras algunos países siguen apostando por el carbón y la nuclear. Los norteamericanos por el gas de fractura hidráulica, teniendo las reservas de Alaska y el corredor mesoamericano aún sin explotar, y ahora los acuerdos para invertir en la reactivación de la industria petrolera y gasista en Venezuela y muy probablemente Irán.
Dependencia energética (Gas)
Como venimos insistiendo, los países asiáticos siguen sustituyendo a Europa como destino del gas ruso y de Oriente Medio, cerrando aprovisionamientos a largo plazo con más de dos terceras partes del gas mundial, dejando menos de una tercera parte a los países europeos. Sin duda el control de los precios de los mercados gasistas internacionales por estrategias de geopolítica energética viene y seguirá condicionando la competitividad de las industrias europeas. Mientras, Europa sigue sin decidir la extracción del gas autóctono. Excesivo optimismo respecto a disponibilidad del gas almacenado (importado) en Europa.
La falta de importación de más volumen de gas “barato” de Argelia a España también está repercutiendo en la especulación del precio del gas desde otros países. Casi todo el gas que venía por el Magreb se dedicaba a suministros acogidos a la TUR de gas. El aumento de las importaciones de gas de EEUU puede compensar las reducciones del gas de Rusia y Argelia, pero no por mucho tiempo. Quizás el proyecto de extracción de gas de Marruecos en las costas cercanas a Canarias, permita disponer de un gas más barato que el de Argelia. Eso tenemos que verlo (contratarlo) para creerlo.


Como puede apreciarse en gráfica y tabla de importaciones de Mayo 2025 a Abril 2026, tenemos una fuerte dependencia de gas (competitivo) proveniente de Argelia (34,2%), EEUU (30,1%), Rusia (12,9%), Nigeria (8,2%) y Angola (4,7%). Cabe destacar que el gas de Argelia es 13,9% GNL (barcos) y 86,1% GN (gasoducto), mientras que las importaciones de GNL y GN desde Noruega es una proporción aprox. del 50% cada una.
Evolución de los futuros de gas
Si tenemos en cuenta los futuros a lo largo de 2022 del MIBGAS y vemos el cierre anual del contado finalmente a 100,0 €/MWh, resulta cuanto menos curioso y se puede entender como un precio objetivo (target) alcanzado (cifra redonda), que ha permitido hacer caja y mejorar la cuenta de resultados de las empresas gasistas.
En 2020 el MIBGAS ha cerrado a 10,2 €/MWh, el menor precio anual desde que arrancó a mediados de Dic 2015, debido a la menor actividad económica y menor demanda de gas. Pero para la industria es terrible que un commodity se multiplique casi 9 veces (878%) en dos años (2022) y aunque se diga que está cayendo, ha cerrado a 4 veces superior en 2023 (39,2 €/MWh) y algo parecido en 2025 que ha cerrado a 35,9 €/MWh. La cogeneración y la industria en general difícilmente van a poder sufragar el encarecimiento de los costes de la materia prima con los nuevos precios de aprovisionamiento de gas previstos ahora hacia adelante (un precio variable sobre el consumo en torno a 53,4-58,7 €/MWh, incluyendo las variaciones de los cargos y peajes a partir de 1 OCT 2025, sin incluir los costes fijos ni las tasas (CNMC, GTS, FNEE, IEH). Se están viendo obligados a subir los precios de los productos manufacturados para evitar cierres o paradas hasta que pase esta coyuntura que se está alargando demasiado en el tiempo (por lo menos hasta 2028). La nueva revisión de los precios regulados de la cogeneración con régimen retributivo parece que va a ayudar a compensar las pérdidas que se vienen arrastrando desde 2021. Ello redundará en beneficios para los consumidores (precios más competitivos) y al medio ambiente (menos emisiones de CO2) y a trabajadores (menos parados), entre otros, ayudando a cumplir objetivos del plan de ahorro y eficiencia energética, ya que las fábricas asociadas NO tendrían que sustituir la energía térmica de la cogeneración por tradicionales calderas de vapor quemando combustibles fósiles con muy bajo rendimiento energético y el consiguiente aumento de las emisiones de CO2. Esperemos que no lleguemos a sufrir ese estadio de funcionamiento ruinoso y contaminante para todos y especialmente para el medioambiente. Supondría un auténtico fracaso ambiental y comprometería los objetivos asumidos por España dentro del marco energético de la Agenda 2030. A la cogeneración hay que apoyarla Si o Sí, mas aún siendo consciente el gobierno de que la cogeneración es la energía SÍNCRONA más eficiente y está donde más se la necesita, al lado de la demanda industrial, ayudando al OS en la gestión de redes, aportando estatismo (inercia) para el mantenimiento de la frecuencia y controlando las tensiones.
En cuanto a los contratos de gas del month-ahead (precio mercado secundario de gas para el mes siguiente) en MIBGAS, tenemos la siguiente evolución registrada recientemente:
Respecto a los futuros o derivados de gas a medio y largo plazo en el OMIP, cabe destacar los estadísticos de los futuros siguientes:
Tarifa de último recurso (TUR)
El Gobierno ha subido la TUR para Q3 2026 a 43,29798 €/MWh, lo cual supone un incremento de +5,07 €/MWh (+13,3%) respecto a Q2 2026 (38,22924 €/MWh), aplicable principalmente al sector doméstico y pequeños suministros de gas (oficinas). En ese sentido, es una buena tarifa de refugio (mercado regulado).
El Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, en su artículo 25 modificó el artículo 93 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, añadiendo las letras b) y c), ampliando el ámbito de aplicación de la tarifa de último recurso a las comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial y agrupaciones de ellas, a los edificios de titularidad pública destinados a viviendas de uso residencial, a los edificios de patronatos o de organizaciones sin ánimo de lucro destinados al mismo uso y a las empresas de servicios energéticos que presten servicio a todas las categorías anteriores. Por tanto, se pueden acoger a la TUR supuestamente de forma exclusiva los siguientes consumidores:
Debería existir una TUR de refugio a precio fijo para consumidores industriales o gran comercio en dificultades (en vez de MIBGAS + recargo del 20%, aparte del recargo sobre costes regulados) o bien una Tarifa de Referencia temporal basada en subastas de gas a mercado libre para asegurar la supervivencia de la industria. Las compras de gas a nivel europeo no están redundando en mejoras relevantes respecto a lo que se está comprando localmente en España, si bien supone una fuente de mejora del margen bruto de las comercializadoras de gas. Con las nuevas TUR’s, es probable que la Comercializadora de Referencia de la zona franquiciada pueda socorrer a una industria que no tenga contrato a mercado libre. Sin animar a ello, a modo de referencia se detallan las nuevas TUR’s en vigor desde 1 JUL 2026. Cualquier industria en situación vulnerable podría desear la TUR que le pudiese corresponder (TUR8, TUR9, TUR10 equivalentes a RL8, RL9 y RL10) según Consumo Anual Contratado (CAC).


La medida de indexación del precio del MIBGAS sobre el precio del MIBEL desde 15 JUN 2022 hasta 31 MAY 2023, extendida por RDL3/2023 hasta 31 DIC 2023, ha dejado de aplicarse en 2024.
Como siempre insistimos en recomendar la optimización de la denominada Qd asociada al caudal diario máximo contratado, porque el término de capacidad ha dejado de facturarse con el modo de facturación tipo 2 (banda del 85%-105%) y se paga la Qd tal cual se tenga contratada, penalizando (tres veces: factor de penalización de 3) diariamente los excesos. Toca analizar con lupa los costes repercutidos al Término de Capacidad.
Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio permite ajustar varias veces la Qd hasta 31 DIC 2026. También baja el IVA al 10% hasta 30 JUN 2026, así como los tipos impositivos sobre hidrocarburos (hay que verificarlo con la comercializadora de gas y si es preciso comunicarlo a la Agencia Tributaria mediante el correspondiente anexo al contrato de suministro de gas en vigor). También hay que verificar con la comercializadora de gas la actualización del canon de almacenamiento.
Las coberturas de gas están a precios que parecen ser competitivos, pero no lo suficiente como para volver a presupuestos de hace dos años. Asegurar precios en coyunturas como la actual puede evitar nuevos incrementos, pero perder la oportunidad de recoger caídas más adelante. Los precios de los hubs internacionales han bajado por el efecto de treguas en las guerras en Oriente Medio, y entre Rusia y Ucrania, pero podrían reactivarse nuevamente. Las fórmulas de indexación sobre Brent tienen los días contados, especialmente por la incertidumbre en el Tipo de Cambio US$/€. Las indexaciones al TTF y MIBGAS están arrojando mejores resultados que el NBP. Para renovaciones, las fórmulas cost-plus están repercutiendo subidas aún mayores que con el TTF. Los industriales están optando a indexaciones sobre hubs de gas europeos, especialmente TTF. En ese caso, hay que prestar especial atención a las valoraciones de productos TTF Day Ahead versus TTF Month Ahead.
Una solución salomónica podría ser indexación mixta: una parte (X%) sobre Brent y TC, otra parte (Y%) a precio de un hub de gas como el TTF o MIBGAS, y resto (Z = 1 – X – Y), a precio fijo. Tal como estamos viendo ahora mismo, los contratos indexados a gas están aprovechando menores precios que los indexados a Brent. Cuando las bajadas son fuertes, se saca mucha más ventaja en el contado. No se puede desaprovechar cualquier oportunidad de este tipo. (Frente a precios fijos exante).
Desde 12 SEP 2023, el MIBGAS ofrece nuevos productos MIBGAS indexados al TTF. Se puede contratar gas con entrega física en el punto virtual español MIBGAS PVB, cuyo precio es el del punto virtual holandés TTF para cada día en el que se produce la entrega del gas más un diferencial (spread). Este spread es el que se contrata.
Desde 20 FEB 2024, los nuevos productos denominados futuros de gas natural indexados al precio diario de MIBGAS (LPI o Last Price Index day ahead) ya están disponibles en la plataforma de MIBGAS. De hecho, se han registrado las primeras transacciones de este nuevo producto: la de un contrato de gas con entrega el mes siguiente, es decir, para el mes de marzo con este nuevo producto de MIBGAS Derivatives. Son contratos con entrega física en el PVB (punto virtual de balance español) y no financieros, y cotizarán con un diferencial respecto al índice LPI. Se pueden negociar en la plataforma de MIBGAS o ser registrados como bilaterales OTC y son compensados y liquidados por la cámara de compensación OMIClear.
MIBGAS ha anunciado la creación del mercado organizado para la negociación de CAE’s (Certificados de Ahorro Energético) para contribuir así al desarrollo y fomento de la eficiencia energética. Este mercado se desarrollará en la plataforma electrónica de negociación de MIBGAS y contribuirá a potenciar la negociación de CAE’s entre los actores de este mercado, facilitando el intercambio de los CAE’s y creando señales de precio públicas. El desarrollo de un mercado secundario de CAE’s es clave para incentivar las actuaciones de ahorro energético y la generación de estos certificados, que al tener un precio de cotización transparente aumentarán su atractivo y posibilidad de rentabilizar las inversiones realizadas. El RDL 7/2026 ya faculta al OMIE y MIBGAS para el desarrollo y gestión de la plataforma electrónica del sistema CAE.
Precio del hidrógeno en España
MIBGAS ha lanzado el primer índice ibérico del precio del hidrógeno renovable el 16 DIC 2024, con un precio de 5,85 €/kg (148,36 €/MWh). La publicación de esta nueva señal de precios se actualiza semanalmente. El MIBGAS IBHYX refleja el coste de producción del hidrógeno renovable, es decir, el precio mínimo al que está dispuesto a vender un productor para obtener la rentabilidad esperada o, dicho de otro modo, la señal de precio de la oferta (Ask) de hidrógeno renovable producido en la península ibérica en una planta de electrólisis tipo. Esta señal representa el coste nivelado de producción del hidrógeno renovable de acuerdo con los criterios establecidos en los actos delegados de la UE para la obtención de hidrógeno RFNBO (Renewable Fuel of Non Biological Origin). La metodología empleada se ha basado en los costes de producción para, en un primer paso, llegar a definir y a aunar criterios para la obtención del precio de producción en Iberia de este vector energético, que es lo que representa el índice MIBGAS IBHYX. El siguiente paso será conocer el precio de la demanda (Bid), el que está dispuesto a pagar un demandante (off-taker) de hidrógeno renovable. El gap o diferencial entre estos dos precios determinará el grado de liquidez del mercado.



Tarifas de Acceso de Terceros a la Red (ATR) gasista 2025-2026
Respecto a la regulación de las ATR para la nueva temporada de Gas (desde 1 OCT 2025):
Los nuevos peajes suben brutalmente los términos fijos y bajan en menores ratios los términos variables, lo cual implicará un aumento generalizado de los peajes actuales de aprox. +6% (RL11) hasta +57% (RL7), en posición PVB, a partir de 1 Oct 2025.
Este aumento se debe principalmente a la menor demanda de gas para la generación de electricidad y a la reducción de ingresos en las plantas de Gas Natural Licuado (GNL).
Los nuevos cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos, bajan -6,2% a partir del 1 Oct 2025.
El impacto global supone una subida media entre 8,1%-9,4% (RL8), 13,3%-14,7% (RL9) y 8,1%-9,4% (RL10) en posición PVB.
El impacto del nuevo ATR a cliente final depende de los contratos suscritos con la comercializadora y la metodología aplicable, a veces desconocida por el cliente. El impacto es tan relevante que conviene revisar las nuevas facturas de consumo a emitir el próximo mes.
Por cierto, la cuota del GTS ha sido reducida del 1,526% (hasta 30 Sep 2025) al 1,354% (desde 1 Oct 2025) y la tasa de la CNMC se mantiene en 0,14%.
Tarifas de Acceso de Terceros a la Red (ATR) gasista 2026-2027
Para la nueva temporada gasista que comienza el 1 OCT 2026, debido a que se encuentra en tramitación las circulares por las que se establece la retribución al sistema gasista en el periodo 2027-2032, se propone prorrogar, los peajes de transporte, redes locales y regasificación del año de gas 2026. No obstante, se abre la posibilidad que una vez se disponga de las circulares y si se producen circunstancias excepcionales, se puedan modificar los peajes una vez iniciado el año de gas.
Para los nuevos Cargos del sector gasista se propone una nueva metodología de cálculo, incorporando mayor flexibilidad para su actualización. Cabe destacar:
Seguiremos pendientes de la aprobación definitiva de peajes y cargos para próxima temporada.
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Las reflexiones incluidas sobre la previsible evolución de los mercados energéticos, son elaboradas por un analista externo – Enérgitas -, y reflejan exclusivamente su opinión, sin suponer en modo alguno un intento de influencia por parte de esta Asociación en el libre comportamiento de cualquier operador en el mercado.
El precio spot del mercado de derechos de emisiones de CO2 en Europa sigue repuntando en JUN a 77,93 €/t, un incremento de +2,98 €/t (+4,0%) respecto a MAY (74,95 €/t). En lo que llevamos de JUL alcanzamos un nivel acumulado que sube a 78,87 €/t, debido a mayores precios del gas. La existencia de una latente y fuerte presión alcista del gas por la guerra en Irán no se ha hecho sentir de forma dramática en el mercado de CO2. El comportamiento está siguiendo un perfil estacional similar al del año pasado: ha comenzado caro, después ha bajado en primavera y en verano supuestamente irá subiendo de forma semiplana para repuntar otoño hasta invierno.
El precio de contado del CO2 del año 2020 cerró a 24,7 €/t, muy similar al récord histórico de 2019 (24,8 €/t). El año más crítico anteriormente fue el 2008 (22,0 €/t). Pero en aquél entonces sufrimos una crisis mayor del petróleo, y también se iniciaba la segunda etapa del mercado europeo de CO2. El valor mínimo anual se alcanzó en 2013 (4,45 €/t), y del 2012 al 2017 se mantuvo en una horquilla media en torno a 6 €/t, y ya nos parecían abusivos aquellos precios.
En 2021, media ANUAL CO2 repuntó a 53,6 €/t, después de pandemia Covid-19, aprovechando bajadas históricas de las temperaturas (Filomena), lo cual ha supuesto una subida más del doble que los máximos históricos previos. Media ANUAL 2022 subió a 80,9 €/t. Dicho nivel ha sido más de 4 veces (400%) superior a los valores medios del registro histórico reciente (2018-2020: 21,8 €/t). Hablar de 2023 es peor, porque ha cerrado a 83,5 €/t.
En 2024, spot ha sufrido fuerte correctivo a 65,3 €/t, caída -18,2 €/t (-21,8%) respecto 2023.
En 2025, el spot ha vuelto a repuntar a 73,9 €/t, variación +8,7 €/t (+13,3%) respecto a 2024.
En lo que llevamos de 2026, tenemos una media spot acumulada de 75,88 €/t, una variación de +0,54 €/t (+0,7%) respecto a valores de hace un mes (75,34 €/t), quedando resto de año para seguir mermando la competitividad energética en la UE. El mercado reclama un precio asequible a niveles que deberían caer por debajo de los años anteriores a la pandemia. Ya está bien de hacer caja con la especulación generando mayor pobreza energética.
Los futuros de CO2 tienen libertad de repuntar porque permite posiciones especulativas para arbitrar entre el medio y largo plazo. Una degeneración del valor económico inducido del derecho a emitir CO2. Tendría que caer por debajo del nivel de 5 €/t para que estemos hablando de un commodity sensato y no un precio exorbitante y descontrolado, que está haciendo menos competitivo el coste final de la energía a nivel pan-europeo. Se ha vuelto un commodity de lujo en muy poco tiempo, afectando a todos (los consumidores) independientemente del país europeo donde se encuentre el sujeto pasivo, pero unos con menor capacidad económica que otros.
Los futuros con entrega a final de año han variado de la siguiente manera.
Sube la curva de precios forward del CO2 con entrega a finales de cada año, manteniendo un perfil de contango desde 2027 hasta 2034, con niveles 84-93 €/t a medio plazo (2027-2030) y 96-104 €/t a largo plazo (2031-2033). En 2034 roza los 108 €/t. Las empresas que operan en el espacio europeo empiezan a preocuparse aún más por la competitividad de sus fábricas, ampliando sus presupuestos para tratar de cubrir sus posiciones físicas.

El precio del CO2 ha repuntado un 34,2% en 2025 (Contango respecto 2024) pero revierte -4,2% en 2026, y después crece a un ratio medio anual de +3,6% entre 2027 y 2034.

Nada se permite que suba tanto. Esto exige que se establezcan precios máximos al CO2, así como al precio de los hubs de gas más realistas para evitar más usura a los consumidores, y restablecer los precios máximos en las plataformas electrónicas de los mercados de electricidad y de gas a niveles asumibles por los consumidores. Todos los gobiernos europeos deben reflexionar a dónde nos llevan y si deben luchar contra la especulación. Se supone que los reguladores deben velar por la defensa de las prácticas competitivas y evitar la especulación.
Se supone que las variaciones de los precios del gas internacional (TTF, NBP y Henry Hub) siempre se propagan del MIBGAS al MIBEL, aunque el mercado eléctrico tenga vida propia: afectado por otros drivers como el escandaloso coste (precio) especulativo del mercado europeo de derechos de emisiones de CO2, que sigue cotizando a niveles muy elevados (un valor que ha superado más de tres veces el de inicios del 2020, estadio pre-Covid). Desde luego a la cogeneración industrial debe reconocerse explícitamente el sobrecoste de los precios del gas y el sobrecoste del CO2 para poder seguir sobreviviendo y suministrando energía térmica a sus fábricas asociadas, en plazo y forma. Hay riesgo de seguir produciendo a un coste mayor que el ingreso por la regulación actual (régimen retributivo). La tesorería de la cogeneración no puede soportar un precio del CO2 superior a 30 €/t. Saltan las alertas porque ese nivel máximo se ha llegado a triplicar y en algunos momentos cuadruplicar/quintuplicar. La nueva metodología de remuneración debe reconocer de forma explícita el precio real del CO2, lo cual esperemos que se note y actualice en plazo y forma para evitar el empeoramiento de la situación crítica que sufre la cogeneración.

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El martes 23 de junio, AEGE celebró el Foro Energía, con la presencia de ACOGEN, y MIBGAS celebró la 62.ª sesión de su Comité de Agentes del Mercado. Esta misma semana, el jueves 25, AFRY organizó el encuentro Breakfast on Architecting the Future Energy System.
El lunes 29 de junio se celebró el 40º aniversario del Club Español de la Energía (ENERCLUB), acto al que asistió ACOGEN.
El 1 de julio tuvo lugar la junta directiva y la asamblea general de COGEN World Coalition, a la que asistió Javier Rodríguez, director general de ACOGEN. El lunes 7 de julio se celebró la gala de entrega de los Premios La Noche de la Energía, organizada anualmente por El Periódico de la Energía, en la que estuvo presente ACOGEN. Al día siguiente, se presentó el caso español del estudio de COGEN Europe y Compass Lexecon, Hybridised and Flexible Cogeneration, que contó con una excelente participación de ponentes nacionales e internacionales en coordinación con COGEN España y ACOGEN.
El lunes 13 tuvo lugar la sesión de trabajo para la elaboración del Plan Integrado de Energía y Clima de Cataluña 2030 (PINECCAT30), organizada por el Institut Català d’Energia (ICAEN), en la que participó ACOGEN. Un día después, el martes 14 se celebró la 204ª sesión ordinaria del Comité de Agentes del Mercado de OMIE, del que ACOGEN forma parte.
La junta directiva de la Asociación se reunió el miércoles 15 de julio en su sede de Madrid.
Como próximas citas en el calendario, cabe destacar la reunión trimestral de la Comisión de Energía de Foment del Treball, de la que ACOGEN forma parte y que tendrá lugar el martes 21 de julio.
Comenzamos el repaso a la actualidad mediática de ACOGEN con la entrevista que concedía el director general de ACOGEN a Castellón Plaza. «Unas 25 plantas cerámicas con 100 MW podrían concurrir a las subastas de cogeneración«, destaca en titular el diario en relación a las próximas subastas de cogeneración cuya primera convocatoria se celebrará en otoño. El pasado 23 de junio el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto que regula las convocatorias del régimen retributivo de las instalaciones de cogeneración.
Al ser preguntado por la importancia de la cogeneración para la industria cerámica, Rodríguez recuerda que esta necesita grandes cantidades de calor continuo y estable para fabricar sus productos, de modo que la energía es uno de los principales factores de competitividad del sector. La cogeneración logra ahorros energéticos superiores al 30%, un beneficio que resulta determinante para competir en los mercados internacionales, exportar y mantener empleo. Además, Castellón sufre una saturación severa en la red eléctrica que limita la incorporación de nuevos consumos industriales. La electricidad que genera la cogeneración se produce en la propia fábrica y se consume en su entorno inmediato: es firme, síncrona, con control de tensión. Y aporta un nivel adicional de seguridad de suministro especialmente valioso en un contexto de saturación de la red, destaca el directivo.
Sobre la razón del retraso de cinco años en la publicación de las subastas, el director general de ACOGEN apunta a una política energética equivocada respecto a la cogeneración y su papel estratégico en la industria. “Entendemos que el Ministerio ha gestionado urgencias reales -la crisis energética de Ucrania, el apagón de abril, el conflicto en Oriente Medio- pero postergar la cogeneración durante cinco años ha tenido un coste muy elevado y del todo evitable. Ha sido un dislate”, asevera.
En cuanto a la potencia que deberían recoger las subastas para atender las necesidades de la cerámica, Rodríguez responde que las necesidades industriales actuales superan los 2.000 MW y el nuevo marco contempla 1.200 MW. “Es un avance importante, pero la competencia entre proyectos será muy elevada”, advierte. “En la industria cerámica estimamos que unas 25 plantas, con alrededor de 100 MW, podrían concurrir, aunque la participación dependerá en última instancia de las condiciones económicas que fije el Ministerio”, puntualiza.
ACOGEN valora positivamente que el nuevo diseño permita a cada empresa configurar su propia solución: cogeneración combinada con biomasa, almacenamiento eléctrico y térmico, calderas eléctricas, bombas de calor, captura de CO₂, digitalización o servicios a la red. “Un traje a medida para cada proceso. Es un planteamiento moderno y flexible que responde a las necesidades reales de la industria”, responde el director general.
Al ser preguntado si la cogeneración es una alternativa para ayudar en la descarbonización, se muestra claro: “Sin duda, y así lo reconocen la Unión Europea y los principales organismos internacionales”. Y recuerda que la clave es que la descarbonización sea competitiva para evitar las industrias se deslocalizan a países con estándares ambientales menos exigentes.
En cuanto a la prórroga de la vida útil de las plantas para asegurar las inversiones, Rodríguez explica que su objetivo es evitar que plantas viables cierren de forma irreversible antes de poder participar en las subastas. “El Gobierno se ha retrasado demasiados años. Poner en marcha una cogeneración nueva lleva tiempo: ingeniería, licitación, fabricación, instalación. Sin esta prórroga, muchas plantas morirán en la orilla: cerrarán de forma irreversible antes de que lleguen las nuevas inversiones que las habrían salvado. Es de justicia extender su operación”, afirma.
Al hilo de la publicación por parte del Gobierno del Real Decreto, varios medios de comunicación informaban sobre ello. El Gobierno aprueba el marco de la cogeneración un lustro después, leemos en El Mundo Castellón; El Gobierno desbloquea inversiones de cogeneración en el azulejo con una subasta de 1.200 MW: el sector reclama el doble de potencia, titula Castellón Plaza; El Gobierno aprueba las nuevas subastas de cogeneración por 1.200 MW de capacidad y cerca de 2.000 millones de inversión, avanza El Periódico de la Energía. Todos ellos recuerdan que la publicación de las subastas es una de las grandes demandas del sector cogenerador, que ha visto caer su producción un 50% en los últimos años.
Por otro lado, la última revista ENERGÍA elEconomista, así como la web del periódico económico, publican el reportaje “El sector pide acelerar el despliegue del biometano, pero sin sobrecostes”, ante el lanzamiento a audiencia pública del proyecto de Real Decreto para el impulso del biometano. Acabado el plazo, las principales asociaciones energéticas e industriales han enviado sus alegaciones y aunque todas coinciden en la necesidad de acelerar el despliegue del biometano en España, discrepan sobre el modelo propuesto, su impacto económico y la forma de garantizar seguridad jurídica, competitividad y una senda de crecimiento realista para esta tecnología, tal como señala elEconomista, que recoge la valoración de ACOGEN.
La Asociación Española de Cogeneración apoya el desarrollo del biometano en España, pero se muestra en contra de que su impulso se haga a costa de la industria, que emplea el 15% del consumo de gas del país en unas 400 instalaciones. Denuncia la ausencia de un marco regulatorio integral, de un modelo económico y de una gestión adecuada del digestato, así como riesgos de calidad del gas para consumidores sensibles. Señala que ya hay más de 270 plantas autorizadas con una producción potencial de 25 TWh, capaces de cubrir hasta el 5% de la demanda nacional, que ya han tomado decisiones de desarrollo y, por eso, critica que el Gobierno quiera pasar de un modelo «de mercado» a uno «obligado», imponiendo cuotas industriales sin un análisis económico riguroso. Además, ACOGEN alerta de que el valor del biometano para la industria podría rondar los 60 €/MWh, pero el esquema propuesto lo encarecería hasta los 100 €/MWh, trasladando un «premium» de 40–60 €/MWh.
Según cálculos de la patronal de cogeneración, la cuota del 6% podría suponer un coste anual de 800 millones de euros para la industria (de los que 400 millones serían sobrecoste), elevando el precio del gas industrial en 2-3 €/MWh, más otros 1-3 €/MWh por peajes y costes de calidad. Es por ello que pide retirar el RD o, alternativamente, garantizar que las cuotas no generen sobrecostes, excluyendo a industrias ya sujetas al ETS, creando un Estatuto de Consumidores Gasintensivos, regulando adecuadamente las GdO y PdS, eliminando el Sello de Excelencia y estableciendo una cláusula de salvaguarda industrial que impida cualquier impacto económico o técnico negativo sobre la industria.
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El 8 de julio, la patronal europea COGEN Europe organizó el webinar “Spain’s Cogeneration & Energy Hybrids: Powering Industrial Competitiveness, Resilience and Decarbonisation”, dedicado a analizar el papel de la cogeneración en el contexto energético español y su contribución a los objetivos de descarbonización, seguridad de suministro y competitividad industrial.
Durante la sesión se abordó cómo la cogeneración puede complementar el avance de las energías renovables y la electrificación, aportando flexibilidad, eficiencia y resiliencia al sistema energético, así como su integración con soluciones de almacenamiento y tecnologías power-to-heat.
Todo ello en base a las conclusiones del reciente estudio de Compass Lexecon encargado por COGEN Europe, “Highly Efficient Energy Hybrids – How Cogeneration Drives Flexibility, Resilience and Decarbonisation”, que destaca el papel de la cogeneración para acelerar la transición hacia un sistema energético europeo más limpio, resiliente y competitivo. ACOGEN ha participado activamente en este trabajo, contribuyendo al análisis del caso español.
El webinar contó con la participación como ponentes de Valentín González, director de Soluciones Energéticas de IGNIS y presidente del Comité de Eficiencia y Promoción de ACOGEN, y Javier Rodríguez, director general de ACOGEN.
Ya está disponible la retransmisión del webinar del pasado 8 de julio en el siguiente link.
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